La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional dispone en sus artículos 5.1 y 5.3 a) y b) que el Sistema de Formación Profesional está compuesto por el conjunto articulado de actuaciones dirigidas a identificar las competencias profesionales del mercado laboral, asegurar las ofertas de formación idóneas, posibilitar la adquisición de la correspondiente formación o, en su caso, el reconocimiento de las competencias profesionales, y poner a disposición de las personas un servicio de orientación y acompañamiento profesional que permita el diseño de itinerarios formativos individuales y colectivos. Esta función se cumplirá conforme a un modelo de formación profesional, de reconocimiento y acreditación de competencias y de orientación profesional basado en itinerarios formativos facilitadores de la progresión en la formación y estructurado en una doble escala en cinco grados ascendentes (A, B, C, D y E) descriptivos de las ofertas formativas organizadas en unidades diseñadas, según el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales y en tres niveles de competencia profesional (1, 2 y 3), de acuerdo con lo dispuesto en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, según los criterios establecidos de conocimientos, iniciativa, autonomía y complejidad de las tareas, en cada una de las ofertas de formación profesional.
Por otra parte, esta ley contempla, dentro de sus objetivos (artículo 6.11), el fomento de la igualdad efectiva de oportunidades entre las personas en el acceso y desarrollo de su proceso de formación profesional para todo tipo de opciones profesionales, y la eliminación de la segregación formativa existente entre mujeres y hombres.
Esta ley establece en su artículo 28 la tipología de las ofertas de formación profesional, enmarcando a los certificados profesionales en el Grado C del Sistema de Formación Profesional. Además, en el artículo 35.1, dispone que el Grado C constituye la oferta, parcial y acumulable del Sistema de Formación Profesional, de varios módulos profesionales del Catálogo Modular de Formación Profesional por razón de su significación en el mercado laboral y conduce a la obtención de un certificado profesional.
El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, regula en su artículo 68 la definición del currículo de los certificados profesionales e indica el contenido que deberán tener las disposiciones estatales que lo establezcan, siendo estas la identificación, el perfil profesional, el diseño curricular básico, el entorno profesional, los parámetros básicos de contexto formativo, los requisitos básicos del profesorado, personas formadoras y personas expertas y la información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente para el ejercicio profesional.
En su artículo 7.1, dispone que los currículos correspondientes a los grados A, B y C serán los establecidos por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, sin perjuicio del apartado 3 de dicho artículo.
Las Administraciones competentes podrán incorporar especificaciones puntuales según lo establecido en el artículo 7.4 del citado real decreto, relativo a los grados B y C, atendiendo a la realidad socioeconómica del territorio y a las necesidades de su tejido empresarial.
Asimismo, en su artículo 28 indica que los grados C, D y E podrán tener oferta modular, a partir de un módulo profesional, para su adaptación a las necesidades y circunstancias personales y laborales, así como al ritmo personal de aprendizaje.
Además, según lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, los certificados profesionales tendrán carácter dual e incluirán un período de formación en empresa, con duración variable en función de su régimen, general o intensivo, en el que se desarrollará un conjunto de actividades dirigidas a completar y reforzar los resultados de aprendizaje previstos en el currículo.
Así, este real decreto, conforme a lo previsto en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el certificado profesional en Habilitación para la docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
Asimismo, cabe mencionar que este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que exigen que estas actúen de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Los principios de necesidad y eficacia quedan garantizados, en tanto que persigue el interés general al facilitar la adecuación de la oferta formativa a las demandas de los sectores productivos, ampliar la oferta de formación profesional, avanzar en la integración de la formación profesional en el conjunto del sistema educativo y reforzar la cooperación entre las Administraciones competentes, así como con los agentes sociales y las empresas privadas. En cumplimiento del principio de proporcionalidad esta norma no conlleva restricción de derechos, sino que, por el contrario, facilita que las personas usuarias de la misma puedan mantener actualizados sus conocimientos y habilidades. Cumple con el principio de seguridad jurídica resultando coherente con el ordenamiento jurídico. Del mismo modo, ajustándose al principio de transparencia, durante el procedimiento de elaboración de la norma, se ha permitido la participación activa de las potenciales personas destinatarias a través de los trámites de consulta pública previa y de audiencia e información pública, y quedan identificados tanto en la parte expositiva de la norma como en la Memoria los objetivos que persigue el real decreto. Asimismo, cabría añadir que, tanto el real decreto como la Memoria, ofrecen una explicación clara del contenido de la norma.
En aplicación del principio de eficiencia, esta norma no impone cargas administrativas innecesarias a la ciudadanía, permitiendo una gestión más eficiente de los recursos públicos.
Este real decreto se enmarca en la operación «Desarrollo del Sistema Nacional de Formación Profesional, dentro de la Prioridad 3 (Educación y Formación)», incluido en la línea de actuación 6 (Impulso y Calidad de la Formación Profesional) del Programa FSE+ de Educación, Formación, Empleo y Economía Social EFESO 2021-2027.
En la tramitación de este real decreto se han cumplido los trámites establecidos en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Han sido consultadas las comunidades autónomas y han informado el Consejo General de la Formación Profesional y el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
El presente real decreto se dicta en virtud de las competencias exclusivas que se atribuyen al Estado en el artículo 149.1.7.ª y 30.ª de la Constitución Española, que se refieren respectivamente a la legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades autónomas; y a la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de febrero de 2026,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
1. Este real decreto tiene por objeto el establecimiento del certificado profesional en Habilitación para la docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional y de los grados B y A vinculados a este, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de su currículo.
2. Los certificados de competencia (grados B) asociados a este certificado profesional se recogen en el anexo I.
3. Las acreditaciones parciales de competencia (grados A) que configuran los certificados de competencia se recogen en el anexo II.
CAPÍTULO II
Identificación, perfil profesional y entorno profesional del certificado profesional en el sector o sectores
Artículo 2. Identificación.
El certificado profesional en Habilitación para la docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional queda identificado para todo el territorio nacional por los siguientes elementos:
a) Denominación: Habilitación para la docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
b) Código: SSC_C_017_5B.
c) Nivel: 3.
d) Duración: 510 horas.
e) Familia Profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
f) Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: P-4.5.3.
g) Referencia del Marco Español de Cualificaciones para el aprendizaje permanente: 5B.
Artículo 3. Perfil profesional del certificado profesional.
El perfil profesional del certificado profesional en Habilitación para la docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales y para la empleabilidad y por la relación de estándares de competencias profesionales del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales incluidos en el certificado profesional.
Artículo 4. Competencia general.
La competencia general de este certificado profesional consiste en programar, impartir, tutorizar y evaluar acciones formativas para la habilitación docente en los grados A, B y C dentro del Sistema de Formación Profesional, en cualquiera de sus modalidades presencial, semipresencial y virtual, elaborando y utilizando materiales, medios y recursos didácticos, orientando sobre los diferentes itinerarios formativos y salidas profesionales existentes en el mercado laboral propio de su especialidad, impulsando la calidad docente, asegurando la actualización didáctica, la competencia digital y aplicar la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, entre otras.
Artículo 5. Competencias profesionales y para la empleabilidad.
Las competencias profesionales y para la empleabilidad de este certificado profesional son las que se relacionan a continuación:
a) Identificar la normativa vigente del Sistema de Formación Profesional y la estructura y contenidos de los grados A, B y C, para realizar la programación didáctica de las acciones formativas.
b) Diseñar los contenidos y las actividades de las acciones formativas de los grados A, B y C en coordinación con el resto de equipo.
c) Elaborar y seleccionar materiales, medios y recursos didácticos para desarrollar diferentes acciones formativas, en función de la modalidad formativa y los objetivos programados.
d) Utilizar materiales, medios y recursos didácticos y digitales, en función del contexto, del entorno profesional y de las características del alumnado.
e) Organizar recursos personales, espaciales y temporales, creando entornos seguros de aprendizaje.
f) Recoger información sobre el contexto laboral para asesorar en los itinerarios formativos y en las salidas profesionales.
g) Potenciar el protagonismo activo y la responsabilidad del alumnado con el fin de favorecer su empleabilidad.
h) Determinar estrategias de mejora de la calidad de los procesos formativos a través de medidas innovadoras.
i) Analizar la finalidad, tipología y normativa vigente de evaluación y calificación de los grados A, B y C.
j) Analizar, determinar e implementar técnicas, instrumentos y procedimientos de evaluación adaptados a la programación didáctica.
k) Evaluar el aprendizaje alcanzado por el alumnado y valorar la propia práctica docente del profesorado, personas formadoras y/o expertas para mejorar la calidad de las acciones formativas.
l) Desarrollar estrategias de cohesión y participación grupal que favorezcan las condiciones de aprendizaje al inicio y durante el desarrollo del Plan Formativo.
m) Comprobar la adquisición de los resultados de aprendizaje y competencias profesionales adquiridos mediante la utilización de estrategias metodológicas apropiadas.
n) Analizar y supervisar los aspectos psicopedagógicos que favorezcan la adquisición de competencias profesionales y resultados de aprendizaje en el alumnado a través de una atención personalizada.
ñ) Tener en cuenta las condiciones y requisitos iniciales para acceder a una acción formativa en modalidad presencial, semipresencial y virtual.
o) Tutorizar la acción formativa realizada en función de las características del alumnado y del sector productivo, utilizando métodos, estrategias y herramientas tutoriales en base a la programación planteada.
p) Utilizar técnicas de dinamización y comunicación grupal dirigidas a la participación de las personas implicadas a lo largo de la acción formativa.
q) Coordinarse con el personal que ejerce la tutoría en la empresa u organismo equiparado, estableciendo las condiciones para el desarrollo de acciones de la formación dual.
r) Evaluar los resultados de la acción formativa, recogiendo la información necesaria para la valoración del alumnado y de la propia actividad docente.
s) Adaptarse a las nuevas situaciones laborales, manteniendo actualizados los conocimientos científicos, técnicos y tecnológicos relativos a su entorno profesional, gestionando su formación y los recursos existentes en el aprendizaje a lo largo de la vida, utilizando las Tecnologías de la Información y la Comunicación y la Inteligencia Artificial (IA).
t) Aplicar la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales identificando los factores que afectan a la actividad profesional y los daños derivados de la misma.
u) Adaptarse a las nuevas situaciones laborales originadas por cambios tecnológicos y organizativos en su actividad laboral.
v) Cumplir las tareas propias de su nivel con autonomía y responsabilidad, efectuándolas de forma individual o como miembro de un equipo de trabajo.
w) Comunicarse eficazmente, respetando la autonomía y competencia de las personas que intervienen en su ámbito de trabajo.
x) Cumplir las normas de calidad, de accesibilidad universal y diseño para todas las personas que afectan a su actividad profesional.
y) Actuar con espíritu emprendedor e iniciativa personal en la elección o aplicación de los procedimientos de su actividad profesional.
z) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.
Artículo 6. Relación de estándares de competencias profesionales del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales incluidos en este certificado profesional.
Los estándares de competencias profesionales de este certificado profesional son los que se relacionan a continuación:
a) ECP1442_3: Programar acciones formativas para el empleo.
b) ECP1443_3: Gestionar materiales, medios y recursos didácticos para el desarrollo de contenidos formativos.
c) ECP1446_3: Facilitar información y orientación laboral.
d) ECP1445_3: Evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje en las acciones formativas para el empleo.
e) ECP1444_3: Impartir acciones formativas para el empleo.
f) ECP2689_3: Tutorizar acciones formativas para el empleo.
Artículo 7. Entorno profesional.
1. Las personas que hayan obtenido el certificado profesional que acredita la superación de este Grado C pueden ejercer su actividad en los sectores económicos que desarrollen actividades de carácter formativo relacionadas con la programación, impartición, desarrollo de acciones formativas, gestión y organización de materiales y recursos didácticos, evaluación de procesos de enseñanza-aprendizaje; así como todas aquellas acciones vinculadas con la supervisión, tutorización y asesoramiento en materia de orientación formativa-laboral sobre diferentes itinerarios formativos conducentes a la adquisición de dichas competencias docentes para los grados A, B y C atendiendo al tejido productivo y necesidades del mercado, considerándose la prevención de riesgos laborales y la competencia digital docente.
Desarrollan su actividad docente según la normativa vigente en centros del Sistema de Formación Profesional y autorización administrativa:
a) Centros públicos y privados autorizados por las Administraciones competentes para impartir ofertas de formación profesional en cualquiera de los grados previstos.
b) Centros integrados de Formación Profesional de titularidad pública o privada.
c) Centros de referencia nacional, con los requisitos y en las condiciones establecidas en su normativa específica.
d) Organismos y entidades, públicos o privados, con los que las Administraciones competentes suscriban convenios u otra forma de colaboración (centros de segunda oportunidad y Administraciones locales).
e) Empresas, públicas o privadas, que, con los medios propios o contratados externamente, desarrollen acciones formativas incluidas en el Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional.
f) Centros asociados de formación profesional para impartir grados A, B y C.
Llevan a cabo su actividad dependiendo en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Pueden tener personal a su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal o diseño para todas las personas de acuerdo con la normativa vigente. Del mismo modo, se precisará que el profesorado, personal formador y/o experto, posea conocimientos relacionados con la competencia digital docente, innovación pedagógica, prevención en riesgos laborales, en permanente actualización del mercado formativo-profesional; así como ejerciendo labores de asesoramiento en los diferentes itinerarios formativos.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
a) Formadores y formadoras de Centros del Sistema de Formación Profesional.
b) Formadores y formadoras de Centros del Sistema de Formación Profesional no incorporados al sistema educativo.
c) Expertos y expertas del sector productivo.
d) Expertos y expertas senior de empresas.
e) Prospectores y prospectoras de empresas.
f) Profesores y profesoras de Centros del Sistema de Formación Profesional.
CAPÍTULO III
Enseñanzas del certificado profesional
Artículo 8. Módulos profesionales.
Los módulos profesionales de este certificado profesional quedan desarrollados en el anexo III, cumpliendo lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se establece la ordenación general del Sistema de Formación Profesional. Dichos módulos son los que a continuación se relacionan:
a) 1705. Programación didáctica de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
b) 1706. Gestión de materiales, medios y recursos didácticos de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
c) 1707. Orientación profesional en los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
d) 1783. Evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje de los grados A, B y C del Sistema de la Formación Profesional.
e) 1784. Procesos para impartir acciones formativas de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
f) 1785. Acción tutorial de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
g) 1786. Competencia digital para la práctica docente.
h) 1782. Prevención de riesgos laborales.
