En los últimos meses, el territorio español ha sido escenario de una sucesión excepcional de fenómenos meteorológicos adversos, cuya magnitud y persistencia han configurado un escenario de desastre natural de carácter hidrometeorológico sin precedentes recientes.
En respuesta a este escenario, el Real Decreto–ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura, habilitó medidas extraordinarias y urgentes para atender daños personales y materiales, restaurar infraestructuras esenciales, sostener la actividad económica y reforzar la capacidad de adaptación frente a futuros episodios.
El artículo 8.4 del citado real decreto-ley faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para aprobar, mediante orden ministerial, las modificaciones, adaptaciones y concreciones que resulten precisas.
En su virtud, resuelvo:
Primero.
Se amplía el plazo recogido en el artículo 9.8.b) del Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura, a quince días, computados desde la fecha que se indique en la resolución de publicación de cada una de las relaciones previstas en el artículo 9.8.a). En el plazo indicado, los interesados que aparezcan en la respectiva relación deberán renunciar o aceptar expresamente la ayuda. La aceptación implicará la declaración responsable de que la ayuda a percibir no excede del valor de los daños sufridos como consecuencia directa del desastre natural o del acontecimiento de carácter excepcional objeto de estas ayudas. En caso de no aceptar expresamente, se entenderá que el interesado renuncia a la ayuda.
Segundo.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de marzo de 2026.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.