Extracto de la Resolución de 29 de octubre de 2025 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria 2025 de «Proyectos de Generación de Conocimiento» y actuaciones para la formación de personal investigador predoctoral.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-39643|Boletín Oficial: 262|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-10-31|Órgano Emisor: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

BDNS(Identif.):857444

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/857444)

Primero. Entidades beneficiarias.

Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de conformidad con el artículo 7 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro.

También podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y los centros públicos de I+D+i de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, integrados en el sistema INIA (CSIC)-CCAA y otros órganos análogos que desarrollen actividades de I+D+I

Segundo. Objeto.

El objeto de esta convocatoria es financiar la realización de proyectos de investigación dirigidos tanto a fomentar la generación y el avance significativo del conocimiento científico y la investigación de calidad contrastada como a avanzar hacia la búsqueda de soluciones a los desafíos de la sociedad. Los proyectos de investigación que se financien serán de las siguientes modalidades:

a) Proyectos de «Investigación No Orientada», sin orientación temática previamente definida, que tienen como objetivo principal avanzar en el conocimiento, independientemente del horizonte temporal y del ámbito de aplicación.

b) Proyectos de «Investigación Orientada», que persiguen la resolución de problemas concretos y vinculados a las prioridades temáticas asociadas a los grandes desafíos de la sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027.

Asimismo, se podrán financiar actuaciones encaminadas a la formación de personal investigador predoctoral mediante la realización de una tesis doctoral asociadas a los proyectos de investigación mencionados.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía total máxima de las ayudas asciende a 700.000.000,00 de euros, que se imputará a las aplicaciones presupuestarias equivalentes, en los ejercicios 2026 y siguientes, a la actual 28.303.463B.750 de los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día 20 de noviembre y finalizará el día 16 de diciembre de 2025 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

Las solicitudes de participación serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 17 de la convocatoria.

La cumplimentación y envió telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la página web de la Agencia Estatal de Investigación.

Sexto. Evaluación de las solicitudes.

Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Calidad y viabilidad de la propuesta.

b) Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto.

c) Impacto científico, económico y social esperado de los resultados.

d) Adecuación del presupuesto solicitado.

La descripción de los criterios y sus subcriterios, así como su valoración y umbrales, se determinan en el Anexo I de la convocatoria.

Madrid, 29 de octubre de 2025.- El Presidente de la Agencia Estatal de Investigación, Juan Cruz Cigudosa García.