Este certificado profesional incorpora un periodo de formación en empresa, según se indica en el artículo 70 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
Artículo 9. Requisitos para la realización de la estancia en empresa u organismo equiparado.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6.e) del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, el inicio de la estancia en la empresa u organismo equiparado requerirá haber superado el módulo profesional de la formación en prevención de riesgos laborales, sin perjuicio de lo establecido en los párrafos d) y e) del artículo 153.2 del mismo.
2. Para este Grado C, la formación establecida en el módulo profesional 1782. Prevención de riesgos laborales recogido en el anexo III, que debe incluir el contenido mínimo del programa de formación prescrito en el anexo IV del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y de cualquier otra normativa legal vigente para un ámbito sectorial concreto, capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales establecidas en el artículo 35 del citado real decreto. La programación didáctica de dicho módulo se ajustará, además, a la distribución horaria que figura en anexo IV del mismo.
3. Sin perjuicio de lo anterior, el resto de los módulos profesionales podrán contribuir al fomento y a la integración de la cultura preventiva, siempre y cuando se garantice que las horas se imparten con el contenido y la distribución establecida en el anexo IV del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
Artículo 10. Espacios y equipamientos mínimos.
1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este certificado profesional son los establecidos en el anexo IV.
2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza y aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.
b) Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.
c) Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.
d) Respetarán la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales y cuantas otras normas sean de aplicación.
3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos que cursen el mismo u otros certificados profesionales siempre que se establezcan horarios diferenciados, se respeten las medidas de seguridad y aforo y no se vea afectada la actividad formativa.
4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos, aunque sí deben estar perfectamente identificados e individualizados.
5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar al alumnado la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) El equipamiento (equipos, máquinas, entre otros) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con la normativa vigente en materia de seguridad y de prevención de riesgos laborales y con cuantas otras sean de aplicación.
b) La cantidad y características del equipamiento deberán estar en función del número de personas matriculadas y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluación que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.
6. Las Administraciones competentes velarán por que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.
7. Las Administraciones competentes podrán ajustar y limitar los requisitos de espacios y equipamientos regulados para las formaciones de mayor amplitud a los referidos estrictamente al módulo profesional específico de la oferta de Grado B, sin que se requiera el cumplimiento de la totalidad de requisitos previstos para los grados C en que estén incluidas.
8. Las Administraciones competentes podrán ajustar y limitar los requisitos de espacios y equipamientos previstos a los referidos estrictamente a los resultados de aprendizaje específicos de la oferta de Grado A, sin que se requiera el cumplimiento de la totalidad de requisitos previstos para los grados B o C en que están incluidos.
Artículo 11. Profesorado, personal formador y personal experto.
Para impartir las ofertas de formación profesional contenidas en este real decreto, será necesario reunir uno de los siguientes requisitos:
a) Disponer del título de grado universitario, licenciatura, diplomatura, ingeniería, ingeniería técnica, arquitectura, arquitectura técnica, o titulación equivalente o, si procede, la titulación de formación profesional que, a efectos de docencia, se determine, de acuerdo con la normativa que regule cada grado. En todo caso, se exigirá que las titulaciones citadas incorporen en sus planes de estudio contenidos vinculados con los resultados de aprendizaje de la formación a impartir. Además, deberán disponer del certificado profesional de Habilitación para la docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. Se considerará autorizados, a efectos de docencia en los módulos profesionales de los grados B y C o bloques formativos de grados A, además de los que estén en posesión del grado universitario, o titulación equivalente, los que cuenten con una titulación de Técnico o Técnico Superior o, en su caso, un certificado profesional de nivel 2 o nivel 3.
Las Administraciones competentes podrán eximir de la exigencia del requisito del certificado profesional de Habilitación para la docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional durante la primera acción formativa en que el formador o formadora participe como tal.
b) Pertenecer a las especialidades docentes habilitadas para impartir formación profesional en el sistema educativo recogidas en el anexo V, sin perjuicio de la normativa de aplicación en materia de incompatibilidades.
c) Tener experiencia profesional de, al menos, cuatro años ajustada a los estándares de competencias profesionales o elementos de competencia asociados a los módulos profesionales o bloques formativos a impartir, que actuarán en calidad de personal experto, y disponer del certificado profesional de Habilitación para la docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. Las Administraciones competentes podrán flexibilizar la exigencia del requisito del certificado profesional de Habilitación para la docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional durante el ejercicio como persona formadora en una acción formativa.
En el caso de personas expertas, tendrán prioridad quienes acrediten una experiencia como tutor o tutora dual de empresa u organismo equiparado, o experiencia docente de, al menos, 600 horas en los últimos cinco años en formación profesional.
CAPÍTULO IV
Acceso, exenciones, titulación y accesibilidad
Artículo 12. Acceso.
1. Para acceder a un certificado profesional (Grado C) de nivel 3, se requiere el título de Técnico o Técnico Superior, de Bachiller o equivalente a efectos de acceso, un certificado profesional nivel 3, un certificado de competencia incluido en la oferta a realizar, o un certificado profesional de nivel 2 de la misma familia profesional, sin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional quinta.2. del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
2. En ausencia de los requisitos indicados en el apartado anterior, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 76 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
3. No se exigen requisitos académicos o profesionales de acceso para un certificado de competencia (Grado B). Corresponderá a la Administración competente la comprobación de que las personas candidatas poseen las habilidades comunicativas en el idioma de la formación y personales y sociales básicas suficientes para cursar con aprovechamiento la formación. Esta comprobación deberá realizarse de manera previa a cada oferta formativa.
4. No se exigen requisitos académicos o profesionales de acceso para cursar una acreditación parcial de competencia (Grado A). Corresponderá a la Administración competente la comprobación de que las personas candidatas poseen las habilidades comunicativas y básicas suficientes para cursar con aprovechamiento la formación. Esta comprobación deberá realizarse de manera previa a cada oferta formativa.
Artículo 13. Exención del periodo de formación en empresa u organismo equiparado.
Podrán quedar exentos del periodo de formación en empresa quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con la formación cursada. Será la Administración competente, a instancia del centro de formación, quien decida la exención en los términos previstos en el artículo 131 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
Artículo 14. Correspondencia de los módulos profesionales con los estándares de competencias profesionales para su acreditación o convalidación.
1. La correspondencia de los estándares de competencias profesionales con los módulos profesionales que conforman este certificado profesional para su convalidación queda determinada en el anexo VI A).
2. La correspondencia de los módulos profesionales de este certificado profesional con los estándares de competencias profesionales para su acreditación queda determinada en el anexo VI B).
3. A los efectos previstos en los apartados anteriores, serán igualmente de aplicación los estándares de competencias profesionales acreditados mediante el procedimiento de acreditación de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral en el título VI del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
Artículo 15. Titulación y efectos.
1. La superación de este Grado C conduce a la obtención de un certificado profesional de nivel 3. La validez académica de los certificados profesionales se concreta en la continuidad del itinerario formativo y la consecución, si procede, de una titulación de Grado D.
2. La superación de cualquier Grado B a que hace mención el artículo 1 conduce a la obtención de un certificado de competencia. La validez académica de los certificados de competencia se concreta en la continuidad del itinerario formativo y la consecución, si procede, de una titulación de Grado C o D.
3. La superación de cualquier Grado A a que hace mención el artículo 1 conduce a la obtención de una acreditación parcial de competencia. La validez académica de las acreditaciones parciales de competencia se concreta en la continuidad del itinerario formativo y la consecución, si procede, de una titulación de Grado B, C o D.
4. Cualquiera de las titulaciones anteriores tendrá carácter oficial y validez profesional y académica en el marco del Sistema de Formación Profesional, en todo el territorio nacional y serán expedidos por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes o los órganos responsables en las comunidades autónomas.
Artículo 16. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este certificado profesional y de los grados B y A.
1. Las Administraciones competentes, incluirán en el currículo de este certificado profesional y de los grados B y A incluidos en él los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en «diseño para todas las personas».
2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho certificado profesional y lo grados B y A incluidos en él en las condiciones establecidas en el artículo 16 y en la disposición final segunda del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y en el artículo 21 del Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.
Disposición adicional primera. Regulación del ejercicio de la profesión.
El certificado profesional y los grados B y A establecidos en este real decreto no constituyen una regulación del ejercicio de profesión regulada alguna.
Disposición adicional segunda. Formación presencial, semipresencial y virtual.
Cualquier oferta formativa incluida en este real decreto podrá ofertarse en modalidad presencial, semipresencial y virtual, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir los resultados de aprendizaje de los módulos profesionales, conforme a los principios de diseño para todas las personas y accesibilidad universal. Para ello, las Administraciones competentes adoptarán las medidas necesarias y dictarán las instrucciones precisas en los términos establecidos en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional y en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
Disposición adicional tercera. Certificación de la formación en Prevención de riesgos laborales.
Los centros del Sistema de Formación Profesional emitirán, una vez comprobada la superación de la formación en prevención de riesgos laborales, un documento acreditativo del cumplimiento de lo establecido en el artículo 9.6.e) del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
Disposición adicional cuarta. Equivalencia entre el certificado profesional derogado y el vigente y autorización a centros para su impartición.
1. Se establece la siguiente relación de equivalencia entre el certificado profesional derogado y el vigente:
El certificado de profesionalidad «Docencia de la formación profesional para el empleo», con código SSCE0110, regulado en el Real Decreto 1697/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Servicios socioculturales y a la comunidad que se incluyen en el Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad, se considera equivalente a todos los efectos, profesionales y de acceso a empleos públicos y privados, al certificado profesional SSC_C_017_5B Habilitación para la docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional establecido en este real decreto.
2. Cualquier centro autorizado para la impartición del certificado de profesionalidad derogado «Docencia de la formación profesional para el empleo», con código SSCE0110, queda automáticamente autorizado para la impartición del certificado profesional equivalente SSC_C_017_5B Habilitación para la docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
3. Quienes estuvieran en posesión del certificado de profesionalidad «Docencia de la formación profesional para el empleo», con código SSCE0110, regulado en el artículo 1 y anexo IV del Real Decreto 1697/2011, de 18 de noviembre, mantendrán la competencia general que para dicho certificado profesional se reconoce en el ámbito de la docencia en los certificados profesionales, así como en los grados A y B.
Disposición transitoria única. Aplicabilidad de otras normas.
1. Se podrá impartir el certificado de profesionalidad derogado «Docencia de la formación profesional para el empleo», con código SSCE0110, hasta que se finalice la ejecución de toda la oferta formativa correspondiente autorizada a la entrada en vigor de este real decreto.
2. Durante el periodo transitorio a que se refiere el apartado anterior, será de aplicación la regulación contenida en anexo IV del Real Decreto 1697/2011, de 18 de noviembre.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogado el Real Decreto 1697/2011, de 18 de noviembre, en lo que afecta al certificado de profesionalidad «Docencia de la formación profesional para el empleo», con código SSCE0110, manteniendo su vigencia en lo que respecta al resto de certificados de profesionalidad de la familia profesional Servicios socioculturales y a la comunidad, establecidos en el mismo.
Disposición final primera. Títulos competenciales.
El presente real decreto se dicta en virtud de las competencias exclusivas que se atribuyen al Estado en el artículo 149.1.7.ª y 30.ª de la Constitución Española, que se refieren respectivamente a la legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades autónomas; y a la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado el 11 de febrero de 2026.
FELIPE R.
La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes,
MILAGROS TOLÓN JAIME
ANEXO I
Oferta de Grado B: Certificados de competencia
| Formación a cursar | Certificado de competencia | Duración |
|---|---|---|
| 1705. Programación didáctica de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
SSC_B_1705. Programación didáctica de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
90 |
| 1706. Gestión de materiales, medios y recursos didácticos de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
SSC_B_1706. Gestión de materiales, medios y recursos didácticos de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
90 |
| 1707. Orientación profesional en los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
SSC_B_1707. Orientación profesional en los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
60 |
| 1783. Evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje de los grados A, B y C del Sistema de la Formación Profesional. |
SSC_B_1783. Evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje de los grados A, B y C del Sistema de la Formación Profesional. |
60 |
| 1784. Procesos para impartir acciones formativas de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | SSC_B_1784.Procesos para impartir acciones formativas de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | 90 |
| 1785. Acción tutorial de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | SSC_B_1785.Acción tutorial de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | 60 |
ANEXO II
Oferta de Grado A: Acreditaciones parciales de competencia
a) SSC_B_1705.Programación didáctica de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
| Acreditación parcial de competencia | Formación para cursar | Duración |
|---|---|---|
|
SSC_A_1705_01. Identificación de la normativa vigente del Sistema de Formación Profesional. |
RA1. Identifica la normativa vigente del Sistema de Formación Profesional como sistema único e integrado, aplicándola en la programación didáctica de las acciones formativas. | 15 |
|
SSC_A_1705_02. Análisis de la estructura, contenido y elementos de los grados A, B y C. |
RA2. Analiza la estructura y el contenido de las Acreditaciones parciales de la competencia (en adelante grados A), Certificados de competencia (en adelante grados B) y Certificados profesionales (en adelante grados C), identificando sus elementos, los requisitos de los prescriptores, procedimientos de evaluación y acreditación de las competencias profesionales. | 20 |
|
SSC_A_1705_03. Desarrollo de acciones formativas técnico-profesionales según protocolo establecido en coordinación con el resto del equipo. |
RA3. Coordina, con el resto del equipo, la formación técnica y profesional para el desarrollo de las acciones formativas, aplicando el protocolo establecido con los distintos grupos de interés. | 15 |
|
SSC_A_1705_04. Diseño de la programación didáctica de acciones formativas de los grados A, B y C. |
RA4. Diseña la programación didáctica de acciones formativas de los grados A (Acreditación parcial de la competencia), B (Certificado de competencia) y C (Certificados Profesionales), teniendo en cuenta los elementos que la componen. | 25 |
|
SSC_A_1705_05. Temporalización y secuenciación de las acciones formativas desarrolladas en unidades didácticas. |
RA5. Temporaliza la programación didáctica de las acciones formativas, secuenciando los contenidos y actividades desarrolladas en las unidades de trabajo/didácticas previstas. | 15 |
| Total. | 90 | |
b) SSC_B_1706. Gestión de materiales, medios y recursos didácticos de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
| Acreditación parcial de competencia | Formación a cursar | Duración |
|---|---|---|
|
SSC_A_1706_01. Selección y aplicación de materiales, medios y recursos didácticos a las acciones formativas. |
RA1. Selecciona materiales, medios y recursos didácticos, aplicándolos en las distintas acciones formativas. | 25 |
|
SSC_A_1706_02. Diseño de materiales y recursos didácticos que cumplan criterios técnicos y metodológicos. |
RA2. Diseña materiales y recursos didácticos dirigidos a favorecer la adquisición del aprendizaje, atendiendo a criterios técnicos y metodológicos. | 25 |
|
SSC_A_1706_03. Organización de recursos personales, espacios y distribución temporal atendiendo a criterios pedagógicos. |
RA3. Determina y organiza los recursos personales, espacios, instalaciones y distribución temporal, aplicando criterios pedagógicos en las acciones formativas. | 10 |
|
SSC_A_1706_04. Utilización de materiales, medios técnicos y recursos audiovisuales y multimedia según contexto de formación. |
RA4. Utiliza materiales, medios técnicos y recursos audiovisuales y multimedia según especificaciones técnicas, normas de seguridad y salud laboral, en función de un contexto de formación. | 10 |
|
SSC_A_1706_05. Diseño de la evaluación de materiales, medios y recursos didácticos vinculadas a las actividades formativas. |
RA5. Diseña la evaluación de materiales, medios y recursos didácticos planteados relacionándola con las actividades formativas. | 20 |
| Total. | 90 | |
c) SSC_B_1707. Orientación profesional en los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
| Acreditación parcial de competencia | Formación a cursar | Duración |
|---|---|---|
|
SSC_A_1707_01. Selección de cauces informativos y estrategias de búsqueda de información sobre el entorno profesional. |
RA1. Selecciona cauces informativos y estrategias de búsqueda y actualización de la información del entorno profesional y productivo, reflejándolos en la programación de orientación profesional de los grados A, B y C. | 10 |
|
SSC_A_1707_02. Elección de técnicas específicas para informar y orientar profesionalmente al alumnado, empresas, organismos e instituciones. |
RA2. Determina técnicas específicas en el proceso de información y orientación profesional al alumnado, empresas, organismos e instituciones de manera diferenciada, favoreciendo y facilitando su participación activa. | 10 |
|
SSC_A_1707_03. Acción de asesorar sobre itinerarios formativo-profesionales y ofertas de empleo. |
RA3. Asesora al alumnado destinatario de la acción formativa sobre itinerarios formativos, formación profesional y oportunidades de empleo, permitiéndoles la cualificación y recualificación de manera personalizada. | 10 |
|
SSC_A_1707_04. Análisis de los mecanismos que garantizan la calidad de las acciones formativas. |
RA4. Analiza mecanismos que garanticen la calidad de las acciones formativas, diseñando estrategias de innovación educativa, cooperación territorial y actualización profesional. | 10 |
|
SSC_A_1707_05. Demostración de la adquisición de competencias digitales para la búsqueda de información y orientación profesional. |
RA5. Aplica competencias digitales en el proceso de búsqueda de información y orientación profesional, relacionándolo con el sector productivo al que se dirige. | 10 |
|
SSC_A_1707_06. Reconocimiento de los factores ambientales y sociales que afectan al entorno profesional y productivo en materia de desarrollo sostenible. |
RA6. Caracteriza los retos ambientales y sociales a los que se enfrenta el entorno profesional y productivo, teniendo en cuenta el concepto de desarrollo sostenible en el proceso de información y orientación laboral. | 10 |
| Total. | 60 | |
d) SSC_B_1783. Evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje de los grados A, B y C del Sistema de la Formación Profesional.
