Con fecha 17 de marzo de 2026, tuvo entrada, en el Registro de la Subdelegación del Gobierno en Cáceres, escrito de FRV La Solanilla, S.L., en adelante el promotor, por el que presenta solicitud de autorización administrativa previa, y autorización administrativa de construcción, del módulo por baterías La Solanilla, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con la planta fotovoltaica La Solanilla, en la provincia de Cáceres, promovida por FRV La Solanilla, S.L.
A los efectos establecidos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y en el artículo 6 del Real Decreto-ley 997/2025, de 5 de noviembre, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico, el procedimiento se declara de urgencia por razones de interés público, con los efectos previstos en el artículo 1.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, tramitándose de manera conjunta la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción, con reducción a la mitad de los plazos legalmente establecidos y realizándose simultáneamente el trámite de información pública y el de consultas a Administraciones y organismos afectados. En consecuencia, se somete al trámite de información pública la solicitud de autorización administrativa previa, y autorización administrativa de construcción, para el proyecto del módulo por baterías La Solanilla, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con la planta fotovoltaica La Solanilla, en la provincia de Cáceres, cuyas principales características son las siguientes:
a) Peticionario: FRV La Solanilla, S.L.
b) Domicilio: C/ María de Molina, nº 40 – 5ª Planta. 28006 – Madrid.
c) Órgano competente: El órgano sustantivo competente para resolver la autorización administrativa previa, y la autorización administrativa de construcción, es la Dirección General de Política Energética y Minas perteneciente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
d) Órganos tramitadores: La tramitación será realizada por la Dirección del Área de Industria y Energía de la Delegación en Extremadura. Las alegaciones se dirigirán a dicho órgano.
e) Finalidad: Almacenamiento de energía de la planta fotovoltaica ya existente para almacenamiento de energía eléctrica mediante sistema de baterías.
f) Presupuesto de ejecución material del proyecto: 15.131.492,70 Euros.
g) Términos municipales afectados: Trujillo (Cáceres).
h) Características generales del proyecto: Hibridación de la planta solar "La Solanilla", junto a su respectiva infraestructura de evacuación eléctrica a la subestación elevadora "La Solanilla".
− Breve descripción del proyecto
La energía almacenada será evacuada mediante 3 líneas eléctricas subterráneas de media tensión – LSMT - de 30 kV, principalmente en picos de demanda y baja disponibilidad del recurso de energía solar, hasta la subestación "La Solanilla" 30/220 kV. Aquí, se elevará la tensión para ser transportada mediante línea aérea de evacuación ya existente hasta la subestación "Trujillo" 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España (REE). Todas estas actuaciones se han proyectado en el término municipal de Trujillo (Cáceres). La hibridación "La Solanilla" obligará a llevar a cabo una modificación de la SET "La Solanilla", también objeto del proyecto. Estas actuaciones no modifican la configuración eléctrica principal de la SET, sino que únicamente amplían su capacidad de conexión y medida para integrar el sistema de almacenamiento. La planta fotovoltaica "La Solanilla" se encuentra en fase de explotación y no es alcance de este proyecto, así como tampoco la línea aérea de evacuación que parte de la SET "La Solanilla".
− Características de la instalación
o BESS LA SOLANILLA
La instalación se encuentra ubicada en el término municipal de Trujillo (Cáceres). La totalidad de la misma se encontrará dentro del vallado ya existente para la planta fotovoltaica "La Solanilla".
La hibridación proyectada cuenta con una potencia instalada en baterías de 17,5 MW y una capacidad de almacenamiento útil de 70 MWh en un sistema de 4 h. De acuerdo a la capacidad de acceso a la red eléctrica autorizada, la potencia total evacuada en el punto de conexión – POI- no podrá superar los 39 MW. El sistema de almacenamiento será hibridado con la actual planta fotovoltaica La Solanilla de 42,77 MW, resultando de la hibridación una potencia instalada conjunta de 60,27 MW, sin que la potencia evacuada en el POI supere la capacidad de acceso concedida. El BESS La Solanilla estará formado por 2 subsistemas.
