Extracto de la Resolución de 31 de octubre de 2025 de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan en el año 2025 ayudas para Federaciones Deportivas Españolas que participen en los World Games y para Federaciones Deportivas Españolas unideportivas que tienen integrado el deporte para personas con discapacidad.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-40371|Boletín Oficial: 265|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-11-04|Órgano Emisor: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

BDNS(Identif.):866040

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/866040)

Primero: Objeto de la convocatoria.                                                

El objetivo de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las Federaciones Deportivas Españolas que cumplen los requisitos previstos en la Resolución y con el resto de las normas aplicables.

La finalidad de esta convocatoria es financiar las siguientes ayudas:

Ayudas a las Federaciones Deportivas Españolas por su participación en los World Games.

Ayudas a Federaciones Deportivas Españolas unideportivas que tengan integrada la especialidad del deporte para personas con discapacidad en sus estatutos como una especialidad independiente, que desarrollen actividad de alta competición y que estén incluidas en el catálogo de especialidades subvencionables, para financiar programas deportivos destinados a la preparación de los deportistas.

Segundo: Bases Reguladoras

Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes, disponibles en: http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf

Asimismo, será aplicable la normativa que se especifica en el Apartado segundo de la propia resolución convocante.

Tercero: Cuantía.

El Consejo Superior de Deportes destinará a financiar las ayudas convocadas un importe máximo de un millón cien mil euros (1.100.000 €) con cargo al crédito 18.106.336A.483.32 "Para actividades de federaciones deportivas", con el siguiente desglose:

Ayudas a Federaciones Deportivas Españolas para la participación internacional en los World Games 2025, hasta 100.000 €.

Ayudas a Federaciones Deportivas Españolas unideportivas con la especialidad del deporte para personas con discapacidad integrada, hasta 1.000.000 €.

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de ocho días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de la Resolución.

En virtud de lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del LPACAP, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes (https://sede.csd.gob.es), concretamente desde el trámite: "051210_2025G" Ayudas para Federaciones Deportivas que participen en los World Games y para Federaciones Deportivas unideportivas que tienen integrado el deporte para personas con discapacidad" y deberán estar firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto en la citada Ley, en todo caso por el Presidente de las Federaciones Deportivas Españolas o bien por el representante legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de las respectivas Federaciones Deportivas Españolas.

La solicitud (instancia), en la que se consignará la cuantía total solicitada para cada uno de los apartados, según modelo disponible en la sede electrónica del CSD deberá ir acompañada, en el supuesto de haber solicitado o recibido alguna otra subvención, ayuda o recursos públicos o privados para el mismo objeto que esta subvención, de copia de la solicitud presentada ante la entidad concedente y en el caso de estar concedida, se deberá acompañar también la Resolución de concesión emitida por la misma.

Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.

El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la Resolución tendrá carácter de pago anticipado sin necesidad de que las beneficiarias constituyan garantías al tratarse de entidades sin ánimo de lucro declaradas de utilidad pública.

La justificación de las ayudas concedidas de acuerdo con la convocatoria se realizará hasta el 31 de marzo del 2026. Esta justificación se hará conforme con lo previsto en el Apartado Duodécimo de la convocatoria, en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes y con lo establecido en la "Guía", e incluirá los gastos financiados con esta subvención CSD a lo largo del periodo subvencionable.

Madrid, 31 de octubre de 2025.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodriguez Uribes.