BDNS(Identif.):918017
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/918017)
Primero. Beneficiarios:
1. Podrá concurrir a los Premios Nacionales Artísticos «Amigos de los Animales» cualquier persona física mayor de edad residente en España. Asimismo, podrán participar las personas menores de 18 años que cumplan el requisito de residencia, con autorización de su padre, madre o tutor legal. En el caso de las personas menores de catorce años, la autorización y el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales deberá ser prestada por quien ejerza la patria potestad o tutela. Las personas menores de edad de catorce años o más podrán consentir por sí mismas el tratamiento de sus datos personales, sin perjuicio de las autorizaciones que resulten necesarias para la tramitación administrativa del procedimiento.
2. También podrán concurrir profesionales o personas jurídicas, como centros educativos y asociaciones legalmente constituidas.
3. Cada participante podrá presentar hasta un máximo de tres obras al certamen.
4. La obra no podrá contener copias o plagios de obras de otros artistas. Se entiende por plagio a los efectos de esta convocatoria: la copia en lo sustancial de una obra ajena, dándola como propia, copiar fragmentos o ideas de un original ajeno, cuya igualdad o similitud sea comprobable, estén o no sujetos a derechos de autor.
5. No podrán ser susceptibles de ser galardonadas aquellas obras que sean creadas íntegra y exclusivamente por inteligencia artificial generativa. Todos los proyectos y actividades que se desarrollen, especialmente aquellos en los que se empleen modelos de inteligencia artificial, deben garantizar el máximo respeto a la normativa reguladora en materia de inteligencia artificial y de propiedad intelectual, en particular, el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y su normativa de desarrollo.
Segundo. Objeto:
La finalidad de los premios es la de reconocer el valor artístico de las obras presentadas, así como el éxito de éstas a la hora de trasladar el mensaje y los valores a promover con la celebración del certamen.
Tercero. Bases Reguladoras:
Orden DSA/1206/2021, de 3 de noviembre, por la que se crean los Premios Nacionales Artísticos «Amigos de los Animales» y se establecen sus bases reguladoras.
Cuarto. Cuantía
Los premios "Amigos de los Animales-Clipmetrajes" se desglosan en dos categorías:
Un Premio "Mejor Clipmetraje: Mi vida con un animal", dotado con 5.000€ y diploma, así como la difusión de su obra.
Cinco accésits "Mención Especial Clipmetrajes: Mi vida con un animal", dotados con 500€ y diploma cada uno, así como la difusión de las obras premiadas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de candidaturas será de tres meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto. Otros datos.
Lugar de presentación de solicitudes. Preferiblemente, las solicitudes se presentarán a través del formulario electrónico habilitado a tal fin, en la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, donde estarán disponibles los modelos de Solicitud y Anexos a cumplimentar.
Madrid, 30 de junio de 2026.- La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, P.D. (Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo), el Director General de Derechos de los Animales, D. José Ramón Becerra Carollo.