"Extracto de la Resolución de 30 de septiembre de 2024, del Secretario General de Instituciones Penitenciarias actuando por delegación de firma del Titular del Ministerio del Interior, Orden INT/985/2005, de 7 de abril, modificada por Orden INT/131/2023 de 11 de febrero, por la que se convoca la subvención para la colaboración en la ejecución y seguimiento de las medidas alternativas a la pena privativa de libertad y determinados programas de atención social."

Nº de Disposición: BOE-B-2024-35013|Boletín Oficial: 238|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2024-10-02|Órgano Emisor: Ministerio del Interior

BDNS(Identif.):788258

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/788258)

Primero. Beneficiarios: Podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, según el artículo 2.1 de las bases reguladoras, las fundaciones, asociaciones y organizaciones no gubernamentales previstas en el artículo 2.a), b) y c) de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Segundo. Objeto: Favorecer la colaboración en la ejecución y seguimiento de las reglas de conducta competencia de la Administración Penitenciaria, previstas en el artículo 83.1. 6º, 7º y 8º del Código Penal, así como la asistencia a penados en libertad condicional, para su acompañamiento durante este último período de la condena.

Tercero. Bases Reguladoras: Orden INT/555/2022, de 14 de junio, BOE de 20 de junio de 2022.

Cuarto. Cuantía. Importe total de esta convocatoria asciende a 400.000,00 euros, con cargo al concepto presupuestario 16.05.133A.483, de los Presupuestos Generales del Estado para la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. 

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes para optar a la subvención objeto de la presente convocatoria se presentará única y exclusivamente de forma electrónica, a través de la sede electrónica asociada del Ministerio del Interior a través del siguiente enlace: https://sede.mir.gob.es/opencms/opencms/es/procedimientos-yservicios/ejecucion-penal-comunitaria-de-ambito-penitenciario/ en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria anual en el «Boletín Oficial del Estado». A la solicitud para tomar parte en la convocatoria se acompañará la documentación que se indica en el artículo 5.5 de las bases reguladoras y los anexos que se incorporan.

Madrid, 30 de septiembre de 2024.- Por delegación de firma del Titular del Ministerio del Interior, Orden INT/131/2023, de 11 de febrero, por la que se modifica la Orden INT/985/2005, de 7 de abril. El Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Angel Luis Ortiz Gonzalez.