BDNS(Identif.):847367
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/847367)
Primero.- Beneficiarios: podrán ser beneficiarios las personas que reúnan los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Reunir los requisitos exigidos en la última convocatoria de acceso a través del turno libre al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social o de Subinspectores Laborales, en cualquiera de sus dos escalas especializadas de Empleo y Seguridad Social o de Seguridad y Salud Laboral, respectivamente, en función de la beca solicitada.
b) No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) No estar disfrutando de ayudas o subvenciones para el mismo objeto de entes públicos ni privados.
d) Contar, en el momento de la concesión de la beca, con la dirección de un centro especializado o un preparador o una preparadora para orientar el proceso de preparación.
e) Acreditar la concurrencia de su situación socioeconómica y, en su caso, académica, así como el cumplimiento del resto de los requisitos que establece esta convocatoria de becas.
Segundo.- Objeto: Convocar 50 becas destinadas a contribuir a sufragar los gastos ocasionados por la preparación de pruebas selectivas para el ingreso por turno libre en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y en el Cuerpo de Subinspectores Laborales, en sus dos escalas especializadas de Empleo y Seguridad Social y de Seguridad y Salud Laboral.
Tercero.- Bases reguladoras y diario de publicación: Orden TES/1007/2024, de 17 de septiembre (publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 230 de 23 de septiembre de 2024, y aplicable en cuanto no se oponga a la redacción vigente de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).
Cuarto.- Cuantía: la cuantía total máxima de las subvenciones a conceder será de 600.000 euros, a razón de 12.000 euros brutos anuales por lo que al importe individual de cada beca se refiere.
Quinto.- las personas interesadas que opten a la subvención deberán presentar su solicitud en el plazo de diez días hábiles contado a partir del día siguiente al de esta publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a través del formulario on-line habilitado al efecto en la Sede electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social (https://sede.mites.gob.es).
Madrid, 18 de julio de 2025.- La Directora del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, O.A. Cristina Fernández González.