La Orden Civil de la Solidaridad Social se creó por Real Decreto de 17 de mayo de 1856, y actualmente se regula por el Real Decreto 407/1988, de 22 de abril, por el que se regula la Orden Civil de la Solidaridad Social, y por la Orden de 17 de abril de 1989 por la que se aprueba su Reglamento de desarrollo.
Podrá concederse a las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que se hayan distinguido de modo extraordinario en la promoción o desarrollo de actividades y servicios relacionados con la acción social que hayan redundado en beneficio del bienestar social.
La Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad propone conceder, a título póstumo, la Cruz de Oro de la Orden Civil de la Solidaridad Social a don Óscar Moral Ortega por su contribución a la promoción y defensa de los derechos de las personas con discapacidad.
Examinada la propuesta formulada por la citada Dirección General y visto el informe emitido por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.2 del Real Decreto 407/1988, de 22 de abril, dispongo:
Conceder, a título póstumo, la Cruz de Oro de la Orden Civil de la Solidaridad Social a don Óscar Moral Ortega por su contribución a la promoción y defensa de los derechos de las personas con discapacidad.
Madrid, 23 de octubre de 2025.–El Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy Amador.