Extracto de la Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Dirección del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de concesión de subvenciones para Plataformas ISCIII de apoyo a la I+D+I en Biomedicina y Ciencias de la Salud de la Acción Estratégica en Salud (Líneas Estratégicas de Investigación en Salud 2024-2027).

Nº de Disposición: BOE-B-2026-15527|Boletín Oficial: 117|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2026-05-14|Órgano Emisor: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

BDNS(Identif.):905011

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/905011)

Primero. Beneficiarios:

a) Las entidades que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España y que desarrollen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud, conforme a una de las siguientes tipologías de centros:

1.º Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial (IIS).

2.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores con licencia de actividad sanitaria expedida por la autoridad competente.

3.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad sanitaria, pero con actividad de I+D+I evidenciada por captación de recursos en convocatorias públicas competitivas, y resultados (publicaciones, transferencia al sector productivo o ámbito clínico) disponibles a la comunidad científica en el área de conocimiento de Salud Pública.

4.º Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS, que cumplan con las condiciones recogidas en la ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, Título III, artículo 67, que regula la vinculación a la red pública de hospitales del sector privado.

5.º Los Organismos Públicos de Investigación (OPI) recogidos en el artículo 47.2 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

6.º Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en las disposiciones que se mantienen vigentes de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

7.º Otros centros públicos de I+D, de investigación y de difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación, con personalidad jurídica propia, diferentes de los OPI, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que en sus Estatutos, en la normativa que los regule, o en su objeto social, tengan definida entre sus actividades la I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.

8.º Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.

9.º Los consorcios públicos con actividad en I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.

10.º Otras unidades de la Administración sanitaria, no incluidas en los apartados anteriores, entre cuyas competencias se encuentren los aspectos establecidos en las áreas temáticas de las plataformas.

b) En el caso de que alguno de los centros enumerados en el apartado anterior careciese de personalidad jurídica propia, constará como solicitante y beneficiaria la entidad con personalidad jurídica propia que tenga encomendada la gestión de su actividad investigadora.

Segundo. Objeto.

La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de concesión de subvenciones dirigida a la financiación de unidades vinculadas a cada una de las Plataformas ISCIII de apoyo a la I+D+I en Biomedicina y Ciencias de la Salud descritas en el artículo 2. Estas plataformas, colaborativas y de carácter transversal, prestarán servicio al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI) con orientación a la salud, para potenciar la generación y transferencia de conocimiento de la más alta calidad en el Sistema Nacional de Salud (SNS), asegurando la excelencia científico- técnica, la equidad y la eficiencia en la utilización de los recursos disponibles.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CNU/1316/2024, de 18 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en las líneas estratégicas de investigación en salud en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027 («BOE» de 21 de noviembre de 2024).

Cuarto. Cuantía.

La cuantía total máxima destinada a las ayudas asciende a 30.000.000,00 euros.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la cuantía total máxima precitada, tiene carácter estimado y, por tanto, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

Así mismo, podrá ser incrementada con una cuantía adicional total de 7.000.000 euros cuando, como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 58.2.a) del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se produzca un aumento de los créditos disponibles antes de la concesión de las ayudas.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de generación y presentación de las solicitudes y de la restante documentación necesaria se inicia el 20 de mayo de 2026 y finaliza a las 15:00 horas, hora peninsular, del 16 de junio de 2026.

Madrid, 12 de mayo de 2026.- La directora del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., Marina Anunciación Pollán Santamaría.