| Acreditación parcial de competencia | Formación a cursar | Duración |
|---|---|---|
|
SSC_A_1783_01. Análisis de la normativa vigente sobre evaluación y calificación de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
RA1. Analiza la normativa vigente sobre la evaluación, aplicándola al proceso de evaluación y calificación de los grados A, B y C del Sistema de la Formación Profesional. | 10 |
|
SSC_A_1783_02. Análisis de la finalidad y tipología de la evaluación en el actual Sistema de la Formación Profesional. |
RA2. Analiza la finalidad y tipología de la evaluación en el actual Sistema de la Formación Profesional, considerando su adecuación al perfil del alumnado. | 5 |
|
SSC_A_1783_03. Verificación del nivel formativo inicial del alumnado mediante la evaluación diagnóstica. |
RA3. Verifica el nivel formativo inicial del alumnado al comienzo de la formación, realizando una evaluación diagnostica o inicial para realizar adaptaciones curriculares en la programación. | 5 |
|
SSC_A_1783_04. Análisis de las pruebas e instrumentos de evaluación utilizadas en las acciones formativas según modalidad impartida. |
RA4. Analiza pruebas e instrumentos de evaluación en acciones formativas atendiendo a las diferentes modalidades de formación, ya sea presencial, semipresencial y virtual. | 10 |
|
SSC_A_1783_05. Implementar técnicas y metodologías de evaluación continua durante el periodo formativo para corroborar el nivel de aprendizaje adquirido. |
RA5. Implementa técnicas y/o metodologías de evaluación continua a lo largo del periodo formativo, corroborando el nivel de aprendizaje de las personas en formación. | 10 |
|
SSC_A_1783_06. Selección de indicadores de evaluación final que verifiquen el nivel de aprendizaje adquirido. |
RA6. Determina procedimientos y pruebas de evaluación final que verifique el nivel de aprendizaje alcanzado por el alumnado, mediante la selección de indicadores de evaluación. | 10 |
|
SSC_A_1783_07. Evaluación de la práctica docente del profesorado, personas formadoras y/o expertas. |
RA7. Programa la evaluación de la práctica docente del profesorado, personas formadoras y/o expertas, analizando los resultados obtenidos para mejorar la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje. | 10 |
| Total. | 60 | |
e) SSC_B_1784. Procesos para impartir acciones formativas de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
| Acreditación parcial de competencia | Formación a cursar | Duración |
|---|---|---|
|
SSC_A_1784_01. Desarrollo de estrategias facilitadoras del proceso de enseñanza-aprendizaje previas a las acciones formativas. |
RA1. Desarrolla estrategias facilitadoras del proceso de aprendizaje, propiciando condiciones favorables previas a las acciones formativas. | 10 |
|
SSC_A_1784_02. Fomento de canales de cohesión y participación activa en el alumnado para el adecuado desarrollo del Plan Formativo. |
RA2. Genera canales de cohesión y participación activa entre el alumnado mediante diferentes actuaciones y orientaciones que permitan el adecuado desarrollo del Plan Formativo. | 10 |
|
SSC_A_1784_03. Selección de técnicas de comunicación facilitadoras del buen clima y relación entre los destinatarios de la formación. |
RA3. Selecciona técnicas de comunicación, favoreciendo el buen clima y la relación entre las personas destinatarias a lo largo del desarrollo de las acciones formativas. | 15 |
|
SSC_A_1784_04. Análisis de estrategias metodológicas para la comprobación de resultados de aprendizaje y competencias profesionales adquiridas. |
RA4. Analiza estrategias metodológicas, utilizándolas en acciones formativas que permitan la comprobación de resultados de aprendizaje y competencias profesionales adquiridos por la persona en formación. | 20 |
|
SSC_A_1784_05. Identificación de los aspectos psicopedagógicos que interceden en las acciones formativas. |
RA5. Reconoce aspectos psicopedagógicos que interceden en las acciones formativas, analizando aquellos que contribuyen a la adquisición de competencias profesionales y resultados de aprendizaje. | 15 |
|
SSC_A_1784_06. Utilización de procedimientos e instrumentos en el proceso de aprendizaje mediante la supervisión y atención personalizada del alumnado. |
RA6. Determina instrumentos y procedimientos en el proceso de aprendizaje, supervisándolos mediante estrategias personalizadas de atención y ayuda a la persona en formación. | 20 |
| Total. | 90 | |
f) SSC_B_1785. Acción tutorial de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
| Acreditación parcial de competencia | Formación a cursar | Duración |
|---|---|---|
|
SSC_A_1785_01. Determinación de las condiciones y requisitos iniciales necesarios en las acciones formativas según legislación vigente. |
RA1. Determina las condiciones y requisitos iniciales de una acción formativa en modalidad presencial, semipresencial y virtual, considerando la legislación vigente. | 10 |
|
SSC_A_1785_02. Identificación de las funciones desarrolladas por de la persona que tutoriza en el centro del Sistema de Formación Profesional, empresa u organismo equiparado durante el proceso de enseñanza-aprendizaje. |
RA2. Reconoce la figura de la persona que tutoriza del centro del Sistema de Formación Profesional, empresa u organismo equiparado, asesorando, tutorizando e informando al alumnado durante el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje en función de la modalidad formativa. | 10 |
|
SSC_A_1785_03. Selección diferenciada de técnicas de tutorización de acciones formativas en función de la modalidad impartida. |
RA3. Establece técnicas de tutorización de acciones formativas presenciales, semipresenciales y virtuales, utilizando herramientas específicas que permitan el seguimiento del proceso de aprendizaje del alumnado. | 10 |
|
SSC_A_1785_04. Determinación de estrategias didácticas favorecedoras de la participación del alumnado en las acciones formativas. |
RA4. Determina estrategias didácticas de las acciones formativas presenciales, semipresenciales y virtuales, seleccionando técnicas de comunicación que favorezcan la participación del alumnado. | 10 |
|
SSC_A_1785_05. Determinación de las condiciones para el desarrollo de las acciones formativas en coordinación con el personal de tutoría de la empresa u organismo equiparado. |
RA5. Establece las condiciones para el desarrollo de acciones de la formación dual en modalidad presencial, semipresencial y virtual, asesorando al alumnado, en coordinación con el personal de tutoría de la empresa u organismo equiparado. | 10 |
|
SSC_A_1785_06. Identificación de los requisitos de superación de la acción formativa en cualquiera de sus modalidades. |
RA6. Define los requisitos de superación de la acción formativa en modalidad presencial, semipresencial y virtual, comunicando la valoración del progreso al alumnado destinatario. | 10 |
| Total. | 60 | |
ANEXO III
Módulos Profesionales
| Código | Módulo profesional | Horas |
|---|---|---|
| 1705 | Programación didáctica de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | 90 |
| 1706 | Gestión de materiales, medios y recursos didácticos de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | 90 |
| 1707 | Orientación profesional en los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | 60 |
| 1783 | Evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje de los grados A, B y C del Sistema de la Formación Profesional. | 60 |
| 1784 | Procesos para impartir acciones formativas de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | 90 |
| 1785 | Acción tutorial de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional | 60 |
| 1786 | Competencia digital para la práctica docente. | 30 |
| 1782 | Prevención de riesgos laborales. | 30 |
| Total. | 510 | |
Módulo Profesional: Programación didáctica de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
Duración: 90 horas.
Código: 1705.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
1. Identifica la normativa vigente del Sistema de Formación Profesional como sistema único e integrado, aplicándola en la programación didáctica de las acciones formativas.
Criterios de evaluación:
a) Se ha analizado la normativa vigente (europea, estatal y autonómica, entre otras) de la formación profesional (leyes orgánicas, reales decretos y decretos, órdenes ministeriales, entre otros).
b) Se ha diferenciado la formación profesional integrada en el sistema educativo de aquella no incluida en el mismo.
c) Se han identificado los objetivos que persigue el Sistema de Formación Profesional, valorando su carácter integrador e inclusivo.
d) Se ha analizado la estructura y contenido del Sistema de Formación Profesional, identificando su organización en itinerarios formativos organizados en grados secuenciales y ascendentes (A, B, C, D y E).
e) Se han discriminado los elementos integrantes del Sistema de Formación Profesional concretados en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, el Catálogo Modular de Formación Profesional, el Catálogo Nacional de Ofertas de la Formación Profesional, así como los elementos básicos del currículo.
f) Se han identificado los instrumentos de gestión de la formación profesional (el Registro Estatal de Formación Profesional, el Registro Estatal de Acreditaciones de Competencias Profesionales y el Registro General de Centros de Formación Profesional, entre otros).
g) Se ha revisado el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, organizado en estándares de competencias profesionales incluidos en el sistema productivo por niveles de cualificación profesional (1, 2 y 3) y familias profesionales.
h) Se ha revisado el Catálogo Modular de Formación Profesional organizado en módulos profesionales vinculados a cada uno de los estándares de competencia profesional.
i) Se ha revisado el Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional que incorpora las ofertas de grados A (Acreditación parcial de la competencia), B (Certificado de competencia), C (Certificado profesional), D (Ciclo formativo de grado básico/grado medio/grado superior) y E (Cursos de Especialización).
2. Analiza la estructura y el contenido de las Acreditaciones parciales de la competencia (en adelante grados A), Certificados de competencia (en adelante grados B) y Certificados profesionales (en adelante grados C), identificando sus elementos, los requisitos de los prescriptores, procedimientos de evaluación y acreditación de las competencias profesionales.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las características formativas de los grados A, B y C atendiendo al perfil profesional al que van asociados.
b) Se han discriminado los elementos mínimos de currículo de los grados A B y C, según proceda, tales como el perfil profesional, entorno profesional, currículo básico, parámetros básicos del contexto formativo, requisitos del profesorado, personal formador y/o personal experto, requisitos necesarios para el ejercicio profesional en habilitación docente, entre otros.
c) Se han detallado en cada una de las ofertas vinculadas a los grados A, B y C los niveles de cualificación profesional 1, 2 y 3 en función de los estándares de competencia asociados a sus módulos profesionales.
d) Se han definido las características de los módulos profesionales como unidades coherentes, parciales y dependientes dentro de la oferta de formación profesional, identificando los estándares de competencias y las competencias profesionales y para la empleabilidad a las que están asociados.
e) Se han establecido diferencias entre los módulos profesionales asociados a estándares de competencias profesionales de los que no lo están.
f) Se han identificado los elementos del currículo básico de los módulos profesionales (denominación, código identificador, resultados de aprendizaje, criterios de evaluación, duración, requisitos del profesorado, personal formador y/o personal experto, entre otros).
g) Se han comparado los requisitos exigidos al profesorado de formación profesional perteneciente a los cuerpos docentes del sistema educativo, con los requeridos al personal formador y/o experto en centros del Sistema de Formación Profesional no incorporados al sistema educativo, así como con otros perfiles colaboradores.
h) Se ha tenido en cuenta la normativa de los requerimientos necesarios para acceder a la formación de los distintos grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional, en función de los niveles de cualificación profesional 1, 2 y 3 asociados, considerando los requisitos tanto de las pruebas de acceso como los exigidos a nivel académico o profesional.
i) Se han detallado las diferentes vías para la obtención de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
j) Se ha tenido en cuenta la exención del periodo de formación en empresa u organismo equiparado, en los casos de acreditación de experiencia laboral, en los términos establecidos en la normativa.
k) Se han descrito las acreditaciones, certificaciones, titulaciones, efectos y validez que se pueden obtener, una vez superada la formación de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
3. Coordina, con el resto del equipo, la formación técnica y profesional para el desarrollo de las acciones formativas, aplicando el protocolo establecido con los distintos grupos de interés.
