Extracto del acuerdo de 18 febrero 2026 del consejo de administración del consorcio de Santiago de Compostela por el que se establecen bases reguladoras y convocatoria para la concesión de subvenciones en especie para elaboración de proyectos técnicos para realización de intervenciones de rehabilitación y restauración de inmuebles de valor histórico y patrimonial de Santiago de Compostela en 2026

Nº de Disposición: BOE-B-2026-5836|Boletín Oficial: 51|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2026-02-26|Órgano Emisor: Ministerio de Hacienda

BDNS(Identif.):889194

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/889194)

Primero. Beneficiarios

1. Podrán obtener la condición de beneficiario, en tanto en cuanto reúnan los requisitos y cumplan las obligaciones establecidas en estas bases reguladoras, las personas o entidades que se señalan a continuación, siempre que estén legal y válidamente constituidas:

a) Los propietarios, personas físicas, de inmuebles, ocupados por sí mismos o terceras personas.

b) Los propietarios, personas jurídicas, de inmuebles, ocupados por sí mismos o terceras personas.

c) Los usufructuarios, personas físicas o jurídicas, de inmuebles, ocupados por sí mismos, que acrediten una cesión de uso a su favor del inmueble por un plazo mínimo de 10 años desde la fecha de solicitud de la subvención.

d) Las agrupaciones de personas físicas, las comunidades de propietarios y las comunidades de bienes que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo la actuación subvencionable.

2. Las personas beneficiarias deberán estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y las obligaciones frente a la Seguridad Social, y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Objeto

El objeto es convocar para la anualidad de 2026, a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, subvenciones en especie dirigidas a la elaboración, por parte del Consorcio de Santiago, de los proyectos técnicos para la realización de intervenciones de rehabilitación y restauración de inmuebles de valor histórico y patrimonial en el término municipal de Santiago de Compostela.

Tercero. Requisitos de los inmuebles

Los edificios de carácter monumental para los que se redacten las documentaciones técnicas objeto de esta convocatoria deben reunir los siguientes requisitos:

- Localizarse en el ámbito municipal de Santiago de Compostela.

- Tener el siguiente nivel de catalogación:

- Nivel 1. Edificios monumentales y de valor excepcional, arquitectónico, histórico-artístico y cultural en el PE1

- Nivel 2. Edificios de características singulares y de elevado valor arquitectónico, histórico o cultural en el PE1

- Grado de protección integral. Inmuebles incluidos en el catálogo de bienes culturales, elementos declarados BIC, en el PE-1R

- Grado de protección integral. Inmuebles incluidos en el listado de iglesias, conjuntos parroquiales y ermitas del catálogo de bienes culturales del PXOM, del ámbito municipal de Santiago de Compostela

- Grado de protección no integral. Inmuebles incluidos en listado de edificios y conjuntos rurales y molinos del catálogo de bienes culturales del PXOM y calificados como sistema de equipamientos, del ámbito municipal de Santiago de Compostela

Los edificios de valor histórico y patrimonial del ámbito de la Ciudad Histórica de Santiago de Compostela -PE1- de nivel de catalogación 1 y 2 y los edificios del ámbito del Conjunto del Monasterio de Conxo -PE-1R- de nivel de protección integral objeto de esta convocatoria se relacionan en el listado I.

- Los edificios podrán estar destinados a alguno de los usos, preexistentes o propuestos, de vivienda, residencial comunitario, oficinas, docente, universitario, sanitario, asistencial, socio-cultural, religioso, deportivo, recreativo, servicios urbanos y administración pública e institucional, según la normativa urbanística del PXOM y del PE-1.

Esta condición se deberá mantener al menos durante 10 años contados desde la fecha de solicitud de la subvención, excepto que el proyecto técnico incluya las obras necesarias para ser destinado al uso señalado.

Cuarto: Cuantía

A determinar una vez elaborados los proyectos técnicos.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de UN MES desde la publicación de este extracto en el BOE. Para el caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera inhábil o sábado, el plazo se prorrogaría hasta el siguiente día hábil.

Santiago de Compostela, 18 de febrero de 2026.- José Antonio Domínguez Varela gerente del consorcio de Santiago de Compostela.