Extracto de la Orden de 2 de diciembre de 2025 por la que se convocan subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación, promovidos por entidades locales, durante el ejercicio de 2025

Nº de Disposición: BOE-B-2025-45070|Boletín Oficial: 291|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-12-04|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BDNS(Identif.):871639

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/871639)

Primero. Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias, para actuaciones que se desarrollen en su ámbito territorial, las siguientes entidades:

a) Las entidades locales recogidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con excepción de las áreas metropolitanas.

b) Otras entidades locales, reguladas por la normativa autonómica, que tengan atribuidas las competencias y tengan la capacidad de gestión suficiente para desarrollar el proyecto para el que se solicita la subvención.

c) Las comunidades autónomas uniprovinciales, en el ejercicio de las competencias que corresponden a las diputaciones provinciales, y de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

d) Las agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que todas las entidades agrupadas cumplan las condiciones de admisibilidad.

e) Los consorcios adscritos a la Administración Local, definidos en el artículo 118 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segundo. Objeto:

La presente orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2025, las subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación promovidos por entidades locales, que tengan estas características:

a) Los proyectos deberán aportar una visión integral del problema demográfico de la zona en la que se prevé que se desarrolle, tener en cuenta las diferentes perspectivas y, preferentemente, abordar respuestas transferibles para otras zonas rurales con problemas demográficos similares.

b) Los proyectos deberán tener como objetivo propiciar la reactivación social y económica de zonas con problemas de despoblación, mediante la revalorización del espacio rural; y ello desde una dimensión socioeconómica, medioambiental y de género.

c) Los proyectos deben tener un contenido innovador para el territorio, de modo que promuevan el desarrollo y ejecución de nuevas actividades económicas, la generación de nuevos puestos de trabajo o el mantenimiento de los ya existentes.

Tercero. Bases Reguladoras:

Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación («BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 2021), modificada por la Orden TED/1074/2025, de 24 de septiembre, por la que se modifica la Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre («BOE» núm. 238, de 3 de octubre de 2025).

Cuarto. Cuantía:

El importe total máximo de las ayudas que se concedan en el marco de esta Orden será de 40.000.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Las subvenciones reguladas por esta orden se podrán solicitar a partir del día siguiente tras la publicación de su extracto en el «Boletín Oficial del Estado», y hasta el día 20 de enero de 2026.

Madrid, 2 de diciembre de 2025.- La Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen Muñoz.