Extracto de la resolución de la gerencia del consorcio de la ciudad de Santiago de Compostela por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a locales comerciales de la ciudad histórica en 2026

Nº de Disposición: BOE-B-2026-29429|Boletín Oficial: 225|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2026-09-11|Órgano Emisor: Ministerio de Hacienda

BDNS(Identif.):928683

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928683)

Primero. Beneficiarios

Las personas trabajadoras autónomas, y las pequeñas y medianas empresas según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, cooperativas, sociedades civiles y comunidades de bienes u otras unidades económicas sin personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial o de servicios abierta al público en un establecimiento permanente situado en la ciudad histórica de Santiago de Compostela.

La condición de beneficiario vendrá determinada por la efectiva realización de una actividad económica en el establecimiento objeto de la subvención, siendo requisito indispensable que el solicitante sea titular de la explotación del negocio o, en su caso, disponga de título jurídico válido que le habilite para su ejercicio.

Las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener el domicilio fiscal en territorio español.

b) Haber presentado, en su caso, las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas, según corresponda a su forma jurídica.

c) Haberse constituido o dado de alta, según la naturaleza jurídica de la entidad de que se trate, y haber iniciado su actividad económica con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

d) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.

e) Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para obtener subvenciones.

f) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

Segundo. Objeto

El objeto es convocar para la anualidad de 2026, a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, subvenciones a fondo perdido a locales comerciales de la ciudad histórica de Santiago de Compostela para la mejora de su competitividad e imagen.

Tercero. Requisitos de los inmuebles

Los locales comerciales objeto de subvención deberán cumplir las siguientes condiciones:

Conformidad con el planeamiento: Los locales comerciales y los usos para los que se solicitan las ayudas deberán estar conformes con el Plan especial de protección y rehabilitación de la Ciudad Histórica de Santiago de Compostela y con el PXOM, según sea de aplicación, en el momento del solicitar las ayudas o como consecuencia de la ejecución del proyecto subvencionado.

Los locales comerciales deberán localizarse en edificios con una antigüedad mayor de diez (10) años.

Ubicación: las intervenciones deberán realizarse en locales comerciales que se localicen en el ámbito del Plan Especial de Protección y Rehabilitación de la Ciudad Histórica (PE.1).

Las actividades comerciales objeto de subvención serán exclusivamente las siguientes:

a) Comercio minorista de bienes y productos: alimentación especializada, moda, calzado, complementos, hogar, decoración, regalo, papelería, librerías, artesanía y productos locales.

b) Comercio cultural: librerías, galerías de arte, establecimientos de venta de música, publicaciones u otros bienes culturales.

c) Servicios personales y de atención directa al público: peluquerías, centros de estética, tintorerías, lavanderías, reparaciones, talleres de reparación de bienes de uso personal y actividades análogas.

d) Actividades de prestación de servicios abiertos al público en local comercial, siempre que exista atención presencial directa a la clientela.

e) Actividades financieras, aseguradoras o de intermediación inmobiliaria.

Cuarto: Cuantía

Esta subvención se imputa al crédito presupuestario de 2026 del consorcio de la ciudad de Santiago de Compostela con un importe que asciende a noventa mil euros (90.000 euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de UN MES a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el BOE. Para el caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera inhábil o sábado, el plazo se prorrogaría hasta el siguiente día hábil.

Santiago de Compostela, 9 de septiembre de 2026.- José Antonio Domínguez Varela gerente del consorcio de la ciudad de Santiago de Compostela.