Anuncio de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla sobre aprobación técnica definitiva del proyecto 04/26 de nuevo depósito de regulación para el municipio de Aspe (Ac/Aspe) y declaración de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados.

Nº de Disposición: BOE-B-2026-19262|Boletín Oficial: 139|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2026-06-08|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

En abril de 2025 se terminó de redactar el proyecto 04/26 de nuevo depósito de regulación para el municipio de Aspe (Ac/Aspe), con un presupuesto base de licitación de 5.690.882,24 € (21% I.V.A. incluido). El objeto de este proyecto se describe a continuación:

La principal finalidad mejorar el actual sistema de suministro en alta a los municipios de Aspe, Hondón de las Nieves y Hondón de los Frailes, implantando un nuevo depósito de reserva para todos ellos con capacidad suficiente y una nueva elevación más funcional para los municipios de Hondón de las Nieves y Hondón de los Frailes.

La actuación incluirá la construcción del nuevo depósito Aspe-Amoladeras de 10.000 m³, con una cota de solera de 332 m y una altura de agua de 5 m, con planta rectangular de dos vasos con dimensiones interiores 33x30m cada una, construido en hormigón armado con sus conexiones a las tuberías existentes de la MCT y entrega por gravedad al municipio de Aspe, así como un nuevo aliviadero y accesos al recinto; así como una nueva estación de impulsión Amoladeras-Hondones, que se configura como una elevación incluyendo 2+1 con bombas centrifugas multietapa de orientación vertical, siendo el punto de trabajo conjunto 187 m³/h a 105 mca con potencia total de 90 kW, que sustituya a la elevación existente (EL129), preliminarmente para un punto de diseño similar al de la elevación actual, pero con un mayor número de bombas (2+1). incluyendo el edificio formado por sala de descarga del puente grúa y foso principal para alojamiento de las bombas.

Mediante la ejecución de este proyecto, la MCT mejorará la garantía y calidad del suministro de agua potable a la población de Aspe al incrementar las prestaciones de sus conducciones e infraestructuras, así como ofrecerá a su personal un entorno de trabajo mejorado y acorde a la normativa vigente en materia de seguridad y salud.

El 27 de mayo de 2025, la oficina de supervisión de proyectos, emitió informe por el que se acredita haber realizado la supervisión del proyecto, declarando que el mismo cumple cuantos requisitos son exigidos por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que incorpora el Estudio de Seguridad y Salud, exigido por el Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas en materia de seguridad y salud en las obras de construcción, que incorpora también el Estudio de Gestión de Residuos para dar cumplimiento al Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y por último que se han realizado las comprobaciones aritméticas correspondientes, sin haberse encontrado error en las mismas.

La Dirección General de Medio Natural y Animal de la Consellería de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio de la Generalitat Valenciana, ratificó, con fecha 5 de agosto de 2024, que las actuaciones no supondrán una afección significativa sobre la Red Natura 2000 ni al medio natural protegido, sin afección a hábitats de interés comunitario, flora o fauna protegida.

Teniendo en cuenta lo anterior y de acuerdo con el análisis de las características del proyecto practicado según el Título I, artículos 6 y 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, con fecha 18 de febrero de 2025, el Director de la MCT concluye que dicho proyecto no está incluido en el ámbito de aplicación de la citada Ley, no siendo previsible que las obras contempladas en la actuación, cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la Resolución, vayan a producir impactos adversos significativos.

Con fecha 19 de febrero de 2026, el Director de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, declaró la aprobación técnica inicial del PROYECTO 04/26 DE NUEVO DEPÓSITO DE REGULACIÓN PARA EL MUNICIPIO DE ASPE (AC/ASPE), ordenando la incoación del expediente de información pública de la relación de bienes y derechos afectados por el citado proyecto.

El trámite de información pública se llevó a cabo de conformidad con los requerimientos legales y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa y los artículos 17 y 18 del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como con lo establecido en el artículo 83 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dentro del plazo otorgado para la presentación de alegaciones no se recibió la presentación de ninguna alegación.

El día 25 de mayo de 2026 se recibe informe de la Abogacía del Estado sobre la conformidad a Derecho del procedimiento de información pública llevado a cabo.

