Extracto de la Resolución de 28 de mayo de 2025 de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas para la protección social de los deportistas de alto nivel y el apoyo a los deportistas y sus entrenadores que participen en competiciones internacionales representando a España.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-20234|Boletín Oficial: 131|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-05-31|Órgano Emisor: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

BDNS(Identif.):836400

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/836400)

Primero: Beneficiarios.

Serán beneficiarias de las ayudas las Federaciones Deportivas Españolas solicitantes en función de los deportistas, entrenadores pertenecientes a las mismas que acrediten el correspondiente derecho en los términos que figuran en la convocatoria como destinatarios finales.

Segundo: Objeto de la convocatoria.

El objeto de la convocatoria es el fomento de la protección social de los deportistas de alto nivel, mediante ayudas concedidas por el CSD, sufragando el coste de las cuotas de Seguridad Social que hayan abonado en el año 2024.

Asimismo, la convocatoria está destinada a la financiación mediante ayudas concedidas por el CSD para la preparación y participación de deportistas en competiciones internacionales representando a España.

Tercero: Bases Reguladoras.

La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la Resolución de convocatoria y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012, de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.

Cuarto: Cuantía.

El CSD destinará a financiar las ayudas convocadas un importe máximo de once millones de euros (11.000.000 €) con cargo al concepto 18.106.336A.481, "A federaciones deportivas españolas, procedente de los ingresos obtenidos en la comercialización conjunta de derechos audiovisuales, en aplicación Real Decreto-ley 5/2015", con el siguiente desglose:

-       Subconcepto 18.106.336.48101 "A federaciones deportivas españolas, para cotizaciones a la Seguridad Social de los deportistas de alto nivel", hasta 3.000.000 €.

-       Subconcepto 18.106.336.48102 "A federaciones deportivas españolas, para ayudas a deportistas que representen a España en competiciones internacionales", un mínimo de 8.000.000 €, que irán dirigidos a:

a)         Ayudas para deportistas que representen a España en pruebas internacionales, por resultados deportivos.

b)         Ayudas a federaciones deportivas españolas unideportivas con la especialidad de deporte para personas con discapacidad integrada, hasta 3.000.000€.

c)         Ayudas a Federaciones Deportivas Españolas para el desarrollo de Planes Especiales que complementen la preparación de los deportistas que participan en competiciones internacionales representando a España.

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de la presente Resolución.

En virtud de lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del LPACAP, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes (https://sede.csd.gob.es), concretamente desde el trámite: "688019_2025 - Ayudas para la protección social de los deportistas alto nivel y para participación en competiciones internacionales" y deberán estar firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto en la citada Ley, en todo caso por el Presidente de las Federaciones Deportivas Españolas o bien por el representante legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de la respectiva Federaciones Deportivas Españolas.

Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015 y deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en la convocatoria.

Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.

El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente Resolución tendrá carácter de pago anticipado sin necesidad de que las beneficiarias constituyan garantías al tratarse de entidades sin ánimo de lucro declaradas de utilidad pública.

La justificación de las ayudas concedidas de acuerdo con la presente convocatoria se realizará hasta el 31 de marzo del 2026. Esta justificación se hará conforme con lo previsto en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD y con lo establecido en la "Guía", e incluirá los gastos financiados con esta subvención CSD a lo largo del periodo subvencionable.

Madrid, 28 de mayo de 2025.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes.