BDNS (Identif.): 938164.
El Real Decreto 1030/2025, de 12 de noviembre, regula la concesión directa de subvenciones para la obtención de permisos de conducción de las clases C y D por parte de personas que estén en posesión del título de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera o sean titulares del certificado de aptitud profesional para la conducción de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.
El artículo 4.1 del citado real decreto estableció un plazo de dos meses desde su entrada en vigor para que las personas interesadas presentasen sus solicitudes a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Finalizado dicho plazo, se requirió a aquellas personas interesadas cuyas solicitudes presentaban defectos para que subsanaran su solicitud, con indicación de que, de desatender el requerimiento, se las tendría por desistidas de su petición.
Transcurrido el plazo de diez días hábiles concedido en el requerimiento de subsanación, la Directora General de Transporte por Carretera y Ferrocarril ha resuelto declarar el desistimiento en este procedimiento de aquellas solicitudes que desatendieron el requerimiento de subsanación.
El texto íntegro de la resolución podrá consultarse en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de la siguiente dirección web: https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/transporte-terrestre/ayudas-subvenciones-sector-transporte-terrestre/subvenciones-obtencion-permisos-conduccion-clases-c-d-real-decreto-10302025-12-noviembre.
Madrid, 4 de noviembre de 2026.- La Directora General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, Elena María Atance Herreros.