Asimismo, la actuación cuenta con la autorización previa del Secretario de Estado de Medio Ambiente, de fecha 29 de abril de 2026, contemplada en el artículo 324 y Disposición Transitoria Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Con todo lo expuesto anteriormente, dado que el proyecto de referencia cumple con la normativa vigente en la materia, y en virtud de las facultades que me atribuye la legislación vigente:

RESUELVO

1. Aprobar definitivamente el proyecto 04/26 de nuevo depósito de regulación para el municipio de Aspe (Ac/Aspe) con presupuesto base de licitación de 5.690.882,24 € (21% I.V.A. incluido).

2. Declarar la necesidad de ocupación de la relación de bienes y derechos afectados (anexo I), y conforme a lo previsto en los artículos 20 y 21 de la Ley de Expropiación Forzosa y 19 y 20 de su Reglamento, proceder a la publicación de la presente resolución, así como a su notificación a todos los propietarios afectados.

3. Designar como Director de los trabajos al funcionario, D. Francisco A. Murcia González, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Técnico Superior de Proyectos y Obras de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.

4. Encargar al Facultativo Director la realización del replanteo de las obras.

5. Proponer al Órgano de Contratación del Organismo la adjudicación por Procedimiento Abierto con varios criterios para su adjudicación, de acuerdo con los artículos 131, 145, 156 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, debiendo los licitadores reunir las siguientes clasificaciones:

Grupo E Subgrupo 1 Categoría 4

Grupo C Subgrupo 2 Categoría 4

6. Proponer al Órgano de Contratación del Organismo la financiación de las obras con cargo a los fondos propios de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.

7. Dar traslado a la Secretaría General del Organismo para que se proceda a la expedición del certificado de existencia de crédito.

8. Comunicar la presente resolución a los Ayuntamientos afectados, a los efectos previstos en el artículo 127 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.

ANEXO 1: RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS

Término municipal de Aspe

Nº DE FINCA

REFERENCIA CATATRAL

NOMBRE Y APELLIDOS

PLENO DOMINIO (m2)

SERVIDUMBRE DE PASO DE TUBERÍA (m2)

OCUPACIÓN TEMPORAL (m2)

1

03019A017000020000AZ

FRANCISCA SALA PAYÁ GONZALO PÉREZ GARCÍA JUAN ANTONIO PÉREZ GARCÍA NIEVES INÉS PÉREZ GARCÍA GEMA TERESA PÉREZ SALA FRANCISCO PÉREZ SALA JUAN ANTONIO PÉREZ SALA

5.917,00

2

03019A017000400000AW

AYUNTAMIENTO DE ASPE

1.874,00

702,00

1.952,00

3

03019A017090100000AL

AYUNTAMIENTO DE ASPE

1.315,00

1.259,00

4

03019A017000060000AA

HEREDEROS DE PABLO DÍEZ MOLTÓ

22,00

435,00

5

03019A017000080001SU

HEREDEROS DE PABLO DÍEZ MOLTÓ

1.112,00

6

03019A019090120000AZ

AYUNTAMIENTO DE ASPE

7,00

7

03019A019000630000AQ

HEREDEROS DE PABLO DÍEZ MOLTÓ

10,00

56,00

8

03019A019000610000AY

HEREDEROS DE PABLO DÍEZ MOLTÓ

28,00

632,00

9

03019A019090110000AS

AYUNTAMIENTO DE ASPE

24,00

67,00

10

03019A019090100000AE

AYUNTAMIENTO DE ASPE

38,00

524,00

621,00

11

03019A019000600001SZ

FRANCISCO PAYÁ SEVILLA MARIA DÍEZ URIOS HEREDEROS DE PABLO DÍEZ MOLTÓ DOLORES URÍOS MONZÓN

430,00

12

03019A019000530000AU

HEREDEROS DE PABLO DÍEZ MOLTÓ

420,00

13

03019A019000540000AH

AYUNTAMIENTO DE ASPE

49,00

150,00

317,00

14

03019A019000520000AZ

DESCONOCIDO

60,00

15

03019A019000510000AS

AYUNTAMIENTO DE ASPE

2,00

21,00

Cartagena, 28 de mayo de 2026.- El Director, Carlos Conradi Monner.