Criterios de evaluación:
a) Se ha planificado la consecución de objetivos a través de la coordinación de todos los profesionales que integran el equipo y en colaboración con otros agentes sociales (organismos y entidades intermedias, organizaciones empresariales y/o sindicales).
b) Se ha organizado la acción formativa entre el centro del Sistema de Formación Profesional y la empresa u organismo equiparado, considerando el plan de formación.
c) Se ha garantizado la supervisión de las personas en formación, teniendo en cuenta la coordinación entre la persona que tutoriza en la empresa u organismo equiparado y la persona que tutoriza en el centro del Sistema de Formación Profesional.
d) Se han detallado las funciones de la persona responsable de la tutoría dual del centro del Sistema de Formación Profesional: coordinación con el resto de equipo para la elaboración del plan de formación, preparación de la persona o personas en formación para su incorporación a la empresa, colaboración con la persona responsable de la tutoría dual de la empresa para la adquisición de resultados de aprendizaje previstos, entre otras.
e) Se han descrito las funciones de la persona responsable de la tutoría dual de la empresa u organismo equiparado: identificación de los resultados de aprendizaje del plan de formación que se realizará en la empresa, acogimiento de la persona o personas en formación, coordinación con el personal formador y/o personal experto de las personas en formación, en caso de ser diferentes la persona que tutoriza en la empresa.
f) Se han especificado las acciones del equipo docente, (concreción del currículo, planes individualizados, distribución de los resultados de aprendizaje, asistencia durante la formación, adaptación metodológica y de recursos, entre otros), considerando el entorno de trabajo.
g) Se han fomentado actitudes relacionadas con el compromiso, la coordinación sistemática y la corresponsabilidad.
h) Se han tenido en cuenta las características de las personas en formación con necesidades de apoyo educativo y de las que presentan dificultades formativas y/o de inserción laboral durante el desarrollo de las acciones formativas.
i) Se han discriminado las diferentes modalidades de impartición de las acciones formativas (presenciales, semipresenciales o virtuales), analizando previamente el perfil de las personas destinatarias y sus necesidades formativo-profesionales.
j) Se ha valorado la necesidad de revisar y actualizar de forma sistemática las acciones formativas incluidas en la programación didáctica, para garantizar la calidad de los procedimientos.
4. Diseña la programación didáctica de acciones formativas de los grados A (Acreditación parcial de la competencia), B (Certificado de competencia) y C (Certificados Profesionales), teniendo en cuenta los elementos que la componen.
Criterios de evaluación:
a) Se ha comprendido la finalidad de la programación didáctica en el desarrollo de acciones formativas de los grados A, B y C.
b) Se han analizado las condiciones previas y necesidades de las personas destinatarias teniendo en cuenta posibles dificultades específicas de aprendizaje o la pertenencia a colectivos en situación de vulnerabilidad.
c) Se ha tenido en cuenta la realidad social de los centros del Sistema de Formación Profesional y de las empresas u organismos equiparados, así como el entorno productivo en el que están ubicados.
d) Se han identificado los elementos de la programación didáctica (competencia general y específicas del perfil profesional, resultados de aprendizaje, criterios de evaluación, contenidos, temporalización, metodología didáctica, procedimientos de evaluación, medidas de atención a la diversidad, entre otros), adaptándolos según la modalidad de impartición presencial, semipresencial y virtual.
e) Se han descrito los objetivos y contenidos formativo-profesionales que permiten alcanzar los criterios de evaluación y los resultados de aprendizaje establecidos.
f) Se han llevado a cabo actividades de enseñanza-aprendizaje, en función de los criterios de evaluación y resultados de aprendizaje establecidos.
g) Se han planificado metodologías con un enfoque constructivista, integrador y competencial, donde prime el «saber hacer» y el desarrollo de competencias profesionales y para la empleabilidad.
h) Se han detallado los espacios, recursos didácticos y materiales para el desarrollo de las acciones formativas, en función de la modalidad impartida.
i) Se han determinado los procedimientos, instrumentos de evaluación y momentos de evaluación asociados a metodologías de aprendizaje interactivas y dinámicas.
j) Se ha procedido a la revisión, evaluación y corrección de la programación didáctica, siempre que se estime oportuno durante el desarrollo de la misma.
5. Temporaliza la programación didáctica de las acciones formativas, secuenciando los contenidos y actividades desarrolladas en las unidades de trabajo/didácticas previstas.
Criterios de evaluación:
a) Se han distribuido los contenidos y actividades secuencialmente según la duración y horario de la acción formativa, adaptándolos a las necesidades formativas detectadas y al perfil de las personas destinatarias.
b) Se han analizado las características, condiciones ambientales, espacios y medios utilizados, garantizando la adecuada secuenciación de las acciones formativas a desarrollar.
c) Se han secuenciado bloques formativos, aplicando metodologías ajustadas a las acciones formativas.
d) Se ha estructurado una guía diferenciada para las personas destinatarias de la formación, en función de la modalidad impartida.
e) Se han tenido en cuenta para la secuenciación del guion didáctico los contenidos, las actividades de enseñanza-aprendizaje, las estrategias y recursos metodológicos, los objetivos y la evaluación, entre otros.
f) Se ha revisado la planificación de las acciones formativas de forma continua y ajustada en cada paso del proceso, aplicándose posibles modificaciones en caso necesario.
g) Se ha acudido a diversas fuentes bibliográficas, recursos documentales y/o digitales para la elaboración de las acciones formativas, cumpliéndose la normativa en materia de protección de datos.
Módulo Profesional: Gestión de materiales, medios y recursos didácticos de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
Duración: 90 horas.
Código:1706.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
1. Selecciona materiales medios y recursos didácticos, aplicándolos en las distintas acciones formativas.
Criterios de evaluación:
a) Se han caracterizado los materiales, medios y recursos didácticos de las acciones formativas, en función de la modalidad y entorno profesional.
b) Se han establecido las diferencias entre medios y recursos didácticos (según sus características, normas de utilización, posibilidades formativas, entre otros), considerando los tipos del material existentes (material impreso y audiovisual, entre otros), así como el perfil de las personas destinatarias.
c) Se han identificado las posibilidades didácticas de los distintos medios y recursos gráficos en función de las características de la acción formativa y las necesidades del alumnado.
d) Se han diferenciado fuentes y/o recursos actualizados y significativos, en función de la modalidad de impartición y los objetivos programados.
e) Se ha identificado y examinado la legislación vigente sobre la propiedad intelectual, aplicándola a la selección de materiales, medios y recursos didácticos.
f) Se ha analizado el contenido a transmitir (características, nivel de complejidad, dificultad de asimilación, cantidad de información, entre otros), teniendo en cuenta los materiales, medios y recursos didácticos seleccionados.
g) Se han determinado los materiales para el desarrollo de una acción formativa programada, atendiendo a las condiciones y recursos del entorno donde se desarrolla, y el sector productivo al que se dirige.
h) Se han identificado los materiales, medios y recursos didácticos necesarios para llevar a cabo la formación en empresas u organismos equiparados, considerando el programa formativo.
i) Se han dispuesto de los recursos relacionados con las tecnologías digitales teniendo en cuenta las acciones formativas a las que se dirige.
j) Se ha valorado la utilización de materiales, medios y recursos didácticos, considerando el concepto de desarrollo sostenible, así como los retos ambientales y sociales a los que se enfrenta la sociedad.
k) Se ha considerado la igualdad de trato, evitando discriminaciones, directas o indirectas, por razón de sexo en la selección de materiales, medios y recursos didácticos.
2. Diseña materiales y recursos didácticos dirigidos a favorecer la adquisición del aprendizaje, atendiendo a criterios técnicos y metodológicos.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los criterios técnicos y pedagógicos necesarios para la elaboración de materiales y recursos didácticos, considerando las características del medio que sirve de soporte.
b) Se han elaborado los materiales didácticos, adaptándolos a cada módulo profesional (resultados de aprendizaje, criterios de evaluación, contenidos asociados, entre otros) teniendo en cuenta las condiciones ambientales, modalidad de formación y características de las personas destinatarias.
c) Se han seleccionado fuentes y recursos significativos para elaborar materiales gráficos (mapa conceptual, mapa mental, diagrama de Venn, cuadros sinópticos, infografías, entre otros), respetando la normativa aplicable sobre la propiedad intelectual.
d) Se han determinado recursos relacionados con las tecnologías digitales, teniendo en cuenta los efectos que el impacto tecnológico y las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) e Inteligencia Artificial (IA) producen en la formación.
e) Se ha elaborado material multimedia interactivo de calidad, manejando los programas y aplicaciones educativas creadas para este fin.
f) Se han definido propuestas didácticas que incluyan elementos dirigidos a favorecer la motivación del alumnado, atendiendo a criterios pedagógicos y a las características técnicas propias del medio.
g) Se han considerado criterios neurodidácticos y del modelo Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA), entre otros, para la elaboración o adaptación de los materiales, incluyendo elementos que garanticen la motivación y faciliten el aprendizaje de las personas destinatarias de la formación.
h) Se han adaptado materiales didácticos para favorecer el aprendizaje de las personas con necesidades específicas de apoyo educativo.
i) Se han propuesto materiales didácticos necesarios para la realización de la formación en empresas u organismos equiparados, considerando el programa formativo.
j) Se han elaborado materiales didácticos, teniendo en cuenta el concepto de desarrollo sostenible, así como los retos ambientales y sociales a los que se enfrenta la sociedad.
k) Se ha considerado la igualdad de trato, evitando discriminaciones, directas o indirectas, por razón de sexo en la elaboración de materiales, medios y recursos didácticos.
3. Determina y organiza los recursos personales, espacios, instalaciones y distribución temporal, aplicando criterios pedagógicos en las acciones formativas.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los diferentes espacios y tiempos en relación con las acciones formativas planificadas, considerando tanto la formación en el centro de formación profesional como en la empresa u organismo equiparado.
b) Se han analizado los diferentes modelos de agrupamiento de acuerdo con el número de personas participantes, sus características y la programación prevista.
c) Se han previsto los materiales, mobiliario y recursos humanos necesarios, teniendo en cuenta las características de las personas destinatarias y de las acciones formativas planteadas.
d) Se han adaptado materiales, espacios concretos, mobiliario y recursos humanos, garantizando la aplicación del Diseño Universal para todas las personas.
e) Se han creado entornos de aprendizaje seguros, siguiendo la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.
f) Se han establecido conductas de autocuidado por parte del profesorado, personal formador y/o personal experto en el ejercicio de su actividad profesional, considerando especialmente la prevención del «síndrome de Burnout».
4. Utiliza materiales, medios técnicos y recursos audiovisuales y multimedia, según especificaciones técnicas, normas de seguridad y salud ambiental, en función de un contexto de formación.
Criterios de evaluación:
a) Se han dispuesto en el espacio de trabajo los medios y recursos audiovisuales y multimedia, atendiendo a normas de seguridad y salud laboral, y a las características del propio recurso, distribución del alumnado y condiciones ambientales.
b) Se ha utilizado el entorno virtual de enseñanza‐aprendizaje en situaciones de aprendizaje, revisando las actualizaciones de los recursos didácticos para garantizar el aprovechamiento de la acción formativa.
c) Se ha comprobado previamente a su utilización el funcionamiento de los medios, subsanando posibles fallos técnicos con medios alternativos que garanticen la continuidad de la acción formativa.
d) Se han seleccionado medios y recursos audiovisuales y multimedia siguiendo las especificaciones técnicas y las normas de seguridad y salud laboral.
e) Se han analizado manuales de instrucciones de medios técnicos revisando las normas de utilización, mantenimiento y seguridad al emplearlos.
f) Se han aplicado las medidas de prevención de riesgos laborales y medioambientales relacionadas con el uso de recursos audiovisuales y multimedia y de los medios técnicos.
g) Se ha organizado la utilización de los recursos, favoreciendo el uso combinado y/o simultáneo de diferentes recursos audiovisuales y multimedia para una acción formativa.
5. Diseña la evaluación de materiales, medios y recursos didácticos planteados, relacionándola con las actividades formativas.
Criterios de evaluación:
a) Se han planificado estrategias y técnicas de evaluación de materiales, medios y recursos a lo largo del proceso de enseñanza-aprendizaje, que aseguren la calidad de las acciones formativas.
b) Se han diseñado criterios y procedimientos de evaluación de materiales, medios y recursos dentro del marco curricular planteado.
c) Se han establecido indicadores de evaluación en diferentes momentos del proceso formativo que valoren los materiales, medios y recursos (la adecuación de materiales a las actividades planteadas, la organización de medios y espacios, la distribución de tiempos, los recursos humanos, el seguimiento de normas de seguridad, la utilización de medios digitales, entre otros).
d) Se ha tenido en cuenta la motivación y necesidades del alumnado en la valoración de los materiales, medios y recursos utilizados.
e) Se han evaluado los materiales, medios y recursos didácticos, adaptándolos y actualizándolos para futuras acciones formativas.
f) Se ha valorado la importancia de la evaluación de los medios, recursos y materiales a lo largo del proceso, buscando la mejora y calidad en las acciones formativas desarrolladas.
Módulo Profesional: Orientación profesional en los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
Duración: 60 horas.
Código:1707.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
1. Selecciona cauces informativos y estrategias de búsqueda y actualización de la información del entorno profesional y productivo, reflejándolos en la programación de orientación profesional de los grados A, B y C.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las fuentes que ofrecen una visión actualizada del contexto socio‐laboral, analizando las empresas u organismos equiparados del sector productivo y las condiciones y recursos del entorno.
b) Se han determinado las técnicas y estrategias de búsqueda de empleo que permiten mejorar las posibilidades de inserción y reinserción laboral (observatorios de empleo, ofertas de trabajo, redes sociales, empresas del sector, oficinas de empleo, consultorías, entre otras).
c) Se ha reflexionado sobre las actitudes, aptitudes y competencias personales y sociales, requeridas para el desempeño de la actividad profesional.
d) Se ha recopilado información sobre la oferta formativa y el contexto profesional, teniendo en cuenta las personas destinatarias, y en concreto las personas con necesidades educativas o formativas especiales, y/o con especiales dificultades de inserción laboral.
e) Se han seleccionado las empresas u organismos del sector para la elaboración de una guía de recursos de empleo y formación de un contexto profesional determinado.
f) Se han revisado y consultado publicaciones, actividades, seminarios, redes profesionales y foros, entre otros, para la elaboración de una guía de recursos de empleo y formación de un contexto profesional determinado.
g) Se han llevado a cabo acciones de organización, consulta y actualización de la información para la elaboración de una guía de recursos de empleo y formación de un contexto profesional determinado.
