BDNS(Identif.):899278
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/899278)
Primero. Beneficiarios:
Pueden solicitar las subvenciones las fundaciones, asociaciones y organizaciones no gubernamentales (instituciones sin fines de lucro) no pertenecientes al sector público, legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente, con residencia fiscal en España, que acrediten haber realizado actuaciones de fomento de la lectura.
Segundo. Objeto:
Apoyar los proyectos de actividades de animación a la lectura en el mundo rural sufragando los gastos corrientes necesarios para su ejecución.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto. Importe:
El importe de las subvenciones convocadas es, como máximo, de 250.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes:
Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
Madrid, 13 de abril de 2026.- El Secretario de Estado de Cultura, P.D. apartado Cuarto 2.d) Orden CLT/1527/2025, de 23 de diciembre, la Directora General del Libro, del Cómic y de la Lectura, María José Gálvez Salvador.