En virtud de lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, por el que se modifica la disposición adicional novena de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (Control preventivo municipal de obras en zonas de interés para la Defensa Nacional), vistas las propuestas del Director General del INTA y de la Secretaria de Estado de la Defensa, y considerando suficientemente cumplidos todos los requisitos legalmente exigidos, vengo en calificar de interés general, por afectar directamente a la Defensa Nacional, las obras relativas al proyecto de aumentar las capacidades de la segunda línea de tiro del Centro de Ensayos «Torregorda», mediante las obras que son imprescindibles desde el punto de vista estratégico y de interés para la Defensa Nacional, y que consistirán en el acondicionamiento y nueva construcción de un centro de control de fuegos, un taller de carga, un fuste universal, una galería de tiro, polvorines, viales de acceso y un muro de contención de disparos.
Contra esta orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su comunicación al Ayuntamiento de Cádiz, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha índole de la Audiencia Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, con carácter previo, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, según establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 29 de noviembre de 2023.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.