Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Comercio por la que se convocan los Premios Nacionales de Comercio Interior 2026.

Nº de Disposición: BOE-B-2026-16630|Boletín Oficial: 125|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2026-05-22|Órgano Emisor: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

BDNS(Identif.):906921

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/906921)

Primero. - Beneficiarios.

Los premios se convocan en cinco modalidades: Compromiso Municipal con el Pequeño Comercio; Trayectoria del Pequeño Comercio; Emprendimiento en el Comercio; Centros Comerciales Abiertos; e Ideas Tecnológicas aplicables al Comercio.

Segundo. - Objeto.

Convocar los Premios Nacionales de Comercio Interior para el año 2026.

Tercero. - Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de los Premios Nacionales de Comercio Interior se encuentran recogidas en la Orden ECM/1191/2025, de 20 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Nacionales de Comercio Interior.

Cuarto. - Dotación.

El Premio Nacional a la Trayectoria del Pequeño Comercio; el Premio Nacional al Emprendimiento en el Comercio; el Premio Nacional a Centros Comerciales Abiertos y el Premio Nacional a las Ideas Tecnológicas aplicables al Comercio; están dotados con 25.000 euros brutos cada uno.

El Premio Nacional al Compromiso Municipal con el Pequeño Comercio tiene carácter honorífico, sin dotación económica.

Se podrán otorgar accésits y menciones en cada una de las modalidades, que tendrán carácter honorífico.

Los premios, los accésits y las menciones, en cada modalidad, obtendrán un diploma acreditativo.

Quinto. - Presentación de candidaturas.

1. Las candidaturas podrán presentarse directamente por los interesados, o bien por asociaciones empresariales, corporaciones o entidades de derecho público.

2. Las candidaturas presentadas por personas físicas podrán presentarse en la forma y lugares a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las candidaturas presentadas por personas jurídicas se presentarán en el Registro electrónico, accesible a través de la sede electrónica asociada al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en la siguiente dirección:

https://sede.mineco.gob.es/es/procedimientos-y-servicios-electronicos/centros-directivos/detalle-procedimiento?val=178760

3. Los adjudicatarios deberán presentar copias autenticadas o los documentos originales, si les fueran requeridos, conforme lo establecido en el artículo 28.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

4. Las candidaturas podrán ser presentadas en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la orden de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de mayo de 2026.- La Secretaria de Estado de Comercio, Amparo López Senovilla. P.D. (Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero).- El Director General de Política Comercial y Seguridad Económica.- Julián Conthe Yoldi.