2. Determina técnicas específicas en el proceso de información y orientación profesional al alumnado, empresas, organismos e instituciones de manera diferenciada, favoreciendo y facilitando su participación activa.
Criterios de evaluación:
a) Se han definido perfiles profesionales, reconociendo las características del alumnado destinatario de la acción formativa y las posibilidades de inserción y reinserción laboral.
b) Se han analizado las características del alumnado destinatario de la acción formativa (experiencia, expectativas, competencias, intereses y habilidades, entre otras), y en concreto del alumnado con necesidades educativas o formativas especiales, y/o con especiales dificultades de inserción laboral, personalizando su orientación profesional.
c) Se han concretado oportunidades de formación afines al perfil profesional, que mejoren la inserción y reinserción laboral del alumnado destinatario de la acción formativa.
d) Se han establecido medios para favorecer la toma de decisiones que favorezcan la empleabilidad del alumnado destinatario de la acción formativa.
e) Se han identificado las fortalezas, debilidades, amenazas y oportunidades del alumnado destinatario para orientar su inserción profesional.
f) Se han formulado objetivos profesionales para la mejora de la empleabilidad y de las condiciones de inserción y reinserción laboral del alumnado destinatario.
g) Se ha trazado un plan de acción para desarrollar las áreas de mejora y potenciar las fortalezas personales del alumnado destinatario con valor para el empleo y tejido productivo.
h) Se ha identificado el valor de construir una marca personal a través de la adquisición de competencias, habilidades y destrezas, teniendo en cuenta el sector productivo al que se dirige.
i) Se han establecido procedimientos para impulsar la búsqueda activa y responsable de oportunidades laborales por parte del alumnado destinatario de la acción formativa.
3. Asesora al alumnado destinatario de la acción formativa sobre itinerarios formativos, formación profesional y oportunidades de empleo, permitiéndoles la cualificación y recualificación de manera personalizada.
Criterios de evaluación:
a) Se ha recogido información actualizada sobre el empleo, el mercado laboral y los posibles cambios del entorno profesional y tejido productivo.
b) Se han identificado organismos de intermediación laboral que vinculan las necesidades de recursos humanos con las solicitudes de empleo.
c) Se han considerado indicadores personales, profesionales y psicosociales para el diseño del itinerario formativo-profesional del alumnado.
d) Se han analizado itinerarios formativos y profesionales de cada especialidad profesional, considerando las características individuales del alumnado, y en concreto del alumnado con necesidades educativas o formativas especiales, y/o con especiales dificultades de inserción laboral.
e) Se han elaborado itinerarios formativos y profesionales individualizados, en función de la formación previa, la experiencia, los intereses y las características personales y competencias profesionales del alumnado inscrito en una acción formativa.
f) Se ha asesorado al alumnado sobre las ofertas formativas del Sistema de Formación Profesional y las oportunidades de empleo a partir de la identificación de los objetivos personales.
g) Se ha valorado el aprendizaje autónomo del alumnado destinatario, reconociendo su valor profesionalizador.
h) Se han identificado las competencias técnicas, sociales y digitales, así como las habilidades básicas para el aprendizaje permanente, que permitan la actualización de su perfil profesional.
i) Se ha considerado la igualdad de trato, evitando discriminaciones, directas o indirectas por razón de sexo durante el proceso de orientación profesional.
4. Analiza mecanismos que garanticen la calidad de las acciones formativas, diseñando estrategias de innovación educativa, cooperación territorial y actualización profesional.
Criterios de evaluación:
a) Se han examinado los planes anuales de Evaluación de calidad de las acciones formativas, identificando su metodología e indicadores.
b) Se han determinado los parámetros de calidad que miden los procesos y objetivos de la formación, verificando la adecuación de las acciones formativas y de la orientación profesional.
c) Se han identificado necesidades de cambio durante el seguimiento de la acción formativa, incorporando los ajustes necesarios para mejorar la calidad de la formación.
d) Se han propuesto áreas de mejora tras la evaluación de la calidad de una acción formativa, señalando medidas innovadoras para mejorar los resultados.
e) Se han identificado programas o acciones (seminarios, ferias, redes profesionales, entre otros) que complementen la formación técnica y didáctica, favoreciendo la aplicación de procesos innovadores.
f) Se han indicado procedimientos para mantener un contacto permanente con las empresas del sector, actualizando de forma continuada las necesidades del sector productivo.
g) Se han analizado las habilidades necesarias para promover el autoempleo y la iniciativa emprendedora, teniendo en cuenta la innovación, la creación de proyectos, productos, procesos o nuevos negocios en las organizaciones ya existentes.
h) Se ha considerado la participación en programas de movilidad europeos dirigidos a estudiar y trabajar en el extranjero (Proyecto Erasmus+, Suplementos Europass, programas europeos de intercambio para jóvenes emprendedores, intercambios educativos y empresariales, entre otros).
i) Se han valorado las acciones educativas en el exterior y los Programas de Cooperación Territorial cofinanciados por el Fondo Social Europeo que impulsan la orientación y empleabilidad dentro del Sistema de Formación Profesional.
5. Aplica competencias digitales en el proceso de búsqueda de información y orientación profesional, relacionándolo con el sector productivo al que se dirige.
Criterios de evaluación:
a) Se ha analizado el impacto de las tecnologías de la información y la comunicación (en adelante TIC), de la Inteligencia Artificial (IA) y de las redes sociales, entre otras, en los diferentes contextos y perfiles profesionales.
b) Se han considerado las competencias técnicas y digitales como parte imprescindible del perfil profesional.
c) Se ha recopilado información sobre el modo en que el alumnado destinatario puede utilizar las competencias digitales en la búsqueda activa de oportunidades laborales.
d) Se ha analizado la propia imagen digital, considerando la marca o reputación personal y profesional que se proyecta en internet.
e) Se ha considerado la legislación vigente en el tratamiento de la información y la protección de datos personales y derechos digitales, valorando la utilización responsable de las TIC, IA y redes sociales.
f) Se han desarrollado acciones relacionadas con la salud digital en entornos formativo-profesionales, considerando la prevención de posibles adicciones tecnológicas o el uso inadecuado de las tecnologías.
g) Se han concretado técnicas para la búsqueda, creación, modificación, compartición y gestión de contenidos digitales relacionados con el proceso de información y orientación laboral.
h) Se han utilizado plataformas digitales que faciliten la información actualizada y dinámica de la formación académica y profesional.
i) Se ha posibilitado el acceso a herramientas y aplicaciones digitales que contienen datos actualizados sobre la inserción laboral y sobre la evolución de las necesidades de empleo.
6. Caracteriza los retos ambientales y sociales a los que se enfrenta el entorno profesional y productivo, teniendo en cuenta el concepto de desarrollo sostenible en el proceso de información y orientación laboral.
Criterios de evaluación:
a) Se ha descrito el concepto de sostenibilidad, analizando los Objetivos de Desarrollo Sostenible (en adelante ODS).
b) Se han identificado los ODS más relevantes para la actividad profesional y el entorno personal.
c) Se ha analizado el efecto de los impactos ambientales y sociales sobre las personas y el sector productivo, en diferentes contextos de la actividad profesional.
d) Se han establecido criterios de sostenibilidad relacionados con el desempeño profesional y personal.
e) Se han identificado las acciones necesarias para atender algunos de los retos ambientales y sociales desde diferentes contextos de actividad profesional.
f) Se han propuesto medidas encaminadas a minimizar los impactos ambientales y sociales, en diferentes contextos de actividad profesional.
g) Se han definido recursos y acciones innovadoras para promover los ODS y su implementación en los entornos profesionales.
Módulo Profesional: Evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje de los grados A, B y C del Sistema de la Formación Profesional.
Duración: 60 horas.
Código: 1783.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
1. Analiza la normativa vigente sobre la evaluación, aplicándola al proceso de evaluación y calificación de los grados A, B y C del Sistema de la Formación Profesional.
Criterios de evaluación:
a) Se ha reconocido la evaluación del Sistema de la Formación Profesional, tanto en su vertiente macro (adecuación del sistema de evaluación a las demandas sociales y productivas), como micro (promoción de los centros del Sistema de Formación Profesional como organizaciones de calidad y en proceso de mejora permanente).
b) Se ha consultado la normativa vigente a nivel estatal y autonómica valorando su relación con el proceso de evaluación, promoción y titulación dentro del Sistema de Formación Profesional.
c) Se han consultado la documentación organizativa de centro considerando su función en el proceso de evaluación (Proyecto Educativo de Centro, Programación General Anual, Memoria Final, entre otros).
d) Se han diferenciado las características del proceso evaluador de los grados A, B y C, considerando los resultados de aprendizaje y criterios de evaluación recogidos en la normativa vigente.
e) Se ha comprendido la normativa referida a la evaluación de los bloques formativos en los grados A como acreditación parcial de competencia de nivel 1, 2 y 3 cuando sean superados la totalidad de los resultados de aprendizaje, sin calificación numérica.
f) Se han comprendido la normativa de evaluación en los grados B, cuya evaluación final atenderá a la totalidad de los resultados de aprendizaje del módulo profesional, con calificación numérica entre uno y diez sin decimales.
g) Se ha comprendido la normativa de la evaluación en los grados C, cuya evaluación final atenderá a la globalidad de los resultados de aprendizaje de los módulos profesionales, con calificación numérica entre uno y diez sin decimales, considerándose la calificación final como la media aritmética con dos decimales.
h) Se ha considerado el carácter continuo, formativo e integrador de la evaluación, atendiendo a las características de las personas en formación y especialmente de las personas con necesidades específicas de apoyo educativo o formativo.
i) Se ha consultado la legislación relativa a los procedimientos de evaluación, promoción, calificación y recuperación, teniendo en cuenta las posibles convocatorias para aquellas personas en formación con módulos pendientes o en las que no es posible aplicar la evaluación continua.
j) Se ha tenido en cuenta el número de convocatorias para la evaluación, estableciendo diferencias entre los grados A, B y C.
k) Se han revisado los documentos oficiales de evaluación tales como expediente académico, actas de evaluación, informes de evaluación individualizada en los grados C, entre otros.
2. Analiza la finalidad y tipología de la evaluación en el actual Sistema de la Formación Profesional, considerando su adecuación al perfil del alumnado.
Criterios de evaluación:
a) Se ha descrito el concepto de evaluación, diferenciando entre evaluar y calificar.
b) Se ha destacado la función diagnóstica, formativa, sumativa, motivadora y pronostica del proceso evaluador.
c) Se han discriminado entre las distintas modalidades de evaluación en función de la persona evaluadora (autoevaluación, heteroevaluación y coevaluación), del momento (diagnóstica/inicial, continua y final), y de la finalidad (sumativa o formativa), entre otras.
d) Se ha optado por una evaluación objetiva o subjetiva en función de la acción formativa evaluada, condiciones y finalidad perseguida.
e) Se ha identificado a las personas que realizan la evaluación, diferenciando entre el alumnado destinatario de la formación, el profesorado de los centros del Sistema de Formación Profesional, y el personal formador y/o experto de la empresa u organismo equiparado.
f) Se han reconocido modelos de evaluación cuantitativos (comportamientos observables con codificación numérica), cualitativos (descripción e interpretación de los comportamientos observables) y sociocríticos (participación del evaluado en su propio proceso de aprendizaje), entre otros.
g) Se ha respetado el cumplimiento de características técnicas de la evaluación en materia de objetividad, confiabilidad, fiabilidad y validez.
h) Se ha previsto la utilización de instrumentos y técnicas de evaluación en función de los modelos didácticos empleados relacionados con los aprendizajes esperados.
3. Verifica el nivel formativo inicial del alumnado al comienzo de la formación, realizando una evaluación diagnostica o inicial para realizar adaptaciones curriculares en la programación.
Criterios de evaluación:
a) Se han determinado técnicas y procedimientos destinados a la recogida de información inicial atendiendo a criterios de eficacia, objetividad, confiabilidad, fiabilidad y validez, entre otros.
b) Se han seleccionado las técnicas más idóneas para la evaluación inicial en función de las características del alumnado (debates y charlas, pruebas escritas abiertas, cuestionarios, técnicas de dinámica de grupo y brainstorming, entre otras).
c) Se han utilizado instrumentos de evaluación para comprobar el nivel inicial del alumnado relacionado con conocimientos y experiencia laboral o profesional previa, necesidades e intereses, grado de motivación, habilidades personales y posibles dificultades en el aprendizaje, entre otros.
d) Se han usado instrumentos de evaluación inicial adaptados a las diferentes situaciones de aprendizaje que incluyan criterios para la detección de dificultades específicas del aprendizaje.
e) Se ha adaptado la programación didáctica, ajustando los objetivos y contenidos, según los resultados obtenidos en la evaluación diagnóstica/inicial.
f) Se han tenido en cuenta los resultados de la evaluación diagnóstica/inicial para establecer el ritmo y nivel de aprendizaje de partida que guíe el proceso de enseñanza-aprendizaje.
g) Se ha elaborado una ficha individualizada de registro que contenga información previa de la evaluación inicial y otros aspectos significativos del seguimiento formativo del alumnado.
4. Analiza pruebas e instrumentos de evaluación en acciones formativas atendiendo a las diferentes modalidades de formación, ya sea presencial, semipresencial y virtual.
Criterios de evaluación:
a) Se han seleccionado herramientas e instrumentos de evaluación, atendiendo a criterios de validez, fiabilidad, equidad, rigor técnico y adecuación a la finalidad, entre otros.
b) Se han escogido las pruebas de evaluación, atendiendo al nivel de aprendizaje adquirido simple o complejo referenciado, en la taxonomía de Bloom, entre otros.
c) Se han detallado los diferentes ítems (evocación, verdadero o falso, selección, reconocimiento y correspondencia, entre otros), así como, sus normas de aplicación y corrección para la evaluación de aprendizajes simples.
d) Se han detallado las normas de aplicación y corrección de las pruebas de evaluación de aprendizajes complejos, tales como preguntas abiertas, pruebas orales, ejercicios interpretativos, pruebas de ensayo, trabajos de investigación, entre otras.
e) Se han utilizado técnicas cuantitativas (cuestionarios, lista de cotejo, conteo, hoja de registro, entre otras) y cualitativas (observación, entrevista, análisis de contenidos, diarios, entre otras), para evaluar las acciones formativas.
f) Se han desarrollado los pasos a seguir en la elaboración de una prueba objetiva y su tabla de especificaciones, comprobándose su adecuación a los objetivos propuestos en la programación didáctica.
g) Se han expresado con claridad las normas de aplicación, corrección y calificación de las pruebas prácticas, cumpliendo con los criterios técnicos.
h) Se han identificado y seleccionado los instrumentos de evaluación para cada prueba práctica, asociándolos a los contenidos impartidos en diferentes modalidades.
i) Se han manejado instrumentos para la recogida de evidencias en la acreditación del estándar de competencia: dictamen de valoración de evidencias, plan individualizado, registro de actividades de evaluación, acta de valoración, acta final, informe de evaluación, entre otros.
