Orden CLT/361/2026, de 9 de abril, por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre varios lotes de monedas, subastados por la sala Áureo y Calicó, en Barcelona.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-8692|Boletín Oficial: 96|Fecha Disposición: 2026-04-09|Fecha Publicación: 2026-04-20|Órgano Emisor: Ministerio de Cultura

A propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, formulada el día 16 de marzo de 2026, con el informe favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, acordado en la reunión del pleno, celebrada el 12 de marzo de 2026, y en aplicación del artículo 38 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y de los artículos 40 y 41.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero de desarrollo parcial de dicha Ley, dispongo:

Primero.

Que se ejercite el derecho de tanteo sobre los bienes muebles que fueron incluidos en el catálogo de la subasta pública celebrada en la sala Áureo y Calicó, en Barcelona, el día 12 de marzo de 2026, con los números y referencias siguientes:

Lote 44. Condado de Barcelona. Mancuso de Ramón Berenguer I (1035-1076). Oro.

Lote 239. 2 escudos de oro del Archiduque Carlos, Mallorca 1707, Guerra de Sucesión.

Segundo.

Que se abone a la sala subastadora el precio de remate de quince mil euros (15.000 €), más los gastos inherentes, que debe justificar mediante certificado.

Tercero.

Que dichas obras se depositen y asignen al Museo Arqueológico Nacional, de titularidad estatal, que debe proceder a su inclusión en el inventario de patrimonio propiedad del Estado que allí se custodia.

Madrid, 9 de abril de 2026.–El Ministro de Cultura, P. D. (CLT/1527/2025, de 23 de diciembre), el Secretario de Estado de Cultura, Jordi Martí Grau.