Extracto de la Resolución de fecha 10 de agosto de 2025 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se modifica la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyo a programas y proyectos de impulso a la bioeconomía, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

Nº de Disposición: BOE-B-2025-29617|Boletín Oficial: 196|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-08-15|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BDNS(Identif.):835470

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/835470)

Primero.- El artículo 9 de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyo a programas y proyectos de impulso a la bioeconomía, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), cuyo extracto fue publicado en el BOE número 130, de 30 de mayo de 2025, regula la dotación de dicha convocatoria, fijando una dotación máxima global de 39.621.896,10 euros. La dotación máxima por región se establece en el mencionado artículo atendiendo a la distribución geográfica del presupuesto determinada por la Subdirección General de Gestión del FEDER al inicio del periodo de programación 2021-2027.

Segundo.- El apartado 2 del artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece lo siguiente: "Excepcionalmente, la convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria". 

Tercero.- En virtud de lo anterior, y dado que no se fijó una cuantía adicional en la convocatoria, se modifica el artículo 9 de la misma incluyendo un nuevo apartado en el que se establece dicha cuantía.

Con esta modificación, la dotación de la convocatoria podrá ser ampliada hasta una cuantía adicional de 3.016.737,00 euros, si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad con fondos que provengan del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de las circunstancias señaladas en el artículo 58.2.a) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión.

En tal caso, el reparto máximo adicional por distribución geográfica sería el siguiente: las regiones menos desarrolladas (Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla) contarían con un máximo adicional de 923.525,59 euros; las regiones en transición (Galicia, Principado de Asturias, Cantabria, La Rioja, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Islas Baleares, Región de Murcia y Canarias) con un máximo de 1.362.435,47 euros; y las regiones más desarrolladas (Aragón, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra y País Vasco) con un máximo de 730.775,94 euros, totalizando la cuantía adicional de 3.016.737,00 euros.

Cuarto.- La presente resolución tendrá eficacia una vez sea publicada en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, será objeto de publicación en la página web de la Fundación Biodiversidad.

Madrid, 10 de agosto de 2025.- Félix Romero Cañizares, Director de la Fundación Biodiversidad.