Orden EFD/833/2025, de 28 de julio, por la que se deroga la Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, por la que se crea el distintivo de calidad de centros docentes «Sello Vida Saludable».

Nº de Disposición: BOE-A-2025-15990|Boletín Oficial: 185|Fecha Disposición: 2025-07-28|Fecha Publicación: 2025-08-02|Órgano Emisor: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

El distintivo de calidad «Sello Vida Saludable» reconoce los centros que fomentan el aprendizaje de la salud en el ámbito educativo y la asunción de prácticas de vida saludable y de educación física. Pone en valor el compromiso y planificación adecuada, las acciones sobre los comportamientos saludables, la participación de la comunidad educativa y la apertura a la comunidad.

La Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, por la que se crea el distintivo de calidad, de centros docentes Sello Vida Saludable nació en el marco del «Plan estratégico de salud escolar y estilos de vida saludable» (2016-2020), y así quedó reflejado en sus líneas de actuación 1, 2 y 5 que proyectaban la creación de la Orden del distintivo de calidad de centros docentes «Sello Vida Saludable», la concesión de distintivos o sellos de calidad estatal y/o autonómica, y la difusión de estos. Medidas encaminadas a impulsar el desarrollo de la promoción en los centros educativos de una vida saludable, ante la falta de proyectos en este ámbito a nivel escolar.

Desde entonces numerosos centros han sido galardonados con este distintivo. Adicionalmente, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha puesto en marcha otras iniciativas en este ámbito, tales como el Concurso Nacional de Buenas Prácticas en centros docentes, iniciativa dirigida a centros educativos no universitarios con el fin de desarrollar proyectos para la mejora de la calidad educativa que incluye líneas dedicadas a la salud integral, al desarrollo sostenible y al fomento de la convivencia escolar; el programa de Agrupaciones de centros educativos, que promueve agrupamientos de centros educativos públicos de diferentes comunidades o ciudades autónomas y la creación de cauces de colaboración y favorecer la educación inclusiva y la innovación educativa, incluyendo entre sus temáticas la promoción de la salud; y el programa de Desarrollo Sostenible, que recoge un plan de acción educativa para la sostenibilidad, grupos de trabajo con las comunidades autónomas, reconocimiento a centros educativos sostenibles, seminarios web, un Programa de cooperación territorial de bienestar emocional en el ámbito educativo, la RED SHE y de Escuelas Promotoras de Salud, así como los Premios de bienestar emocional en el ámbito educativo, para reconocimiento y difusión de proyectos en centros educativos que incluyan actuaciones para la promoción y cuidado del bienestar emocional, con el fin de reconocer la contribución de dichas actuaciones a la mejora de la calidad de la educación.

Más recientemente, al amparo de la iniciativa Organización Mundial de la Salud de las Escuelas Promotoras de Salud, y de los estándares e indicadores publicados en el documento «Hacer que todas las escuelas sean Escuelas Promotoras de la Salud» publicado en 2022 por la OMS y la UNESCO; el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Ministerio de Sanidad han trabajado en conjunto para impulsar la creación, desarrollo e implantación de las Escuelas Promotoras de Salud. Se ha elaborado y publicado una «Guía de Escuelas Promotoras de Salud» dirigida a toda la comunidad educativa para facilitar que los centros educativos se transformen en Escuelas Promotoras de Salud. Y se avanza para establecer la Red Estatal de Escuelas Promotoras de Salud.

Se entiende una Escuela Promotora de Salud como un entorno saludable para vivir, aprender y trabajar, con un plan estructurado y sistemático para el bienestar, la salud, y el desarrollo de toda su comunidad educativa y entorno. Va más allá de una escuela con actividades de educación para la salud o con el distintivo de calidad «Sello Vida Saludable».

A la vista de lo anterior y, teniendo en cuenta la finalización del Plan Estratégico de Salud Escolar, el desarrollo de medidas específicas en materia de salud escolar por parte de las Comunidades Autónomas; y ante las múltiples medidas que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes tiene en marcha y la oportunidad de unirse a las Redes de Escuelas Promotoras de la Salud ya establecidas en las comunidades autónomas y de la futura Red estatal, se antoja necesaria la evolución hacia esta nueva concepción de escuela promotora de la salud, y proceder a la derogación de la Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, por la que se crea el distintivo de calidad de centros docentes Sello Vida Saludable.

Esta disposición observa los principios de buena regulación, conforme a los cuales debe actuar la Administración General del Estado en el ejercicio de la potestad reglamentaria, previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como son los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica y eficiencia.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Derogación de la Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, por la que se crea el distintivo de calidad de centros docentes «Sello Vida Saludable», y la Resolución de 14 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se establece el procedimiento para la concesión del distintivo de calidad «Sello Vida Saludable».

Esta orden tiene por objeto derogar:

a) La Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, por la que se crea el distintivo de calidad de centros docentes Sello Vida Saludable.

b) La Resolución de 14 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se establece el procedimiento para la concesión del distintivo de calidad «Sello Vida Saludable».

Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan a lo dispuesto en la presente orden.

Disposición transitoria única. Distintivos concedidos con anterioridad.

1. Los centros a los que les haya sido concedido el distintivo con anterioridad a la fecha de la publicación de esta orden podrán seguir haciendo uso del mismo hasta 31 de agosto de 2030.

2. En los centros establecidos en el apartado anterior, podrán realizarse revisiones por parte del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, con el fin de comprobar si se continúan cumpliendo los requisitos que justificaron su concesión en el marco de lo establecido por la Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre.

Disposición final primera. Título competencial.

La presente norma se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de julio de 2025.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, María del Pilar Alegría Continente.