El Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, dispone que corresponde a este Departamento, entre otras funciones, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de memoria histórica y democrática, atribuyendo a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática el impulso, dirección y gestión de la política del Gobierno en lo referente a la conservación, defensa, fomento y divulgación de la Memoria Democrática en virtud de los principios de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, así como el desarrollo de su normativa de aplicación.
Por otra parte, el Real Decreto 1/2025, de 7 de enero, por el que se crea el Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, estableció la creación del mencionado Comisionado, bajo la dependencia orgánica y funcional de la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, y le atribuyó las funciones de impulso y coordinación de las actividades para la celebración de los diferentes actos conmemorativos de los últimos 50 años de ejercicio de libertades en España, en el ámbito de la Administración General del Estado y sin perjuicio de la colaboración que pueda llevar a cabo a este respecto con el resto de las administraciones públicas.
Asimismo, de conformidad con el artículo 3.2 del citado Real Decreto 1/2025, de 7 de enero, el Comisionado desarrollará estas funciones con el apoyo de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, en el marco de la dirección y gestión de la política del Gobierno en materia de conservación, defensa, fomento y divulgación de la Memoria Democrática.
En este mismo sentido, el artículo 7.2.k) del Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, establece que corresponde a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática el apoyo al Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad en la propuesta, impulso y coordinación de las actuaciones de la Administración General del Estado para conmemorar los 50 años transcurridos desde el inicio de la transición a la democracia.
La experiencia acumulada desde la creación del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar su capacidad de gestión, con el fin de favorecer una actuación más ágil, eficaz y eficiente que garantice el adecuado desarrollo de los actos y actividades programados en el marco de dicha conmemoración.
Por ello, se autoriza la delegación de determinadas competencias que corresponden a la persona titular de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática respecto al programa presupuestario 925M «Memoria Democrática» en la persona titular del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad.
De este modo mediante esta orden se aprueba la delegación de competencias efectuada por la persona titular de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática la persona titular del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, resultando esta orden complementaria a la Orden TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias y a la Orden TMD/1061/2025, de 26 de septiembre, de delegación de competencias en las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares, con relación a los actos conmemorativos para la celebración delos 50 años de España en Libertad.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, resuelvo:
Primero. Aprobación de la delegación de competencias realizada por la persona titular de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática en la persona titular del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad.
Se aprueba la delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática en la persona titular del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, de las siguientes competencias, en relación con los créditos presupuestarios del programa 925M «Memoria Democrática», destinados a la ejecución de los actos conmemorativos para la celebración de los 50 años de España en Libertad:
a) Las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática como órgano de contratación en relación con los contratos, hasta el límite de 12.000.000 euros, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Junta de Contratación.
b) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado Memoria Democrática respecto de los convenios, con o sin contenido económico, hasta el límite de 12.000.000 euros.
c) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática en materia de encomiendas de gestión al amparo de lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, hasta el límite de 12.000.000 euros.
d) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática en materia de encargos a medios propios, conforme a lo previsto en la legislación sobre contratos del sector público, hasta el límite de 12.000.000 euros.
e) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática en materia de subvenciones y ayudas, hasta el límite de 12.000.000 euros.
f) La aprobación y compromiso de gasto, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas derivadas de las competencias anteriormente delegadas, así como la autorización de los documentos contables necesarios.
Segundo. Control del ejercicio de la delegación.
1. La persona titular de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática podrá exigir a la persona titular del Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad la remisión periódica de una relación de los actos que se dicten en el ejercicio de las competencias delegadas.
2. Los actos que se dicten en aplicación de esta orden indicarán expresamente que lo son por delegación.
Tercero. Eficacia.
Esta orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de septiembre de 2026.–El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.