Extracto de la Resolución de 22 de julio de 2025 de la entidad pública empresarial Red.es, M.P., por la que se convocan las Ayudas 2025, destinadas a proyectos de investigación y desarrollo en inteligencia artificial y otras tecnologías duales y su integración en las cadenas de valor

Nº de Disposición: BOE-B-2025-27766|Boletín Oficial: 181|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-07-29|Órgano Emisor: Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública

BDNS(Identif.):848058

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/848058)

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las empresas, según la definición de empresa del artículo 1 del Anexo I, y de los apartados 2 y 24 del artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado modificado por el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023.

Además, las entidades solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 6.2 - "Beneficiarios" de las Bases Reguladoras y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

No podrán ser beneficiarios las empresas de naturaleza pública, las entidades de derecho público, las entidades sin ánimo de lucro, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las asociaciones o fundaciones (incluyendo federaciones, confederaciones o uniones de estas), los colegios profesionales, las sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

Segundo. Objeto

La Convocatoria tiene la finalidad de seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, los beneficiarios de las ayudas para financiar proyectos subvencionables con las características establecidas en el artículo 2.1.b) - "Actuaciones financiables" de las Bases Reguladoras: "el desarrollo de ámbitos estratégicos de la I+D+i empresarial y el emprendimiento en el ámbito tecnológico. Entre otras actuaciones, se incluyen aquéllas que aborden el desarrollo y el emprendimiento tecnológico frente a retos de la sociedad, de forma que fomenten el desarrollo de los conocimientos y tecnologías necesarios para abordar y buscar soluciones a problemas complejos asociados a dichos retos, incorporando para ello la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en sentido amplio."

Tercero. Bases reguladoras

Orden ECE/1301/2019, de 17 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas por la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., a programas para el desarrollo del emprendimiento tecnológico y la demanda tecnológica, en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital del Programa Estatal de I+D+i orientada a retos de la sociedad" («BOE» núm. 8, de 9 de enero de 2020, páginas 1988 a 2011) modificada por la "Orden ETD/857/2021, de 28 de julio, por la que se modifica la Orden ECE/1301/2019, de 17 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., a programas para el desarrollo del emprendimiento tecnológico y la demanda tecnológica, en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital del Programa Estatal de I+D+i orientada a retos de la sociedad" («BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 2021, páginas 97088 a 97092) (en adelante, las "Bases Reguladoras").

Cuarto. Importe

El importe máximo total de las ayudas asciende a la cantidad de ciento treinta millones de euros (130.000.000 €).

Con la distribución presupuestaria por regiones recogida en el apartado 2 de la base 4 de la Convocatoria, Red.es financiará los proyectos de investigación y desarrollo en inteligencia artificial con un presupuesto mínimo de 400.000 € y máximo de 5.000.000 €. Por tanto, no se considerarán elegibles proyectos con importes inferiores o superiores a los indicados en este apartado.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y finalizará el día 30 de septiembre de 2025 a las 12:00 horas.

Sexto. Otros datos

Red.es realizará un primer pago anticipado obligatorio del 40% de la ayuda concedida, que tendrá la consideración de pago a cuenta y no deberá interpretarse como una conformidad previa a los trabajos realizados hasta ese momento, según lo especificado en el artículo 16 - "Garantía y pago de las ayudas" de las Bases Reguladoras.

La realización del pago anticipado anteriormente indicado requerirá de la constitución de garantías por el cien por cien del importe correspondiente a dicho pago. La constitución de dichas garantías se regirá por lo indicado en el artículo 16.6 - "Garantía y pago de las ayudas" de las Bases Reguladoras, y por la modificación recogida en la Orden ETD/857/2021, de 28 de julio, y el Anexo III de la presente Convocatoria.

Madrid, 22 de julio de 2025.- El Director general de la entidad púbica empresarial Red.es, M.P., Jesús Herrero Poza.