Anuncio de la Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, relativo a la aprobación técnica del Proyecto de conexión subfluvial del saneamiento general de las marismas de Santoña entre Laredo y Santoña (Cantabria) Clave: 01.339-0267/2111.

Nº de Disposición: BOE-B-2026-16628|Boletín Oficial: 125|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2026-05-22|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se hace público que, con fecha 14 de mayo de 2026, la Dirección General del Agua, por delegación de competencias de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, Orden TEC/533/2021, de 20 de mayo (B.O.E. 31 de mayo de 2021) y modificaciones posteriores, ha dictado la siguiente resolución:

1. Aprobar técnicamente el "Proyecto de conexión subfluvial del saneamiento general de las marismas de Santoña entre Laredo y Santoña (Cantabria)" por un presupuesto base de licitación de 78.726.480,63 € con el 21% de I.V.A. incluido y con un plazo de ejecución de 48 meses, haciendo constar que reúne los requisitos exigidos por la Ley y el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas y que incorpora el reglamentario Estudio de Seguridad y Salud.

2. Encomendar a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico a la realización del acta de replanteo del proyecto según se establece en el artículo 236 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

3. Encomendar a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico la comunicación del texto íntegro de la presente resolución a los efectos previstos en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

El informe de Impacto Ambiental se formula mediante la Resolución de 14 de marzo de 2024, emitida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (B.O.E. nº71 de 21 de marzo de 2024), en el que se establece que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la citada resolución.

Madrid, 19 de mayo de 2026.- El Subdirector General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras, Francisco José Hijós Bitrián.