Extracto de la Resolución de 15 de junio de 2026 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2026-2027.

Nº de Disposición: BOE-B-2026-21118|Boletín Oficial: 150|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2026-06-20|Órgano Emisor: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

BDNS(Identif.):914135

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914135)

Primero. Beneficiarios:

Empresas y/o empresarios individuales, legalmente constituidos, dedicados a la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente durante el período escolar lectivo determinado por la Dirección General de Panificación y Gestión Educativa y que mantengan a lo largo del curso escolar un mínimo de tres alumnos en edad de escolarización obligatoria matriculados en la etapa de educación primaria

Segundo. Finalidad:

Atención educativa de los niños que, por desplazarse con los circos, no pueden asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.

Tercero. Bases reguladoras:

ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE del 12 de mayo).

Cuarto. Importe:

Importe total de la convocatoria: 40.000 euros. Cuantía máxima individual de subvención por circo: 3.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Quince días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 15 de junio de 2026.- El Secretario de Estado de Educación, Abelardo de la Rosa Díaz.