El subsistema 1 contiene 4 bloques BESS para un total de 16,5 MW y 66 MWh en sistema de 4h. Estos 4 bloques serán idénticos, teniendo cada uno de ellos una estación de potencia modelo MVS5000-LV del fabricante SUNGROW de 5140 KVA, y cuatro contenedores de baterías ST5015 UX del mismo fabricante, que integran los inversores. En total, el subsistema 1 tendrá 4 estaciones de potencia, 16 contenedores, 96 inversores y 768 módulos LFP de baterías. La potencia de los inversores será limitada por software a 1031 kW por contenedor, para no sobrepasar los valores indicados para este subsistema.
El subsistema 2 contiene un único bloque BESS de 1 MW y 4 MWh en sistema de 4h. Este bloque tendrá una estación de potencia modelo INGECON 1800 FSK del fabricante INGETEAM de 1800 KVA, que integra el inversor, así como 2 contenedores NMC del fabricante BEEPLANET. En total, el subsistema 2 tendrá una única estación de potencia con su inversor integrado, 2 contenedores y 32 módulos NMC811 de baterías. La potencia del único inversor será limitada por software a 1000 kW para no sobrepasar los valores indicados para este subsistema.
La evacuación de la energía se realizará a través de 3 líneas eléctricas subterráneas de media tensión de 30 kV ejecutadas mediante conductor unipolar de aluminio tipo RHZ1, con aislamiento XLPE y sección 1x240 mm2. Cada bloque BESS tendrá inversores y transformador elevador, donde se realiza la conversión de CC a CA, y de BT a MT. El subsistema 1 estará conectado a la subestación "La Solanilla" mediante 2 LSMT, mientras que el subsistema 2 estará conectado mediante un único circuito LSMT a la misma subestación.
o MODIFICACIÓN SUBESTACIÓN LA SOLANILLA
Las actuaciones asociadas a la conexión de la instalación de baterías BESS La Solanilla a la subestación serán las siguientes:
- Reubicación de determinadas celdas existentes.
- Instalación de 3 nuevas celdas de línea de 30 kV para los circuitos BESS.
➢ Circuito 1 para Subsistema 1, bloques 1 y 2.
➢ Circuito 2 para Subsistema 1, bloques 3 y 4.
➢ Circuito 3 para Subsistema 2.
- Incorporación de TT y TI de facturación en cada una de las nuevas posiciones.
- Instalación de equipos de contaje (contadores, registradores y tarificadores) en armarios específicos ubicados en el edificio de control de la subestación.
- Adecuación del embarrado y los sistemas de protección asociados a la integración del BESS.
De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el proyecto del módulo por baterías La Solanilla, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con la planta fotovoltaica La Solanilla, en la provincia de Cáceres, al referirse a una instalación de competencia estatal, corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico como órgano sustantivo, emitir las resoluciones relativas a la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción.
Lo que se hace público para conocimiento general, así como para aquellos interesados que pudieran verse afectados.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto-ley 997/2025, de 5 de noviembre, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico el plazo queda reducido a la mitad el plazo del trámite de información pública respecto del previsto en los artículos 125 y 126 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. En consecuencia, las alegaciones o informes que se estimen oportunos podrán presentarse en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado, disponible en la dirección:
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
Siendo el código del Área de Industria y Energía (EA0040560), en la sede electrónica de la Delegación del Gobierno en Extremadura, mediante la descarga de archivos en el enlace indicado, así como presencialmente en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura, Subdelegación del Gobierno en Badajoz, Avda. de Europa, nº 1, 5ª Planta, 06071, Badajoz, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas, siendo imprescindible solicitar cita previa, y formularse en el referido plazo cualesquiera alegaciones se consideren oportunas a la instalación proyectada, por los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, citando en el asunto, "alegaciones al proyecto del módulo por baterías La Solanilla, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con la planta fotovoltaica La Solanilla, en la provincia de Cáceres".
Cualquier interesado podrá consultar la documentación técnica disponible a través del siguiente enlace:
https://almacen.redsara.es/sending/public/61d5d348-5b4a-4224-9033-890c270829d9
La presente publicación se realiza asimismo a los efectos de notificación previstos en los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 28 de mayo de 2026.- Director del Area de Industria y Energia, Antonio Jesús Sánchez Conejero.