BDNS(Identif.):839958
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/839958)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la citada Ley 38/2003, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de las Bases reguladoras, el Subdirector General de Planificación y Gestión Económica de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por delegación del Ministro del Interior (por Orden INT/131/2023, de 11 de febrero, por la que se modifica la Orden INT/985/2005, de 7 de abril), ha resuelto aprobar la presente convocatoria del Premio Nacional Victoria Kent para el fomento de la investigación multidisciplinar penitenciaria para el año 2025, que se desarrollará de acuerdo con el procedimiento que a continuación se recoge.
Primero. Cuantía. Importe total de esta convocatoria asciende a 5.000 euros, distribuida en un premio de 2.500 euros y dos accesits de 1.250 euros cada uno.
Segundo. La finalidad del Premio en sus Bases reguladoras es fomentar la investigación multidisciplinar penitenciaria premiando el trabajo de investigación considerado de mayor mérito de entre los presentados. Los trabajos de investigación versarán sobre el medio penitenciario, desde un plano histórico, jurídico, psicológico, social o de cualquier otra disciplina científica, ya sea con un enfoque estrictamente teórico o a partir de experiencias concretas.
Tercero. Podrán optar a los premios, según el artículo 2 de las Bases reguladoras, las personas físicas, de nacionalidad española o extranjera. No podrán participar los miembros del Jurado, ni los premiados en anteriores convocatorias.
Cuarto. Criterios de valoración. Los criterios de valoración de los trabajos serán los establecidos en el artículo 11 de las Bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Será de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, trasladado desde la Base Nacional de Datos de Subvenciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Sexto. La documentación a presentar será la establecida en el artículo 7 de las Bases Reguladoras.
Séptimo. La presentación del trabajo implicará, en el supuesto de que resulte premiado, la cesión gratuita de los derechos de autoría, a efectos de su posible publicación. Las obras presentadas podrán ser objeto de consulta en la Biblioteca de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
Octavo. Según el artículo 9 de las Bases reguladores será competente para la instrucción del procedimiento la Subdirección General de Relaciones Institucionales y Coordinación Territorial de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, quien comprobará el cumplimiento de los requisitos y remitirá las obras presentadas al Jurado para su valoración.
Madrid, 11 de junio de 2025.- El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/131/2023, de 11 de febrero, por la que se modifica la Orden INT/985/2005, de 7 de abril), El Subdirector General de Planificación y Gestión Económica, José Jesús Miranda Martínez.