Extracto de la Resolución de 17 de marzo de 2026, del Organismo Autónomo Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan ayudas para la participación de películas españolas en festivales celebrados entre noviembre de 2025 y septiembre de 2026.

Nº de Disposición: BOE-B-2026-8488|Boletín Oficial: 69|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2026-03-19|Órgano Emisor: Ministerio de Cultura

BDNS(Identif.):893744

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/893744)

Primero: Objeto.

Ayudas a las productoras para la participación de películas españolas en los festivales y en las ceremonias de entrega de premios cinematográficos de reconocido prestigio, certámenes en adelante, que se finalicen entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, que se relacionan en la norma tercera, siempre que dichas películas:

a) Tengan nacionalidad española o estén en disposición de obtenerla por cumplir los requisitos que para el acceso a la misma establece el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, y se esté tramitando su reconocimiento cuando se solicite esta ayuda, y

b) Cuenten con una invitación previa o hayan sido seleccionadas por parte del promotor del festival o entidad convocante del premio.

Segundo: Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas productoras españolas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5.1 de la Orden la Orden CLT/207/2025, de 24 de febrero.

Tercero: Bases reguladoras.

Orden CLT/207/2025, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la participación de películas cinematográficas y otras obras audiovisuales españolas en festivales y otros eventos audiovisuales internacionales.

Cuarto: Cuantía.

El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 700.000 euros.

La cuantía individual de cada ayuda equivaldrá al importe total de los gastos subvencionables efectivamente realizados con ocasión del certamen y expresados en la solicitud con el límite máximo previsto en la dotación indicada en las relaciones de certámenes y, en su caso, teniendo en cuenta ciertas correcciones.

Quinto: Plazos de presentación de solicitudes.

Los plazos de presentación de solicitudes serán:

a) para el primer periodo:

1. certámenes que finalizaron antes del día de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, diez días naturales a contar desde el día siguiente a dicha publicación.

2. certámenes que finalicen entre el día de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y el 31 de marzo de 2026, diez días naturales desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada certamen.

b) para el segundo periodo: certámenes que finalicen entre el 1 de abril y el 30 de septiembre de 2026, diez días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada certamen.

Madrid, 17 de marzo de 2026.- El Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales O.A., P.S. (Resolución del Secretario de Estado de Cultura de 03/12/2025), el Subdirector General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual, Fernando Bigeriego Tejerina.