Extracto de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) de 4 de agosto de 2022, por la que se convocan ayudas para la protección social y el fomento del asociacionismo en el fútbol femenino y aficionado en 2022.

Nº de Disposición: BOE-B-2022-24561|Boletín Oficial: 188|Fecha Disposición: 0000-00-00|Fecha Publicación: 2022-08-06|Órgano Emisor: Ministerio de Cultura y Deporte

BDNS(Identif.):642856

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/642856)

Primero: Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto conceder ayudas contempladas en el artículo 6.1.e) del RD-L 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional.

Concretamente, serán objeto de subvención:

El fomento de la protección social en la Primera División de fútbol femenino y en la Primera y la Segunda Real Federación Española de Fútbol masculina del Campeonato Nacional de Liga de fútbol masculino.

El fomento del asociacionismo en el fútbol.

Segundo: Entidad colaboradora y beneficiarios.

La Real Federación Española de actuará como entidad colaboradora.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

Respecto a la protección social:

Los deportistas y técnicos de los equipos inscritos en la Primera División de fútbol femenino y en la Primera y la Segunda Real Federación Española de Fútbol masculina del Campeonato Nacional de Liga de fútbol masculino (1ª y 2ª RFEF), cuya licencia deportiva estuviera asignada a alguno de los equipos integrantes de estas categorías en cuanto a la cuota del trabajador en los meses correspondientes a la temporada 2021/2022.

Las entidades deportivas inscritas en estas categorías en la temporada 2021/2022, en cuanto a la cuota empresarial en los meses correspondientes a dicha temporada, derivada de los contratos con los deportistas y técnicos a los que se refiere el apartado a).

Respecto al asociacionismo en el fútbol, las asociaciones o sindicatos de futbolistas, árbitros, técnicos y preparadores físicos que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, para la promoción de proyectos de inserción laboral, para gastos de funcionamiento respecto del periodo desde agosto del 2021 hasta julio del 2022.

Tercero: Bases Reguladoras.

La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la presente Resolución y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012, de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.

Cuarto: Cuantía.

El CSD destinará a financiar a estas ayudas un importe máximo de 8.873.554,93 euros, de acuerdo con el siguiente desglose:

Para la protección social de deportistas y técnicos de los equipos inscritos en la 1ª DFF y en la 1ª y 2ª RFEF hasta 8.423.554,93.-€.

Para el asociacionismo en el fútbol hasta 450.000.-€

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente al de publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado hasta el 12 de septiembre de 2022.

La solicitud se presentará según el modelo existente en la sede electrónica del CSD (https://sede.csd.gob.es, en Catálogo de trámites, "715997 - Ayudas para la protección social en el fútbol femenino y aficionado").

La solicitud deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en la presente convocatoria.

Sexto. Otros datos administrativos y justificación.

El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.

El pago de las ayudas a la protección social se realizará a través de la RFEF, tan pronto concurran en la entidad colaboradora y en los beneficiarios respectivos todos los requisitos establecidos para ello en el RLGS, especialmente el de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

El pago de las ayudas destinadas al fomento del asociacionismo se efectuará directamente a las entidades beneficiarias desde el CSD tan pronto concurran en los beneficiarios todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará mediante cuentas justificativas estructuradas de conformidad con lo previsto en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, y con lo establecido en la convocatoria y en la Guía de Presupuestación y Justificación del CSD del 2022.

Madrid, 4 de agosto de 2022.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Franco Pardo.