Extracto de la Resolución de 8 de marzo de 2026, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se aprueba una cuantía adicional para las subvenciones para entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial (convocatoria 2026)

Nº de Disposición: BOE-B-2026-7710|Boletín Oficial: 64|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2026-03-13|Órgano Emisor: Ministerio de Cultura

BDNS(Identif.):879891

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/879891)

En fecha de 8 de enero de 2026, se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 7 el extracto de la Resolución de 16 de diciembre de 2025 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial, correspondientes al año 2026 (en adelante, la resolución de convocatoria).

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 de la resolución de convocatoria, la cuantía total máxima inicialmente estimada de las ayudas convocadas asciende a 245.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.334B.481.19 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura para el año 2026, pudiendo ampliarse posteriormente dicha cuantía si el crédito presupuestario resulta superior, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución de concesión, sin necesidad de nueva convocatoria.

En aplicación de lo establecido en el apartado 4 de la resolución de convocatoria, y de conformidad con el artículo 56.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se acuerda incrementar la cuantía inicialmente estimada con una cuantía adicional de 105.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.334B.481.19, alcanzándose así una cuantía total máxima de 350.000,00 euros.

El resto de condiciones previstas en la resolución de convocatoria permanecen inalteradas.

Madrid, 8 de marzo de 2026.- El Secretario de Estado de Cultura, P.D. apartado Cuarto 2.d) de la Orden CLT 1527/2025, de 23 de diciembre. La Directora General del Libro, del Cómic y de la Lectura, María José Gálvez Salvador.