Extracto de la Resolución de 4 de julio de 2025, la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan subvenciones a Federaciones Deportivas Españolas para desplazamientos a competiciones internacionales convocadas por la Federación Internacional de Deporte Universitario en el año 2025, así como gastos excepcionales, convenientemente justificados, ocasionados por actividades preparatorias de las citadas competiciones.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-26078|Boletín Oficial: 164|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-07-09|Órgano Emisor: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

BDNS(Identif.):844553

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/844553)

Primero: Beneficiarios.

Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas ayudas las Federaciones Deportivas Españolas que hayan participado con sus respectivos equipos en los Juegos Mundiales Universitarios de Torino de Invierno de 2025 y en los Juegos Mundiales de Rhine-Ruhr de Verano de 2025 convocados por la Federación Internacional de Deporte Universitario.

Segundo: Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a Federaciones Deportivas Españolas destinadas a sufragar los gastos derivados por los desplazamientos de deportistas con licencia federativa española vigente a las competiciones internacionales convocadas por la Federación Internacional de Deporte Universitario en el año 2025, así como los gastos excepcionales ocasionados por actividades preparatorias vinculadas a su asistencia a las citadas competiciones

Tercero: Bases Reguladoras.

La convocatoria se regirá por la presente Resolución, la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, de bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes (BOE nº 301, de 15 de diciembre de 2012), el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, aprobado por el Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las instrucciones de la Guía de Presupuestación y Justificación del Consejo Superior de Deportes en vigor para Federaciones Deportivas Españolas en lo que pudiera afectar y las demás normas vigentes que resulten aplicables.

Cuarto: Cuantía.

El importe de las subvenciones a repartir con cargo a esta convocatoria se fijará atendiendo al presupuesto del proyecto, a la documentación aportada por los solicitantes y a la disponibilidad de la aplicación presupuestaria del Programa 336A 483.09 "A Federaciones Deportivas Españolas para desplazamientos a competiciones internacionales convocadas por la Federación Internacional de Deporte Escolar y la Federación Internacional de Deporte Universitario" para el año 2025, con una cuantía máxima de 220.000,00.-euros.

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse hasta el día 22 de agosto de 2025 inclusive.

En virtud de los previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes, accesible en la dirección electrónica: https://sede.csd.gob.es (trámite nº 2405730_2025 (Ayudas a desplazamiento en los Juegos Universitarios de Invierno (Torino) y de Verano (Rhine-Ruhr). Convocatoria 2025):

https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/FichaConvocatoria.aspx?idProcedimiento=124&idRes=561

Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015.

Las ayudas deberán solicitarse mediante instancia normalizada, disponible en la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes que deberá estar firmada en todo caso por el Presidente de la Federación Española correspondiente o representante legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de dicha federación. Esta solicitud deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en la Convocatoria de referencia.

Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.

La dotación económica será fija y el pago de las subvenciones concedidas se realizará a partir de la fecha de su aceptación por parte del beneficiario y su abono se efectuará en un solo pago y de forma anticipada a la realización de la actividad subvencionada y sin exigencia de garantía, o con posterioridad en el caso de los campeonatos que ya se hayan celebrado con anterioridad a la fecha de Resolución definitiva.

La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará mediante cuenta justificativa presentada de conformidad con lo previsto en la convocatoria y en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes, y con lo establecido en la Guía de Presupuestación y Justificación del Consejo Superior de Deportes. El plazo máximo para presentar la justificación finalizará el 31 de marzo de 2026.

Madrid, 4 de julio de 2025.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes.