BDNS(Identif.):880104
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/880104)
Con fecha 10 de enero de 2026 se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 9 el extracto de la Resolución de fecha 29 de diciembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción de la lectura y las letras españolas, correspondientes a 2026. Estas subvenciones se convocaron por tramitación anticipada.
De acuerdo con lo dispuesto por el apartado 4, punto 1, de la mencionada resolución, la cuantía total máxima estimada para estas ayudas es de dos millones ciento noventa y cuatro mil ochocientos euros (2.194.800,00 €) que se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias 24.03.334B.48115, 24.03.334B.479 y 24.03.334B.460. No obstante, el artículo 56.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativo a la tramitación anticipada, dispone que "en los supuestos en los que el crédito presupuestario que resulte aprobado en la Ley de Presupuestos fuera superior a la cuantía inicialmente estimada, el órgano gestor podrá decidir su aplicación o no a la convocatoria, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria". A este mismo extremo hace referencia también el apartado 4 de la Resolución de convocatoria, punto 3, en el que se contempla que el órgano gestor pueda incrementar la cuantía inicialmente estimada con una cuantía adicional de hasta un millón cuatrocientos sesenta y tres mil doscientos euros (1.463.200,00€).
Por todo ello, mediante la presente resolución, se acuerda proceder a la ampliación de la dotación de las subvenciones para la promoción de la lectura, correspondientes al año 2026, con una cuantía adicional de un millón cuatrocientos sesenta y tres mil doscientos euros (1.463.200,00€), distribuida del siguiente modo: quinientos tres mil doscientos euros (503.200,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.334B.48115, cuatrocientos mil euros (400.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.334B.479 y quinientos sesenta mil euros (560.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.334B.460.
El resto de condiciones previstas en la convocatoria, permanecen inalteradas.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 16 de marzo de 2026.- El Secretario de Estado de Cultura, Jordi Martí Grau.