Anuncio de Resolución de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa por la que se resuelve el procedimiento de deslinde administrativo de la propiedad afecta a la Defensa Nacional denominada "Acto de los Rodeos (Zona Aeronáutica)", en el término municipal de San Cristóbal de la Laguna, provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-17339|Boletín Oficial: 115|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-05-13|Órgano Emisor: Ministerio de Defensa

De conformidad con lo establecido en el Artículo 52.d) y 52.c) de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se procede a dar publicidad oficial a la Resolución de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, de fecha 22 de abril de 2025, que resuelve el procedimiento de deslinde administrativo de la propiedad afecta a la Defensa Nacional denominada "Acto de los Rodeos (Zona Aeronáutica)", en el término municipal de San Cristóbal de la Laguna, provincia de Santa Cruz de Tenerife, en cuya parte dispositiva se acuerda:

- Aprobar el deslinde en la forma que ha sido realizado y según las coordenadas y planos que figuran en la propuesta de resolución del Instructor del Expediente.

- Declarar la posesión y titularidad a favor del Ministerio de Defensa y estableciendo que, una vez sea firme el acuerdo resolutorio del deslinde se procederá, si fuere necesario, al amojonamiento con intervención de los interesados que lo soliciten y a su inscripción en el correspondiente Registro de la Propiedad.

COORDENADAS DE LOS PUNTOS QUE DEFINEN LA LINDE

Proyección UTM - Sistema: WGS84

X Y

Vértice Naciente

(Hayford)

368630,800 3.151281,100

Vértice Poniente

(Hayford)

367179,800 3.151720,600

Punto Este

(UTM WGS 84)

368467,868 3.151398,273

Punto Oeste

(UTM WGS 84)

367016,954 3.151837,729

Punto Naciente

(1993)

368630,9 3.151281,1

Punto Poniente

(1993)

367179,8 3.151720,8

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer o bien recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo hubiera dictado (artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre ), o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha índole de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.1a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En su caso, los recursos ante la jurisdicción contencioso-administrativa han de versar sobre cuestiones de competencia o procedimiento, y ante la jurisdicción civil si lo que se discute es el dominio, la posesión o cualquier otro derecho real.

Una vez que esta Resolución de deslinde sea firme, y si resulta necesario, se procederá al amojonamiento, con la intervención de los interesados que lo soliciten, y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 e) de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; y a su comunicación al Catastro de acuerdo con la normativa catastral, conforme a lo previsto en el artículo 67 del Reglamento General de la citada Ley, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto.

Se pone en conocimiento de los interesados que el contenido íntegro de la citada resolución se encuentra a su disposición en la Subdirección General de Patrimonio de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, situada en la planta baja de la calle Isaac Peral, 32 de Madrid, los días laborables de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 14.00 con cita previa.

Madrid, 5 de mayo de 2025.- El Director General de Infraestructura, Luis Cebrián Carbonell.