Con fecha 17 de marzo de 2025 la empresa Pamesa Porcelánico, S.L.U. solicitó el inicio de expediente de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para la explotación minera de referencia, al amparo del artículo 105 de la Ley 22/1973 de Minas y artículo 131 del vigente Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de agosto de 1978, para la parcela 61 del polígono 12 del término municipal de Castellote (Teruel).
Los artículos 105 de la L.M. y 131 del Real Decreto 2857/1975, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería establecen que el titular legal de una concesión de explotación tiene derecho a la expropiación forzosa y ocupación temporal de los terrenos que sean necesarios para el emplazamiento de los trabajos, instalaciones y servicios, añadiendo que el otorgamiento de una concesión de explotación y la declaración de una zona de reserva definitiva llevarán implícita la declaración de utilidad pública, así como la inclusión de las mismas en el supuesto del apartado dos del artículo 108 de la Ley de Expropiación Forzosa. La aprobación del proyecto y de los planes inicial y anuales a que se refieren los artículos 68 a 70 llevará implícita la declaración de la necesidad de ocupación de los terrenos, si se cumplen las condiciones establecidas en el número 2 del artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa.
En el presente caso, el Plan de Labores y posterior Anexo presentados para el año 2025 fueron aprobados mediante Resolución del Director del Servicio Provincial de Presidencia, Economía y Justicia de Teruel de fecha 19 de junio de 2025 donde se recogía la necesidad de ocupar la parcela de que se trata ejecutar siendo ésta imprescindible para un aprovechamiento racional del yacimiento y una restauración acorde con las labores de extracción realizadas.
Los propietarios de la parcela del término municipal de Castellote (Teruel), cuya expropiación se solicita, de acuerdo con la Certificación Catastral de la misma, son los siguientes:
1. Propietario: Patrocinio Blasco Capilla (Herederos de) (100%) Parcela 61. Polígono 12. Clase de cultivo: Labor o Labradío Secano y Pastos. Superficie 2,5972 Hectáreas.
Lo que se hace público con el fin de que cualquier persona física o jurídica, pueda aportar los datos oportunos para rectificar posibles errores en la descripción relacionada, y alegaciones que se consideren motivadas, en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la última de las publicaciones, bien en este Boletín o en el Boletín Oficial del Estado, en las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el Servicio Provincial de Presidencia, Economía y Justicia de Teruel, sito en C/ San Francisco, nº 1, 2ª planta de dicha ciudad.
Teruel, 29 de julio de 2025.- Director del Servicio Provincial de Presidencia, Economía y Justicia P S. Directora General de Energía y Minas. ORDEN PEJ/314/2025, de 28 de marzo, Yolanda Valles Cases.