BDNS(Identif.):897330
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/897330)
Primero. Beneficiarios.
La convocatoria está dirigida a universidades públicas que impartan enseñanzas presenciales de grado. Pueden presentarse de manera individual o en agrupación de dos o más universidades.
Quedan excluidas de esta convocatoria las universidades que sólo impartan estudios de postgrado y las de educación virtual.
Será condición necesaria para el desarrollo del programa que los espacios, entornos, actividades, metodología y materiales que se ofrezcan sean universalmente accesibles, según las normas que establece el Diseño para Todas las personas.
Segundo. Objeto
El objeto de la convocatoria es subvencionar proyectos presentados por las universidades públicas con enseñanzas y campus presenciales que contengan actividades dirigidas a estudiantes con discapacidad, necesidades educativas y/o en riesgo de exclusión social matriculados en cuarto de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato o Formación Profesional.
Se realizarán estancias de entre siete y diez días de duración en el mes de julio o la primera quincena de septiembre de 2026, dirigidas a un mínimo de 15 estudiantes, de los cuales, al menos el 60% deberá tener un certificado de discapacidad oficialmente reconocida igual o superior al 33%. En el grupo de estudiantes sin discapacidad se valoraran perfiles de estudiantes con necesidades educativas especiales o en situación de exclusión social por diversos motivos.
Tercero. Bases Reguladoras
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE de 12 de mayo).
Cuarto. Financiación
El gasto máximo de la convocatoria es de 80.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 28.09.323M.456 del presupuesto de gastos del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades de 2026.
La Fundación ONCE colaborará en la presente convocatoria de la forma establecida en el convenio de colaboración firmado para este fin entre el Ministerio y la Fundación ONCE.
Cada proyecto deberá acompañarse de un presupuesto ajustado a las actividades a realizar, con un máximo de 20.000,00 euros por proyecto, pudiendo incrementarse hasta 30.000,00 euros cuando los proyectos sean presentados y desarrollados por una agrupación de universidades.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto. Documentación
Las solicitudes se cumplimentarán mediante el formulario de inscripción que será accesible a través de la sede electrónica y deberá estar firmada por el Rector de la Universidad: anexo I de la resolución de convocatoria.
Además, se presentarán los siguientes documentos:
I. Proyecto pedagógico: anexo II de la resolución de convocatoria.
II. Presupuesto desglosado por partidas. anexo II- apartado II de la resolución de convocatoria.
III. Los proyectos serán evaluados por una Comisión compuesta por dos miembros de cada una de las entidades, conforme a los criterios recogidos en el artículo 7. anexo III de la resolución de convocatoria.
IV. Declaración responsable. anexo IV de la resolución de convocatoria.
Madrid, 7 de abril de 2026.- El Secretario de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades (P.D. Orden CNU/670/2024, de 25 de junio), el Secretario General de Universidades, Francisco García Pascual.