Extracto de la Orden de 3 de septiembre de 2025 por la que se aprueba la convocatoria 2025 de ayudas para la adquisición de equipamiento científico-técnico.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-31934|Boletín Oficial: 215|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-09-06|Órgano Emisor: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

BDNS(Identif.):844319

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/844319)

Primero. Entidades beneficiarias.

Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y otros centros públicos de I+D+i con personalidad jurídica propia.

Las entidades beneficiarias, con independencia de su naturaleza jurídica, deberán formar parte del sector público institucional y estar inscritas en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Segundo. Objeto.

El objeto de las ayudas es proveer de equipamiento científico-técnico a los servicios comunes para la investigación de las entidades, dotándolos de equipos de última generación, favoreciendo con ello su gestión especializada y eficiente, así como la expansión del uso y el acceso generalizado a dichos servicios comunes por parte de los grupos de investigación.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía total máxima de las ayudas asciende a 170.000.000 de euros, que se imputará a la aplicación presupuestaria equivalente, en el ejercicio 2026, a la actual 28.07.463B.82115 de los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

Quinto. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día 30 de septiembre y finalizará el día 21 de octubre de 2025 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

Las solicitudes serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 11 de la convocatoria.

La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Sexto. Evaluación de las solicitudes.

Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Calidad de la propuesta.

b) Calidad y experiencia de los equipos de investigación/del servicio común.

c) Impacto.

La descripción de los criterios y subcriterios de evaluación, así como su valoración, se determinan en el Anexo I de la convocatoria.

Madrid, 3 de septiembre de 2025.- La Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades. P.D. (Orden CIN/639/2020, de 6 de julio, BOE nº 192, de 14 de julio), el Presidente de la Agencia Estatal de Investigación, Juan Cruz Cigudosa García.