5. Implementa técnicas y/o metodologías de evaluación continua a lo largo del periodo formativo, corroborando el nivel de aprendizaje de las personas en formación.
Criterios de evaluación:
a) Se han seleccionado técnicas para la evaluación continua del alumnado tales como la observación directa, cuadernos de seguimiento, pruebas orales o escritas, exposiciones, dosieres, rúbricas, entre otras.
b) Se ha analizado el nivel de conocimientos que va adquiriendo el alumnado, valorando posibles propuestas de mejora durante el proceso de aprendizaje.
c) Se han realizado actividades y pruebas evaluables de forma periódica, permitiendo la asimilación y desarrollo progresivo de los aprendizajes adquiridos.
d) Se han identificado criterios e indicadores de evaluación que permitan la valoración de los aprendizajes durante la evaluación continua.
e) Se ha elaborado el plan de seguimiento en función de los objetivos programados, considerando posibles dificultades para garantizar la calidad de la evaluación.
f) Se han aplicado metodologías activas, colaborativas e innovadoras, favoreciendo la participación del alumnado durante el proceso de la evaluación continua.
g) Se ha reportado feedback individual del progreso de aprendizaje a la persona en formación por parte de la persona que tutoriza en centros del Sistema de Formación Profesional y de la persona que tutoriza en empresa u organismo equiparado.
h) Se han realizado adaptaciones metodológicas y de recursos a personas con necesidades de apoyo educativo o formativo, comprobando la adquisición de resultados de aprendizaje durante el proceso de evaluación continua.
6. Determina procedimientos y pruebas de evaluación final que verifique el nivel de aprendizaje alcanzado por el alumnado, mediante la selección de indicadores de evaluación.
Criterios de evaluación:
a) Se ha seguido el procedimiento para la evaluación y autoevaluación final de las acciones formativas del alumnado mediante la aplicación de diferentes pruebas de evaluación (debates finales, cuestionarios escritos, escalas de autovaloración, entrevistas personales, entre otras).
b) Se ha analizado el contexto de la programación, adecuándose a las características de los centros del Sistema de la Formación Profesional, de la empresa u organismo equiparado y del grupo de personas en formación.
c) Se he procedido al análisis de la consecución de objetivos, la adquisición de competencias teórico-prácticas y la progresión académica del alumnado.
d) Se ha previsto la evaluación final del alumnado de forma coordinada entre de la persona que tutoriza en los centros del Sistema de Formación Profesional y la persona que tutoriza en la empresa u organismo equiparado, según el plan de formación establecido.
e) Se han seleccionado diferentes indicadores de evaluación en relación a la acción formativa (los elementos de la programación, instalaciones y medios disponibles, metodologías utilizadas, entre otros), con la finalidad de realizar propuestas de mejora de acciones formativas futuras.
f) Se han utilizado indicadores de evaluación claros y objetivos en función de los criterios de evaluación, garantizando el cumplimiento de los objetivos planteados.
g) Se han aplicado pruebas de evaluación teórico-prácticas para verificar la adquisición de competencias asociadas a resultados de aprendizaje.
h) Se han utilizado diferentes instrumentos de evaluación y calificación (pruebas evaluativas, rúbricas, listas de control, escalas verbales, graduadas, numéricas, entre otros).
i) Se ha previsto la adaptación de los instrumentos de evaluación y calificación y el tipo de pruebas evaluativas en los casos de necesidades específicas de apoyo educativo o dificultades formativas.
j) Se han considerado las diferentes modalidades de impartición (presencial, semipresencial y virtual), en el proceso de evaluación.
k) Se ha procedido a la conservación y almacenaje de las pruebas de evaluación final, atendiendo a posibles reclamaciones futuras.
l) Se ha informado de los resultados obtenidos en la formación dual por los cauces oficiales reflejados en documentos individualizados de seguimiento.
m) Se han tenido en cuenta procedimientos de evaluación (ordinaria/extraordinaria) y de recuperación final para alumnado con pérdida de la evaluación continua, estableciéndose los criterios para la recuperación.
7. Programa la evaluación de la práctica docente del profesorado, personas formadoras y/o expertas, analizando los resultados obtenidos para mejorar la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje.
Criterios de evaluación:
a) Se han desarrollado los elementos de la programación didáctica, cumpliéndose la finalidad para la que fueron diseñados inicialmente.
b) Se ha verificado que los contenidos y acciones formativas han seguido la secuenciación y temporalización establecida.
c) Se ha evaluado la utilidad de las acciones formativas ajustadas al currículo, a la realidad social y a las demandas del tejido productivo.
d) Se ha valorado la idoneidad de los procedimientos, metodologías y recursos empleados por el profesorado, personal formador y/o personal experto.
e) Se ha reflexionado sobre el procedimiento de evaluación empleado, valorando los criterios de pertinencia, eficacia, eficiencia, impacto social y sostenibilidad.
f) Se han aplicado los indicadores de la práctica docente relacionados con la atención a la diversidad del alumnado.
g) Se ha tenido en cuenta la participación y opinión del alumnado en los procesos de aprendizaje dentro de las acciones formativas.
h) Se ha respetado una estructura coherente y lógica durante todo el proceso de enseñanza por parte del profesorado, personal formador y/o personal experto.
i) Se han analizado las actitudes y habilidades docentes necesarias en la praxis del profesorado, personal formador y/o personal experto.
j) Se ha valorado la competencia digital del profesorado, personal formador y/o personal experto puesta al servicio de los procesos de enseñanza-aprendizaje como mecanismo innovador e interactivo de la era actual.
k) Se han analizado las actividades de refuerzo y ampliación desarrolladas en los procesos de las acciones formativas.
l) Se ha comprobado la utilidad, pertinencia y tratamiento de la información que ha realizado el profesorado, personal formador y/o experto, recogida en los documentos oficiales de evaluación.
m) Se han estimado como favorables actitudes relacionadas con el bienestar del alumnado, su integración, motivación y participación activa en el contexto formativo.
n) Se ha debatido sobre la importancia de implementar acciones formativas de calidad e innovación educativa en constante actualización que favorezcan la práctica docente del profesorado, personal formador y/o personal experto.
Módulo Profesional: Procesos para impartir acciones formativas de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
Duración: 90 horas.
Código: 1784.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
1. Desarrolla estrategias facilitadoras del proceso de aprendizaje, propiciando condiciones favorables previas a las acciones formativas.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los principios y factores que intervienen en el proceso de enseñanza-aprendizaje, atendiendo al perfil de las personas en formación.
b) Se ha informado previamente al alumnado sobre la estructura y elementos del programa concretados en el plan de formación.
c) Se ha descrito el proceso de enseñanza-aprendizaje como progresivo, dinámico y transformador, donde la enseñanza y el aprendizaje se relacionan bidireccionalmente.
d) Se han reconocido los elementos que caracterizan al proceso de enseñanza-aprendizaje (contenido, metodología, personas destinatarias de la formación, interacciones y contexto, entre otros).
e) Se han aplicado procedimientos de identificación inicial de necesidades formativas, experiencia profesional y conocimientos previos que orienten las prácticas profesionales y los itinerarios formativos en un contexto determinado.
f) Se han comprobado las condiciones ambientales, materiales y tecnológicas para el adecuado ajuste de las acciones a desarrollar en el plan formativo.
g) Se ha generado un clima integrador entre las personas receptoras de la formación, fomentado la participación, implicación y colaboración durante el desarrollo de las acciones formativas.
h) Se ha reflexionado sobre la necesidad de vincular la finalidad de las acciones formativas con las demandas de la realidad del tejido productivo.
2. Genera canales de cohesión y participación activa entre el alumnado mediante diferentes actuaciones y orientaciones que permitan el adecuado desarrollo del Plan Formativo.
Criterios de evaluación:
a) Se han discriminado las principales características del aprendizaje en grupo, identificando sus fases (formación, conflicto, normalización, desempeño y finalización o disolución).
b) Se han aplicado diferentes tipos de técnicas grupales (iniciación grupal, producción grupal, medición y evaluación grupal, cohesión grupal, entre otras), adaptándolas en el alumnado con dificultades de aprendizaje.
c) Se ha propuesto el desarrollo de dinámicas de grupo, fomentando la creatividad, cohesión entre las personas integrantes, la resolución de conflictos y toma de decisiones, entre otras.
d) Se han tenido en cuenta criterios motivadores y participativos en la elaboración de actividades de aprendizaje individuales y grupales vinculadas a la realidad de las demandas del tejido formativo-productivo.
e) Se han facilitado instrucciones concisas sobre las actividades y objetivos de aprendizaje esperados, con el propósito de orientar las acciones formativas.
f) Se han llevado a cabo actividades de aprendizaje grupal desde la colaboración y participación, buscando la reflexión grupal de las acciones formativas.
g) Se han canalizado procedimientos para potenciar el diálogo abierto con la intención de ajustar y ofrecer alternativas a incidencias y/o conflictos que surjan durante el proceso formativo.
h) Se han definido métodos e instrumentos de seguimiento de las actividades de aprendizaje, sujetas a revisiones sistemáticas, permitiendo la corrección de desviaciones observadas en los resultados obtenidos.
3. Selecciona técnicas de comunicación, favoreciendo el buen clima y la relación entre las personas destinatarias a lo largo del desarrollo de las acciones formativas.
Criterios de evaluación:
a) Se han reconocido los elementos que definen la comunicación en un contexto formativo-profesional, tales como emisor, mensaje, código, contenido, canal, barreras de la comunicación, entre otros.
b) Se han definido las etapas del proceso de comunicación (percepción sensorial de los aprendizajes, interpretación-decodificación, entre otras).
c) Se han reconocido los tipos de comunicación utilizados en las acciones formativas, tales como, comunicación verbal, comunicación no verbal, comunicación sincrónica, comunicación asincrónica, comunicación digital, entre otros.
d) Se ha valorado el desarrollo de conductas comunicativas efectivas para la gestión del grupo-clase, tales como el saber escuchar y responder, ser pacientes, animar a la participación, respetar las aportaciones e intereses de los integrantes, promover actitudes empáticas, entre otras.
e) Se han identificado las barreras que interfieren en el proceso de comunicación (psicológicas, fisiológicas, semánticas, tecnológicas, entre otras).
f) Se han definido espacios y diferentes canales de comunicación formal e informal con el alumnado, según la modalidad de impartición (presencial, semipresencial o virtual) y los momentos de realización de las acciones formativas.
g) Se han establecido adecuados procedimientos de interacción y comunicación bidireccional entre el profesorado, personal formador y/o personal experto y el alumnado, como entre personas destinatarias de la acción formativa.
4. Analiza estrategias metodológicas, utilizándolas en acciones formativas que permitan la comprobación de resultados de aprendizaje y competencias profesionales adquiridos por la persona en formación.
Criterios de evaluación:
a) Se han revisado las características, ventajas y desventajas de los distintos métodos de aprendizaje (aprendizaje basado en proyectos, aprendizaje basado en problemas, aprendizaje cooperativo, estudio de casos, gamificación educativa, entre otros).
b) Se han empleado metodologías activas basadas en los principios de comunicación, actividad, individualización, socialización, creatividad, apertura, entre otras, para la conducción del grupo-clase.
c) Se han discriminado distintos métodos de enseñanza, teniendo en cuenta aspectos como los resultados de aprendizaje, los objetivos, el número y las características del grupo, los recursos, las horas de preparación disponibles, entre otros.
d) Se han identificado los elementos de una sesión formativa (personas destinatarias de la formación, profesorado, personal formador y/o personal experto, contenido a impartir, metodología utilizada, contexto formativo, momento y lugar en que se desarrolla, entre otros).
e) Se ha valorado la utilización de estímulos innovadores, atractivos y cambiantes a lo largo del plan formativo, favoreciendo la adquisición de competencias profesionales y resultados de aprendizaje.
f) Se han previsto procedimientos de refuerzo y feedback de las acciones formativas desarrolladas a lo largo del plan formativo, atendiendo a las necesidades de las personas destinatarias de la formación.
g) Se han favorecido estrategias para potenciar la participación e interacción entre el alumnado, así como la comunicación entre profesorado, personal formador y/o personal experto y alumnado.
h) Se ha descrito la simulación docente (microenseñanza y autoscopia) para el seguimiento, corrección y perfeccionamiento de las acciones formativas, así como para la verificación sistemática de las competencias adquiridas.
i) Se ha empleado la técnica de microenseñanza que facilita la transición de la teoría a situaciones de enseñanza reales mediante la repetición y evaluación sistemática de una misma acción formativa.
j) Se ha empleado la técnica de la autoscopia (auto-observación y hetero-observación), permitiendo la corrección de posibles deficiencias y favoreciendo la reflexión sobre los puntos fuertes y débiles de las acciones formativas desarrolladas.
5. Reconoce aspectos psicopedagógicos que interceden en las acciones formativas, analizando aquellos que contribuyen a la adquisición de competencias profesionales y resultados de aprendizaje.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado los activadores del aprendizaje que contribuyen a la adquisición de competencias profesionales y resultados de aprendizaje, tales como la percepción, atención, memoria, razonamiento, entre otros.
b) Se ha diferenciado entre la motivación que surge de la persona destinataria de la formación (intrínseca), de aquella que se obtiene mediante recompensas externas (extrínseca).
c) Se han identificado estrategias favorecedoras de la motivación, tales como otorgar responsabilidad de su aprendizaje, permitir el desarrollo personal, fomentar la participación y posibilidades de éxito, reforzar los logros conseguidos, entre otras.
d) Se han discriminado entre los diferentes tipos de aprendizaje (activista, reflexivo, teórico, pragmático, entre otros); así como las fases que lo definen (reflexión/observación, conceptualización, planificación activa y experiencia concreta, entre otras).
e) Se han escogido las estrategias metodológicas grupales que mejor se ajustan a las acciones formativas desarrolladas.
f) Se han reconocido las habilidades docentes necesarias para la impartición de acciones formativas, tales como habilidades generales, habilidades competenciales, habilidades de apoyo docente, habilidades digitales, entre otras.
g) Se ha analizado el impacto que los diferentes estilos de enseñanza (autoritario, negligente, permisivo y asertivo-democrático) tienen en la adquisición de las competencias profesionales y resultados de aprendizaje.
h) Se ha reflexionado sobre las diferencias existentes entre los estilos didácticos/formativos empleados por el profesorado, personal formador y/o personal experto (técnico, práctico o crítico).
i) Se han puesto en valor habilidades docentes tales como la comunicación efectiva, la adaptación y flexibilidad, la empatía, la creatividad, el liderazgo positivo y la competencia digital, entre otras.
