BDNS(Identif.):541227
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/541227)
Primero. Beneficiarios:
Ciudadanos de países de América Latina, África y Asia que cumplan con los requisitos específicos establecidos para cada programa.
Segundo. Objeto de la convocatoria:
Conceder ayudas para la formación de ciudadanos extranjeros y residencias artísticas, en los términos recogidos en los anexos I, II, III, IV y V de la Resolución de la convocatoria, para cada uno de los siguientes programas:
Programa de residencias artísticas y de investigación para la Real Academia de España en Roma (RAER) para ciudadanos iberoamericanos. (Programa ROMAIB). Anexo I.
Programa de becas de Máster para funcionarios y personal integrado en los sistemas públicos de países de América Latina incluidos en las estrategias bilaterales del V Plan Director de la Cooperación Española y Filipinas (Programa MASTER). Anexo II.
Programa de Becas para ciudadanos de países de África y Oriente Medio, incluidos en las estrategias bilaterales del V Plan Director de la Cooperación Española, y de países de África Subsahariana, receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD). (Programa BECAS ÁFRICA-MED). Anexo III.
Programa de becas de formación musical de excelencia en la Escuela Superior de Música Reina Sofía (ESMRS) (Programa MUSICA). Anexo IV.
Programa de becas de colaboración formativa en las sedes de las Academias asociadas a la Real Academia Española (RAE) (Programa ASALE). Anexo V.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional (BOE núm. 99, de 26 de abril de 2005).
Cuarto Cuantía:
Cuantía total: 1.796.050,00 Euros.
La dotación de una beca individual se detalla en cada uno de los programas de los relacionados en los anexos I, II, III, IV y V de la Resolución de la convocatoria. Todos los programas cuentan con una dotación mensual durante el periodo de concesión de la beca y un seguro de accidentes. Además, existen otras ayudas determinadas en cada programa de becas que pueden consultarse en los citados anexos.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Programa de residencias artísticas y de investigación para la Real Academia de España en Roma (RAER) para ciudadanos iberoamericanos. (Programa ROMAIB). Anexo I: Del 18 de enero al 1 de febrero de 2021.
Programa de becas de Máster para funcionarios y personal integrado en los sistemas públicos de países de América Latina incluidos en las estrategias bilaterales del V Plan Director de la Cooperación Española y Filipinas (Programa MASTER). Anexo II: Del 8 de febrero al 26 de febrero de 2021.
Programa de Becas para ciudadanos de países de África y Oriente Medio, incluidos en las estrategias bilaterales del V Plan Director de la Cooperación Española, y de países de África Subsahariana, receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD). (Programa BECAS ÁFRICA-MED). Anexo III: Del 8 de febrero al 26 de febrero de 2021.
Programa de becas de formación musical de excelencia en la Escuela Superior de Música Reina Sofía (ESMRS) (Programa MUSICA). Anexo IV: Del 15 de marzo al 30 de marzo de 2021.
Programa de becas de colaboración formativa en las sedes de las Academias asociadas a la Real Academia Española (RAE) (Programa ASALE). Anexo V: Del 18 de enero al 1 de febrero de 2021.
El régimen horario del cómputo de plazos se establecerá de acuerdo con el calendario, fecha y hora oficial publicado en la Sede Electrónica de la AECID. Todos los plazos finalizarán los días especificados a las 13:00:00 horas del registro telemático de la AECID.
Sexto. Otros datos de interés.
Las solicitudes tendrán que ser cumplimentadas debida y enteramente en español, en el formulario correspondiente, por vía telemática, conformado en www.aecid.gob.es, de forma completa y verídica. Antes de rellenar el formulario telemático de solicitud de beca, los interesados deberán estar registrados en la sede electrónica de la AECID, carpeta del ciudadano, a efectos de identificación y notificación.
De acuerdo con el artículo 10.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, a los interesados debidamente identificados en la carpeta del ciudadano se les admitirá como firma de la solicitud el envío telemático del formulario electrónico en el que conste de manera expresa su voluntad y consentimiento.
La solicitud de beca se realizará para un único programa.
La documentación, relacionada para cada programa en la convocatoria, se adjuntará al formulario electrónico.
De acuerdo con la Orden AEC/2776/2011, de 7 de octubre es obligatoria la comunicación con la AECID utilizando sólo medios electrónicos.
Madrid, 17 de diciembre de 2020.- La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Magdy Esteban Martínez Solimán.