BDNS (Identif.): 843149.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/843149)
Primero.- Convocatoria.
Se convocan para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, los Premios Nacionales de Medioambiente 2025 y el Premio Nacional de Energía 2025 en sus correspondientes modalidades: «Lucas Mallada de Economía y Medioambiente», «Félix Rodríguez de la Fuente de Conservación de la Naturaleza» y «María del Rosario Heras de Energía».
Segundo.- Premiados y requisitos para solicitar los premios.
Los premiados serán los previstos en el artículo 2 de la orden de bases reguladoras.
Así mismo, los requisitos para solicitar los premios y su forma de acreditación, se contienen en el artículo 5 de la orden de bases reguladoras.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 4 de la orden de bases reguladoras, podrán concederse menciones honoríficas a aquellas candidaturas que, no habiendo alcanzado ninguno de los Premios, hayan destacado en la realización de los trabajos y actividades que los mismos recompensan.
Tercero.- Solicitudes y plazo de presentación.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Electrónico del Departamento, a través de su sede electrónica (https://sede.miteco.gob.es/portal/site/seMITECO) según los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto.- Financiación de las ayudas.
El importe destinado al otorgamiento de los premios será de 66.000,00 euros, para la anualidad 2025 que se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 23.12.451O.481 del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
La concesión de los premios queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de otorgamiento.
Quinto.- Criterios objetivos de otorgamiento y ponderación.
Los criterios de valoración de las solicitudes son los establecidos en el artículo 8 de la orden de bases reguladoras.
Madrid, 26 de junio de 2025.- Por Avocación, la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen Muñoz. Por Delegación de firma, El Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Miguel González Suela.