Extracto de la Resolución de 10 de septiembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de abril de 2025.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-32514|Boletín Oficial: 220|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-09-12|Órgano Emisor: Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

BDNS(Identif.):856033

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/856033)

Primero.- Beneficiarios:

Se convocan las subvenciones para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y en la red viaria provincial e insular previstas en el apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de abril de 2025, vinculadas a la declaración como "zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil" efectuada respecto del territorio afectado como consecuencia de las inundaciones y diversos fenómenos de distinta naturaleza acaecidos entre el 16 de septiembre de 2024 y el 24 de marzo de 2025, que se relacionan en el anexo de la convocatoria, en las Comunidades Autónomas de Madrid, Castilla y León, Extremadura, Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia, Cataluña, La Rioja, Aragón, Illes Balears y Galicia.

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias de las subvenciones, las diputaciones provinciales, los consejos insulares y la administración de las comunidades autónomas uniprovinciales, cuyo territorio esté comprendido en el ámbito de aplicación de esta convocatoria; todo ello, sin perjuicio de la condición de interesado que corresponda a las entidades solicitantes (art. 5 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero).

Segundo.- Objeto:

Las subvenciones se destinarán a financiar los proyectos directamente relacionados con los siniestros detallados en el anexo de la convocatoria, que ejecuten los ayuntamientos, los consejos insulares, las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales, las comarcas y las mancomunidades en los términos municipales y núcleos de población, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales, los consejos insulares o, en su caso, de las comunidades autónomas uniprovinciales, de los daños producidos por dichos siniestros.

Tercero.- Plazo de presentación de solicitudes:

Las subvenciones se solicitarán, según corresponda, por las entidades titulares de las infraestructuras municipales o de la red viaria provincial e insular, en los términos que se expresan en la convocatoria.

Las solicitudes se podrán presentar, desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE, por conducto de la BDNS, hasta las 15:00 horas del día 6 de octubre de 2025. Obligatoriamente se deberán cumplimentar y presentar de forma electrónica, a través de la aplicación informática "AURA - Subvenciones a EELL ante catástrofes naturales", accesible desde la sede electrónica de este Ministerio https://sede.administracionespublicas.gob.es/ (Procedimientos - Subvenciones), seleccionando el apartado dedicado a esta convocatoria.

Cuarto.- Bases reguladoras:

Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que tengan por finalidad la ejecución de obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades, consecuencia de catástrofes naturales, así como redes viarias de las diputaciones provinciales, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales («BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2015).

Quinto.- Cuantía:

El importe total máximo de las subvenciones convocadas es de 65.993.713,32 euros. La concesión de las subvenciones se imputará a la aplicación presupuestaria 22.02.942A.767.05 de los PGE, en los términos que se prevén en el apartado séptimo de la convocatoria.

A los proyectos subvencionables se les podrá conceder una subvención de hasta el 50 por ciento de su coste.

Madrid, 10 de septiembre de 2025.- El Secretario de Estado de Política Territorial (por delegación del titular del Ministerio, apartado tercero.b, de la Orden TMD/605/2024, de 12 de junio), Arcadi España García.