6. Determina instrumentos y procedimientos en el proceso de aprendizaje, supervisándolos mediante estrategias personalizadas de atención y ayuda a la persona en formación.
Criterios de evaluación:
a) Se han establecido las condiciones y seleccionado los instrumentos pertinentes para la verificación de los aprendizajes adquiridos en función de la modalidad de impartición (presencial, semipresencial o virtual).
b) Se han identificado las características y tipología de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y/o formativo, individualizando en cada caso la atención y ayuda prestada durante el proceso de aprendizaje.
c) Se ha elaborado un cronograma de actividades de aprendizaje adaptado a las necesidades de cada persona destinataria, favoreciendo la autonomía y el sentido de la responsabilidad.
d) Se han desarrollado procedimientos para atender y potenciar las capacidades individuales del alumnado destinatario de la formación, promoviendo la autonomía en la toma de decisiones.
e) Se han llevado a cabo estrategias metodológicas diferenciadas en el alumnado que presenta dificultades durante el proceso formativo.
f) Se han establecido cauces de comunicación de carácter sistemático y personalizado, ofreciendo feedback sobre el progreso, refuerzo o reconducción del proceso de aprendizaje.
g) Se han mantenido tutorías tanto individuales como grupales durante el proceso de supervisión del aprendizaje del alumnado.
h) Se ha implementado un procedimiento de actuación para el alumnado que presenta inadaptación al grupo o problemas de conducta que interfieran en su aprendizaje y al clima de convivencia del grupo.
i) Se han valorado las habilidades docentes específicas en la gestión de situaciones complejas con alumnado conflictivo.
j) Se han administrado cuestionarios de satisfacción que verifiquen mediante la autoevaluación y heteroevaluación los conocimientos, resultados de aprendizaje y competencias profesionales adquiridas.
Módulo Profesional: Acción tutorial de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
Duración: 60 horas.
Código: 1785.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
1. Determina las condiciones y requisitos iniciales de una acción formativa en modalidad presencial, semipresencial y virtual, considerando la legislación vigente.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las características generales de la formación en función del régimen (general o intensivo), y la modalidad en que se imparten.
b) Se han considerado los requisitos de los centros para impartir formación profesional según modalidad, ya sea presencial, semipresencial y virtual.
c) Se han considerado los espacios, equipamientos, recursos, equipos docentes y ratios, entre otros, que garanticen la calidad de la acción formativa.
d) Se ha verificado que la modalidad formativa responda a las características, necesidades y perfiles del alumnado matriculado, en concreto a aquellos que presenten necesidades educativas específicas, especiales dificultades formativas o de inserción laboral, personal militar, personal en situación de privación de libertad, entre otros.
e) Se han concretado los requisitos de las modalidades presencial, virtual y semipresencial, definiendo las características y organización.
f) Se ha considerado la organización de la formación dual, teniendo en cuenta los criterios de exención del periodo de formación en empresa establecidos, así como la modalidad de impartición de la acción formativa.
g) Se ha reconocido el proceso de acreditación de competencias profesionales, como forma de obtención de una titulación, certificado o acreditación de formación profesional por parte del alumnado.
2. Reconoce la figura de la persona que tutoriza del centro del Sistema de Formación Profesional, empresa u organismo equiparado, asesorando, tutorizando e informando al alumnado durante el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje en función de la modalidad formativa.
Criterios de evaluación:
a) Se han determinado las funciones del personal de tutoría del centro del Sistema de Formación Profesional y empresa u organismo equiparado en el desarrollo de la acción formativa.
b) Se ha definido la información que se ofrecerá al alumnado sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje (programa de formación, metodología, actividades formativas, procedimientos de evaluación, entre otros).
c) Se ha establecido el plan de formación individual, considerando las necesidades, intereses y características del alumnado, así como su aproximación a situaciones reales de trabajo.
d) Se han seleccionado técnicas, estrategias didácticas, recursos y materiales que permitan la trasmisión de los contenidos a trabajar.
e) Se han propuesto actividades de aprendizaje con instrucciones claras y criterios de ejecución bien definidos.
f) Se han utilizado técnicas de dinamización que motiven la implicación y participación del grupo en el desarrollo de la acción formativa.
g) Se han canalizado las incidencias y conflictos, favoreciendo actitudes de responsabilidad grupal.
h) Se ha previsto el seguimiento individualizado del proceso de aprendizaje de forma sistemática, favoreciendo la autonomía y la toma de decisiones.
i) Se ha propuesto una metodología apropiada a la modalidad de impartición, considerando el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad del Diseño Universal de Aprendizaje, y el seguimiento del proceso individual de aprendizaje.
j) Se ha considerado la igualdad, evitando discriminaciones, directas o indirectas, por razón de sexo a lo largo de la tutorización del alumnado.
3. Establece técnicas de tutorización de acciones formativas presenciales, semipresenciales y virtuales, utilizando herramientas específicas que permitan el seguimiento del proceso de aprendizaje del alumnado.
Criterios de evaluación:
a) Se han determinado las funciones, habilidades y competencias del personal tutor, considerando la modalidad, régimen y resultado/s de aprendizaje, módulo/s a impartir.
b) Se ha comprobado la accesibilidad del alumnado a los manuales, guías, materiales y recursos de la plataforma virtual, garantizando la atención tutorial y el seguimiento sistemático, continuo y de calidad.
c) Se ha redactado la guía del alumnado como paso previo al inicio de la acción formativa, dando a conocer la programación para facilitar el seguimiento de la acción formativa (organización, fechas de actividades síncronas y asíncronas, tutorías y exámenes presenciales, entre otros).
d) Se han establecido métodos, estrategias y herramientas tutoriales, según el perfil del alumnado, atendiendo especialmente al alumnado con necesidades específicas o con especiales dificultades formativas o de inserción laboral.
e) Se ha verificado el funcionamiento de la plataforma virtual, confirmando que los enlaces a vídeos y documentos puedan ser visualizados y que los contenidos de la acción formativa estén actualizados.
f) Se han establecido los procedimientos para dar conocer la programación de la formación y su organización, a través de la utilización y manejo de la plataforma.
g) Se ha concretado el calendario de horas presenciales o en línea de tutorías individuales y de tutorías colectivas para el alumnado, atendiendo a los objetivos y metodología previstos inicialmente en el plan formativo.
4. Determina estrategias didácticas de las acciones formativas presenciales, semipresenciales y virtuales, seleccionando técnicas de comunicación que favorezcan la participación del alumnado.
Criterios de evaluación:
a) Se ha dado a conocer al alumnado la forma en que se realizará el seguimiento del proceso de aprendizaje, informando de las fechas y de la forma de entrega de actividades y tareas.
b) Se han determinado las actividades y trabajos que deben ser realizados a lo largo de la acción formativa, en función de la forma de conexión (sincrónica o asincrónica).
c) Se ha determinado cómo debe realizarse la participación en las herramientas de comunicación (chat, foros, entre otros), favoreciendo las aportaciones del alumnado a través de este medio.
d) Se han establecido canales para la resolución de dudas, atendiendo a la evolución del alumnado a lo largo de la acción formativa.
e) Se han realizado tutorías individuales y grupales propuestas (presenciales o en línea), utilizando habilidades docentes que faciliten el seguimiento de la acción formativa.
f) Se ha informado sobre el procedimiento, fechas, espacios, entre otros, para la asistencia a la realización de la prueba de evaluación final presencial en la modalidad virtual y semipresencial.
g) Se ha trasmitido la información de forma clara, ordenada y precisa, favoreciendo la motivación y la autorregulación del alumnado en el proceso de aprendizaje.
5. Establece las condiciones para el desarrollo de acciones de la formación dual en modalidad presencial, semipresencial y virtual, asesorando al alumnado, en coordinación con el personal de tutoría de la empresa u organismo equiparado.
Criterios de evaluación:
a) Se han definido las finalidades de la fase de formación en la empresa u organismo equiparado, así como los compromisos y derechos de las partes implicadas (empresa u organismo equiparado, persona en formación y centro del Sistema de Formación Profesional).
b) Se ha organizado la formación dual, tanto en régimen general como intensivo, considerando la realización de convenios de cooperación con las empresas.
c) Se ha valorado la necesidad de la adquisición de habilidades y competencias vinculadas a entornos reales de trabajo, teniendo en cuenta las características del contexto, de cada centro y de las empresas correspondientes.
d) Se han previsto los programas de formación individualizados en función de las necesidades y perfil de los destinatarios en formación.
e) Se han distribuido las actividades formativas entre el centro de formación y la empresa, garantizando las condiciones que faciliten su desarrollo.
f) Se ha informado al alumnado del procedimiento de formación en empresa, (duración, características, criterios de adjudicación de empresa, entre otros), considerando el régimen y la modalidad de la acción formativa.
g) Se han considerado los requisitos previos que debe cumplir el alumnado para iniciar la formación en empresa u organismo equiparado (edad, competencias en materia de prevención de riesgos laborales, entre otros).
h) Se ha concretado el procedimiento para la supervisión de la persona en formación durante los periodos de formación en la empresa u organismo equiparado, teniendo en cuenta la coordinación de la persona que tutoriza en centro del Sistema de Formación Profesional con la persona responsable de la tutoría dual de empresa u organismo equiparado.
i) Se ha procurado la consecución de los resultados de aprendizaje, tanto por parte del centro de Sistema de Formación Profesional como por parte de la empresa u organismo equiparado, organizando la coordinación entre de la persona que tutoriza responsable del módulo profesional y la persona responsable de la tutoría dual de la empresa u organismo equiparado.
j) Se ha realizado la evaluación y calificación de cada módulo profesional, teniendo en cuenta el informe de la empresa u organismo equiparado en referencia a la adquisición de los resultados de aprendizaje y la valoración de las competencias profesionales y para la empleabilidad, entre otros.
6. Define los requisitos de superación de la acción formativa en modalidad presencial, semipresencial y virtual, comunicando la valoración del progreso al alumnado destinatario.
Criterios de evaluación:
a) Se han previsto los requisitos de superación de la acción formativa, comunicándolo inicialmente al alumnado.
b) Se han definido los instrumentos y procedimientos de evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje, considerando la modalidad de impartición.
c) Se ha previsto la elaboración de una evaluación inicial, valorando sus conocimientos, necesidades e intereses, experiencia laboral previa, entre otros.
d) Se han comunicado los requisitos mínimos para presentarse a la prueba de evaluación final, considerando la modalidad de impartición (superación de las actividades de aprendizaje, la asistencia, entre otras).
e) Se ha asesorado de manera individual al alumnado sobre la evolución de su aprendizaje y los criterios de evaluación superados, valorando posibles propuestas de mejora.
f) Se ha informado de los resultados obtenidos en la formación dual, utilizando los cauces oficiales reflejados en documentos individualizados de seguimiento.
g) Se ha recogido la información necesaria para la valoración de la propia actividad docente (acción tutorial, contenido, comunicación, disponibilidad de herramientas y recursos, entre otros), proponiendo mejoras en futuras acciones formativas.
Módulo profesional: Competencia digital para la práctica docente.
Duración: 30 horas.
Código: 1786.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
1. Utiliza las competencias digitales en los procesos de enseñanza-aprendizaje, favoreciendo el desempeño del ejercicio profesional de los docentes, el bienestar del alumnado, la participación en el centro, la colaboración con las familias y la acción responsable en el entorno, entre otros.
Criterios de evaluación:
a) Se han utilizado estrategias de comunicación organizativa entre los agentes de la comunidad educativa (alumnado, familias, instituciones colaboradoras, entre otros), contribuyendo a su mejora y a la proyección de la imagen institucional del centro a través de su página web, entornos virtuales de aprendizaje, redes sociales, entre otras.
b) Se han empleado tecnologías digitales corporativas, plataformas o servicios de comunicación establecidos, recogiendo información de forma individual y colectiva (aspectos organizativos, gestión académica, tutorías, entre otros).
c) Se han aplicado las normas básicas de la etiqueta digital en las comunicaciones establecidas a través de tecnologías digitales, tales como correo electrónico, foros, chat, sistemas de videoconferencia, entre otros.
d) Se ha participado en los órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente del centro, utilizando medios digitales en su relación con los integrantes de los equipos docentes, con los servicios de orientación y con instituciones del entorno, entre otros.
e) Se ha reflexionado sobre la práctica pedagógica digital que se desarrolla en el aula y el centro, identificando mejoras en la utilización de tecnologías en la educación a través de la investigación-acción.
f) Se han integrado nuevos conocimientos sobre los medios digitales y tecnológicos en situaciones de formación presencial, semipresencial o mediante tecnologías digitales en entornos virtuales, desarrollando la competencia digital profesional de forma continuada.
g) Se han utilizado las tecnologías digitales de manera responsable, segura y saludable, garantizando los derechos digitales de todos los miembros de la comunidad educativa contemplados en la normativa vigente.
h) Se ha investigado el impacto de la práctica reflexiva en la mejora del desempeño docente, contribuyendo en los procesos de mejora a otros docentes de su equipo.
2. Selecciona información, datos y contenidos digitales de los sectores productivos específicos, navegando en entornos digitales con destreza, respetando la normativa, la propiedad intelectual y derechos de autor.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado motores de búsqueda, almacenando la información en servidores web para realizar búsquedas en línea.
b) Se han realizado búsquedas en diferentes formatos de contenidos (audio, vídeo, imágenes, web, entre otros), dispositivos y medios de comunicación, implicando activamente al alumnado en las acciones formativas.
c) Se han demostrado habilidades digitales simples, tanto en la búsqueda de información genérica, como destrezas más específicas, en la búsqueda de información avanzada dentro de los entornos digitales.
d) Se han utilizado sistemas de organización, catalogación y metadatos de los contenidos educativos digitales, ajustados a las necesidades formativas e intereses del alumnado.
e) Se han tenido en cuenta criterios didácticos, técnicos y científicos en la búsqueda y selección de contenidos educativos digitales, adaptados a una acción formativa concreta.
f) Se han empleado formatos estandarizados para la compartición de contenidos educativos digitales dentro de entornos colaborativos seguros.
g) Se ha utilizado la técnica de «curación de contenidos» en los entornos digitales, filtrando la información en base a criterios tales como, calidad, usabilidad, fiabilidad y veracidad de las fuentes consultadas, entre otros.
h) Se han creado, adaptado y modificado contenidos digitales, adecuándose a los objetivos de aprendizaje, contexto, enfoque pedagógico y a las personas destinatarias de la formación, garantizando la accesibilidad universal.
i) Se ha mostrado una actitud proactiva y crítica hacia la búsqueda de información en entornos digitales, aplicando las políticas de privacidad y protección de datos personales.
j) Se han valorado los modelos de calidad de contenidos digitales existentes en el mercado, realizando propuestas nuevas de calidad que se ajusten de forma realista al contexto educativo.
k) Se ha aplicado la normativa sobre propiedad intelectual y derechos de autor (reproducción, distribución y comunicación pública, entre otros), así como los tipos de licencias y condiciones de uso asociadas a cada una de ellas.
