Decreto 1/2026, de 19 de enero, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-1260|Boletín Oficial: 18|Fecha Disposición: 2026-01-19|Fecha Publicación: 2026-01-20|Órgano Emisor: Comunidad de Castilla y León

El artículo 27.1.a) y b) del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, de conformidad con la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, dispone que, como supremo representante de la Comunidad Autónoma, corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León acordar la disolución de las Cortes de Castilla y León y convocar elecciones.

Asimismo, el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, dispone que la convocatoria de Elecciones a las Cortes de Castilla y León se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación reguladora del Régimen Electoral General, mediante Decreto del Presidente de la Junta de Castilla y León.

Procede aplicar la normativa citada, al haberse agotado de manera ordinaria la legislatura por cumplirse este año el plazo de duración del mandato de los Procuradores/as.

En su virtud, de acuerdo con las facultades atribuidas por los artículos 27.1.a) y b) del Estatuto de Autonomía y por el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, dispongo:

Artículo 1.

Se disuelven las Cortes de Castilla y León y se convocan elecciones a las mismas, que se celebrarán el domingo 15 de marzo de 2026.

Artículo 2.

En aplicación de lo establecido en los artículos 21.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y 19 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, integrarán las Cortes de Castilla y León ochenta y dos Procuradores/as, correspondiendo elegir en cada circunscripción electoral el siguiente número:

Circunscripción electoral Procuradores/as
Ávila. 7
Burgos. 11
León. 13
Palencia. 7
Salamanca. 10
Segovia. 7
Soria. 5
Valladolid. 15
Zamora. 7

Artículo 3.

La campaña electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del 27 de febrero de 2026 y finalizando a las veinticuatro horas del 13 de marzo de 2026.

Artículo 4.

La sesión constitutiva de las Cortes de Castilla y León tendrá lugar el día 14 de abril de 2026 a las 11:30 horas.

Disposición final.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 19 de enero de 2026.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco.