Extracto de la Resolución de 23 de octubre de 2025 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, que aprueba la publicación de la Convocatoria de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, en régimen de concurrencia competitiva, para la recuperación de la funcionalidad ecológica del Mar Menor a través de la mejora ambiental en la actividad ganadera.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-39638|Boletín Oficial: 262|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-10-31|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BDNS(Identif.):865289

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/865289)

Primero. - Beneficiarios.

Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las siguientes entidades:

1.1. Pertenecientes al sector agrario

a. Entidades no lucrativas con personalidad jurídica propia del ámbito ganadero y agrícola.

1.2. Otras entidades

b. Universidades públicas o institutos universitarios que estén inscritos en el registro de Universidades, Centros y Títulos.

c. Organismos de investigación sin ánimo de lucro.

d. Ayuntamientos y otras entidades locales.

e. Entidades y organizaciones privadas sin ánimo de lucro. Se incluyen en esta categoría las entidades inscritas en el registro regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

f. Colegios profesionales.

g. Agrupaciones conformadas por las entidades reflejadas en los apartados anteriores. La agrupación no podrá estar conformada por más de 6 entidades.

Segundo.- Objeto y ámbito de las subvenciones

Las subvenciones se concederán para impulsar actividades que supongan la mejora e integración ambiental de la actividad ganadera, reduciendo las presiones y la contaminación producida por las prácticas asociadas a esta actividad sobre la cuenca vertiente al Mar Menor, así como para mejorar el conocimiento científico en relación con las posibles soluciones para disminuirla, incluyendo las basadas en la naturaleza, que sean compatibles y promuevan la recuperación y conservación del Mar Menor. Para ello, se financiarán proyectos piloto, de carácter experimental y transformador, para fomentar la ganadería extensiva y la mejora ambiental en el ámbito ganadero que permitan impulsar la bioeconomía y la diversificación de las actividades socioeconómicas. Su objetivo último es contribuir al restablecimiento del equilibrio natural de la laguna del Mar Menor y la compatibilización con el desarrollo sostenible del territorio.

El ámbito territorial de los proyectos a los que se aplicarán estas subvenciones comprenderá la superficie que conforma la cuenca vertiente del Mar Menor definida en el Anexo 1 de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, perteneciente a los municipios de: San Pedro del Pinatar, San Javier, Los Alcázares, Torre Pacheco, Fuente Álamo de Murcia, Cartagena, La Unión, Murcia, Mazarrón y Alhama de Murcia.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden TED/818/2021, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la investigación y actividades que contribuyan a la transición ecológica, a la conservación del patrimonio natural y a hacer frente al cambio climático.

Cuarto.- Dotación.

La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 11.500.000,00 €. El importe mínimo de ayuda a solicitar por propuesta presentada será de 300.000,00 €. El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 2.000.000,00€. El porcentaje máximo de la subvención a conceder será de hasta el 90% del importe total del proyecto.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes comenzará desde el día siguiente hábil a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, hasta el día 13 de enero de 2026, en los términos y condiciones especificados en la Orden TED 818/2021, de 12 de julio.

Sexto.- Otros datos.

El texto completo de la convocatoria, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicado en la página web de la Fundación Biodiversidad, www.fundacion-biodiversidad.es.

Madrid, 23 de octubre de 2025.- El Director de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., Félix Romero Cañizares.