BDNS(Identif.):890297
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/890297)
Primero. Beneficiarios:
Entidades privadas sin ánimo de lucro y agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. - Objeto:
Financiación de proyectos de programas experienciales de empleo y formación TándEM dirigidos a personas desempleadas menores de 30 años, previstos en los artículos 30 a 35 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
Todos los proyectos que se pretenden subvencionar tienen por finalidad mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas menores de 30 años participantes en ellos mediante su cualificación en alternancia con la práctica profesional.
La concesión de las subvenciones previstas en la presente convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva.
Tercero. Requisitos:
Las entidades promotoras deberán cumplir las condiciones requeridas para el acceso a la subvención; en particular, los requisitos y las obligaciones establecidos en los artículos 6 y 7 de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre.
Cuarto. Cuantía.
Las subvenciones previstas en esta convocatoria se financiarán con cargo al crédito presupuestario dotado a tales efectos del Presupuesto de Gastos 2026 y ejercicios posteriores en la aplicación 19.101.241B.482.70 por una cuantía total máxima de 11.910.666 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes y demás documentación exigible a las entidades promotoras se presentarán, según los términos establecidos en el artículo 9 de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional única.
Madrid, 26 de febrero de 2026.- El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.