3. Maneja las tecnologías digitales en las diferentes fases y entornos del proceso de enseñanza, guiando el desarrollo de las actividades de aprendizaje autorreguladas y colaborativas.
Criterios de evaluación:
a) Se ha identificado el modelo Tecnológico Pedagógico del Contenido (TPACK), aplicándolo en los diferentes contextos de conocimiento (tecnológico –TK–, pedagógico –PK– y del contenido –CK–).
b) Se ha integrado el uso de recursos digitales en la planificación didáctica de forma creativa, segura y crítica, mejorando la eficacia de la práctica docente.
c) Se ha revisado el funcionamiento de los dispositivos, recursos y servicios tecnológicos, resolviendo posibles problemas que puedan presentarse durante la implementación del proceso de enseñanza y aprendizaje.
d) Se han utilizado los recursos digitales disponibles en el centro de forma autónoma, seleccionándolos en función de las características del alumnado, del contexto educativo y de la modalidad de enseñanza (presencial, semipresencial o virtual).
e) Se ha ofrecido orientación, apoyo y asistencia específica al alumnado, a través de las tecnologías y servicios digitales, cumpliendo con las medidas de seguridad y protección de datos de todo el alumnado.
f) Se ha recogido información, de forma directa o indirecta, sobre el desarrollo de los aprendizajes del alumnado, ofreciendo retroalimentación y apoyo mediante el uso de las tecnologías digitales durante todo el proceso.
g) Se han proporcionado estrategias y técnicas al alumnado para utilizar tecnologías digitales de comunicación y cooperación, favoreciendo la capacidad de aprendizaje entre iguales.
h) Se han implementado actividades de aprendizaje colaborativo en entornos digitales (blogs, wikis o plataformas de gestión del aprendizaje, entre otros).
i) Se han considerado técnicas de estudio y estrategias de aprendizaje autorregulado que favorezcan la autonomía y las habilidades metacognitivas del alumnado, utilizando recursos digitales como son agendas, herramientas de planificación, grabaciones de audio o vídeo, entre otros.
j) Se ha facilitado un sistema digital de planificación, registro y consulta del aprendizaje, favoreciendo la reflexión del alumnado de forma sistemática.
4. Aplica procedimientos de evaluación, retroalimentación y toma de decisiones que verifiquen el proceso de enseñanza-aprendizaje mediante tecnologías y estrategias digitales, garantizando la optimización y mejora del proceso formativo.
Criterios de evaluación:
a) Se ha reflexionado de forma crítica sobre las ventajas e inconvenientes del uso de las tecnologías digitales durante el proceso de evaluación de las acciones formativas.
b) Se han utilizado tecnologías y herramientas digitales de forma sistemática e intencionada, siguiendo el protocolo de seguridad.
c) Se han creado medios, recursos e instrumentos de evaluación diagnóstica, formativa y sumativa, utilizando tecnologías digitales, tales como, murales digitales, portafolios digitales, listas digitales de control o rúbricas en el entorno virtual, entre otras.
d) Se ha protegido el acceso a la información de los resultados de evaluación almacenados digitalmente, aplicando los protocolos de seguridad y protección de datos.
e) Se ha acordado en equipo la integración de las tecnologías digitales en los procesos de evaluación de las distintas acciones formativas.
f) Se ha reconocido el procedimiento para recabar, tratar, almacenar, analizar e interpretar los datos obtenidos mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TICS) y de la inteligencia artificial (IA) para la evaluación de los procesos de enseñanza-aprendizaje.
g) Se han analizado e interpretado las evidencias digitales sobre las actividades, el rendimiento y el progreso del alumnado, mejorando el proceso de enseñanza-aprendizaje.
h) Se han empleado las tecnologías digitales de forma autónoma para evaluar la calidad de la práctica docente.
i) Se han resuelto los problemas surgidos al integrar las tecnologías digitales en las acciones formativas desarrollas en la práctica docente.
j) Se han utilizado tecnologías digitales para dar retroalimentación al alumnado y adaptar la práctica docente, respetando la privacidad de la información facilitada.
k) Se han configurado entornos virtuales de aprendizaje y sistemas digitales de gestión de la evaluación, garantizando los procesos de retroalimentación.
l) Se han empleado criterios pedagógicos, didácticos, técnicos y éticos en la retroalimentación del proceso de enseñanza-aprendizaje, partiendo de los datos obtenidos mediante las tecnologías digitales.
m) Se han analizado y evaluado las tecnologías digitales empleadas tanto en las comunicaciones con el alumnado como en las coordinaciones establecidas con los equipos.
5. Favorece la accesibilidad del alumnado a las tecnologías digitales, atendiendo al nivel de competencia, intereses y necesidades educativas, conforme a la normativa vigente estatal y europea sobre accesibilidad y protección de datos personales, privacidad y derechos digitales, entre otros.
Criterios de evaluación:
a) Se han utilizado tecnologías digitales para facilitar el aprendizaje de todo el alumnado, garantizando la accesibilidad física, sensorial y cognitiva a los recursos.
b) Se han adoptado medidas que promuevan la equidad, la compensación de la brecha digital y el impacto de las desigualdades socioculturales y económicas en el aprendizaje.
c) Se han propuesto técnicas y estrategias pedagógicas a través de tecnologías digitales (planes personalizados, itinerarios, actividades de refuerzo y ampliación, entre otros), para dar respuesta personalizada a las necesidades del alumnado.
d) Se han integrado tecnologías digitales que promuevan el compromiso activo del alumnado, incentivando el desarrollo de operaciones cognitivas complejas y de competencias transversales, como son la comunicación, la resolución de problemas, el pensamiento crítico o la creatividad, entre otros.
e) Se han establecido situaciones que favorezcan la investigación, el análisis, el diseño, y la creación de trabajos, empleando los medios digitales por parte del alumnado.
f) Se han empleado entornos de aprendizaje y/o actividades digitales, favoreciendo la motivación e implicación del alumnado (juegos, retos, enigmas, realidad aumentada, manipulación de objetos virtuales, entre otros).
6. Desarrolla la competencia digital, la alfabetización mediática y el tratamiento de la información mediante la enseñanza supervisada de estrategias pedagógicas y acciones formativas dentro de entornos digitales.
Criterios de evaluación:
a) Se han tenido en cuenta las necesidades de información y conocimiento de las personas destinatarias de la formación, guiando de forma segura la navegación en los entornos digitales.
b) Se han identificado la estructura y el funcionamiento de los servicios y plataformas que utilizan algoritmos y desarrollos de la IA, evitando riesgos derivados de su mal uso o información sesgada.
c) Se han evitado los sesgos de interpretación hacia la información obtenida en los diferentes entornos digitales, inculcando la actitud crítica y responsable en el alumnado.
d) Se ha incidido en la necesidad de evaluar críticamente la fiabilidad, validez y calidad de la información y contenidos digitales obtenidos en diferentes fuentes.
e) Se ha organizado, almacenado y recuperado la información y contenidos dentro de entornos digitales que garanticen la seguridad y privacidad, tales como dispositivos físicos, diferentes plataformas, nube, entre otros.
f) Se han llevado a cabo estrategias pedagógicas para el desarrollo de las buenas prácticas del alumnado en materia de alfabetización mediática y tratamiento de datos personales.
g) Se han reconocido las normas de comportamiento que regulan los entornos digitales (etiqueta digital), entrenando al alumnado en las habilidades necesarias para desenvolverse en entornos digitales.
h) Se han adaptado las estrategias de comunicación al perfil de las personas destinatarias, garantizando la diversidad cultural y la accesibilidad en los entornos digitales.
i) Se ha reconocido la normativa relativa a los derechos de autor, propiedad intelectual y privacidad a la hora de compartir datos y contenidos digitales, protegiendo la reputación e identidad digital propia y ajena.
j) Se han creado situaciones de aprendizaje en entornos digitales que desarrollen la competencia digital del alumnado en comunicación, colaboración y participación ciudadana.
k) Se ha inculcado el uso responsable de las tecnologías digitales, garantizando el bienestar físico o psicológico de las personas usuarias de entornos digitales.
Módulo profesional: Prevención de riesgos laborales.
Duración: 30 horas.
Código: 1782.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
1. Relaciona los conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo con los riesgos profesionales, analizando la normativa laboral.
Criterios de evaluación:
a) Se ha reconocido la importancia de la cultura preventiva de riesgos laborales en todos los ámbitos y actividades de la empresa.
b) Se han relacionado las condiciones laborales con la salud de la persona trabajadora.
c) Se han identificado los factores de riesgo en la actividad laboral y los daños derivados de los mismos.
d) Se ha identificado la normativa básica en materia de prevención de riesgos laborales.
e) Se han identificado los derechos y deberes de las personas trabajadoras en relación con la prevención de riesgos laborales.
2. Evalúa de forma elemental los riesgos generales y específicos derivados de la actividad profesional, analizando las condiciones de trabajo y los factores de riesgo presentes en un entorno laboral.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las situaciones de riesgo ligadas a las condiciones de seguridad en el trabajo.
b) Se han identificado las situaciones de riesgo ligadas al medio ambiente de trabajo.
c) Se han identificado los riesgos ligados a la carga de trabajo, la fatiga y la insatisfacción laboral.
d) Se ha determinado la evaluación de riesgos en la empresa.
e) Se han implantado las medidas de protección colectiva e individual.
f) Se han establecido herramientas de control de la salud de las personas trabajadoras.
g) Se han identificado los riesgos específicos que existen en el puesto de trabajo.
h) Se han adoptado medidas preventivas y de control específicas.
3. Colabora en la gestión de la prevención de riesgos, identificando las responsabilidades de todos los agentes implicados.
Criterios de evaluación:
a) Se han clasificado las distintas formas de gestión de la prevención en la empresa, en función de los distintos criterios establecidos en la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
b) Se han identificado a los representantes de las personas trabajadoras en la empresa en materia de prevención de riesgos laborales.
c) Se han identificado los organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.
d) Se ha recogido, elaborado y archivado la documentación relacionada con la prevención de riesgos laborales.
4. Analiza las distintas situaciones de riesgo que se pueden presentar aplicando técnicas básicas de primeros auxilios si fuera preciso.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado los protocolos de actuación en caso de emergencia.
b) Se han identificado las técnicas de clasificación de personas heridas en caso de emergencia donde existan víctimas de diversa gravedad.
c) Se ha realizado el soporte vital básico, caso de ser necesario, hasta la llegada del personal sanitario.
ANEXO IV
Espacios y equipamientos mínimos
| Espacio formativo | Superficie m² | |
|---|---|---|
| 15 alumnos/as | 25 alumnos/as | |
| Aula técnica. | 40 | 60 |
| Espacio formativo |
Equipamientos mínimos |
|---|---|
| Aula técnica. |
– Mobiliario básico de un aula estándar. – Ordenadores instalados en red. – Conexión a Internet. – Medios audiovisuales. – Sistemas de reprografía. – Programas informáticos específicos del certificado profesional. |
ANEXO V
Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del certificado profesional en Habilitación para la docencia en grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional
| Módulo profesional | Especialidad del profesorado | Cuerpo |
|---|---|---|
| 1705. Programación didáctica de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | – Intervención Sociocomunitaria. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1706. Gestión de materiales, medios y recursos didácticos de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | – Intervención Sociocomunitaria. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| – Servicios a la Comunidad. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
|
| 1707. Orientación profesional en los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
– Intervención Sociocomunitaria. – Orientación Educativa. – Formación y Orientación Laboral. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| – Servicios a la Comunidad. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
|
| 1783. Evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje de los grados A, B y C del Sistema de la Formación Profesional. | – Intervención Sociocomunitaria. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| – Servicios a la Comunidad. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
|
| 1784. Procesos para impartir acciones formativas de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | – Intervención Sociocomunitaria. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| – Servicios a la Comunidad. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
|
| 1785. Acción tutorial de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | – Intervención Sociocomunitaria. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| – Servicios a la Comunidad. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
|
| 1786. Competencia digital para la práctica docente. | – Informática. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| – Sistemas y aplicaciones informáticas. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
|
| – Según lo establecido en el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio. | ||
| 1782. Prevención de riesgos laborales. | – Formación y Orientación Laboral. |
– Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
ANEXO VI A)
Correspondencia de los estándares de competencias profesionales acreditados con los módulos profesionales para su convalidación
| Estándares de competencias profesionales acreditados | Módulos profesionales convalidables |
|---|---|
| ECP1442_3: Programar acciones formativas para el empleo. | 1705. Programación didáctica de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
| ECP1443_3: Gestionar materiales, medios y recursos didácticos para el desarrollo de contenidos formativos. | 1706. Gestión de materiales, medios y recursos didácticos de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
| ECP1446_3: Facilitar información y orientación laboral. | 1707. Orientación profesional en los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
| ECP1445_3: Evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje en las acciones formativas para el empleo. | 1783. Evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje de los grados A, B y C del Sistema de la Formación Profesional. |
| ECP1444_3: Impartir acciones formativas para el empleo. | 1784. Procesos para impartir acciones formativas de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
| ECP2689_3: Tutorizar acciones formativas para el empleo. | 1785. Acción tutorial de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. |
ANEXO VI B)
Correspondencia de los módulos profesionales y los estándares de competencias profesionales para su acreditación
| Módulos profesionales superados | Estándares de competencias profesionales acreditables |
|---|---|
| 1705. Programación didáctica de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | ECP1442_3: Programar acciones formativas para el empleo. |
| 1706. Gestión de materiales, medios y recursos didácticos de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | ECP1443_3: Gestionar materiales, medios y recursos didácticos para el desarrollo de contenidos formativos. |
| 1707. Orientación profesional en los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | ECP1446_3: Facilitar información y orientación laboral. |
| 1783. Evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje de los grados A, B y C del Sistema de la Formación Profesional. | ECP1445_3: Evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje en las acciones formativas para el empleo. |
| 1784. Procesos para impartir acciones formativas de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | ECP1444_3: Impartir acciones formativas para el empleo. |
| 1785. Acción tutorial de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional. | ECP2689_3: Tutorizar acciones formativas para el empleo. |