Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Duero O.A ha iniciado, expediente de extinción del siguiente aprovechamiento de aguas:
1.- En el Registro de Aguas, Sección B, Tomo 86, Hoja 47, Número 20668, de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas en el término municipal de Ávila:
- Titular del derecho /NIF: María Sonsoles García Hernández NIF: 0*3*7*7*S
- Título que ampara el derecho, fecha y autoridad: Resolución de Inscripción por disposición legal 03/09/1996 Confederación Hidrográfica del Duero
- Volumen Máx. Anual (m3): 3.400,000
- Caudal máximo (l/s): 2,00000
- Tipo de uso: Usos agropecuarios. Regadío. Otros usos Carácter privado
- Naturaleza consuntiva del uso: Sí
- Observaciones del derecho:
• Con esta fecha 11-01-2024 se procede a la adaptación electrónica de la inscripción conforme a los datos del expediente.
Con fecha 04/10/2024 se actualiza el punto de toma conforme al catastro vigente, por lo que se sustituye la parcela 36 del polígono 52, -que figuraba en la documentación del expediente inicial -, por la localización, AR 3/1 El Soto 2 11.
No se han actualizado la parcela con derecho a riego de acuerdo con la cartografía actual, pues la delimitación de la antigua parcela 36 del polígono 52, no es coincidente con recintos actuales, por lo que la identificación de la parcela con derecho a riego se mantiene conforme a la documentación originariamente aportada.
No obstante, en cuanto al uso Otros Usos. Carácter privado, se actualiza la numeración catastral de la localización en igual sentido que lo indicado en cuanto a la actualización del punto de toma.
En la resolución se indica que el uso 2 es Llenado de piscina, si bien de acuerdo a la actual clasificación reglamentaria de los usos a la fecha de grabación de esta inscripción el uso debe calificarse como Otros Usos -Carácter privado
Caracteristicas de las captaciones del aprovechamiento
- Nº Total de captaciones: 1
Nº Identificador: toma 1(48508)
- Uso destino agua de la captación: Usos agropecuarios. Regadío. Otros usos Carácter privado
- Procedencia del agua: Subterránea
- Masa de agua: Valle de Amblés (400064)
- Localización de la captación: Paraje/Topónimo: AR 3/1 El Soto 2 11 Término municipal: Ávila
- Provincia: Ávila
- Coordenadas cartográficas de la captación (UTM ETRS89):X: 355892Y: 4500009
- Referencia catastral: 5902109UL5050S0001BF
- Volumen máx. anual: 3.400,000
- Nº total de usos: 2
Caracteristicas generales del uso:
•Tipo de uso: Usos agropecuarios. Regadío
- Datos adicionales: Uso del agua desde el mes abril hasta el mes de septiembre.
- Caudal Medio Equi. Total (l/s): 0,21
- Superficie derecho riego (ha): 0,5000
- Dot.Anual(m3/ha/año): 3.400,0000
- Tipo de uso: Otros usos Carácter privado
- Datos adicionales: Caudal Medio Equi. Total (l/s): 0,21. Llenado de piscina
Historia de la inscripción
Resolución de Inscripción por disposición legal de fecha 03/09/1996. Confederación Hidrográfica del Duero.
Expediente IP-20668-AV. Expediente Alberca 968/1996. Expediente Integra IP-0144/1996
2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso en su informe de 18 de marzo de 2026, que se inicie el trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular''.
De dicho informe se desprende, la falta de explotación del aprovechamiento durante un periodo superior a tres años por causa imputable al titular, de acuerdo con el informe de Guardería Fluvial, Zona 1 Ávila sector AV-4, de fecha 9 de junio de 2025, que muestra que el aprovechamiento identificado en el apartado anterior, se encuentra sin uso, no tiene instalaciones, carece de contador y ha variado las condiciones del uso, al alterar el destino a Usos agropecuarios. Regadío. Otros usos Carácter privado, previsto, dado que en la actualidad la parcela es urbana sin edificar.
3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha veintitres de marzo de 2026, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).
4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente ED-0072/2025 (TTEC), bien a través del Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).
Valladolid, 7 de mayo de 2026.- Jefe del Servicio de Registro de Aguas. Confederación Hidrográfica del Duero O.A, Laura Pérez-Pellón Valetín-Gamazo.