El conjunto con pinturas rupestres denominado Roc del Rumbau está declarado bien cultural de interés nacional en virtud de la disposición adicional primera, apartado tercero, de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, ya que contiene manifestaciones de arte rupestre.
El 12 de marzo de 2024, la Dirección General del Patrimonio Cultural emitió informe favorable a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección de este conjunto.
Visto lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:
1. Incoar expediente de delimitación del entorno de protección del conjunto con pinturas rupestres Roc del Rumbau, en Peramola (Alt Urgell). La delimitación del entorno de protección consta grafiada en el plano que figura en el expediente administrativo e incluye las parcelas catastrales, listadas por orden numérico, especificadas en el anexo de esta resolución.
2. Notificar esta resolución a las personas interesadas, dar traslado al Ayuntamiento de Peramola y hacerles saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de licencias de parcelación, edificación o derrumbe en la zona afectada, así como la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante esto, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, excepto que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de esta resolución.
3. Abrir un período de información pública de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», el expediente estará a disposición de todas aquellas personas que quieran examinarlo en el Tablón de anuncios (https://tauler.seu-e.cat/inici?idEns=1) de la Generalitat de Catalunya. La consulta presencial requerirá la petición de cita previa a la Dirección General del Patrimonio Cultural (Palau Moja, calle Portaferrissa, 1-3, 08002 Barcelona, teléfono 93 3162740, de 9 a 14 horas, buzón electrónico arqueopaleo.cultura@gencat.cat) o bien a los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Lleida (Rambla d'Aragó, 8, 25002 Lleida, teléfono 973 27 92 00, buzón electrónico stlleida.cultura@gencat.cat). Durante este plazo, se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el citado expediente.
4. Comunicar esta resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional de Cataluña para su anotación preventiva y dar traslado al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.
Barcelona, 17 de julio de 2025.–La Consejera de Cultura, Sònia Hernández Almodóvar.
ANEXO
Parcelas afectadas
Referencia catastral | Polígono-Parcela/Dirección | NIF |
---|---|---|
25206A00400059 | Polígono 4, parcela 59, Rumbau. Peramola (Lleida). | 41063079Y. |
25206A00400060 | Polígono 4, parcela 60, Rumbau. Peramola (Lleida). | 41063079Y. |
25206A00400066 | Polígono 4, parcela 66, Cabrial. Peramola (Lleida). | 41062382E. |
25206A00400067 | Polígono 4, parcela 67, La Costa. Peramola (Lleida). | 41074572E. |
25206A00400075 | Polígono 4, parcela 75, La Salve. Peramola (Lleida). | 41063079Y. |
25206A00400114 | Polígono 4, parcela 114, El Pont. Peramola (Lleida). |
41071225X. 41074542S. |
25206A00409015 | Polígono 4, parcela 9015, Camí. Peramola (Lleida). | P2520600D. |
25206A00409024 | Polígono 4, parcela 9024, Camí. Peramola (Lleida). | P2520600D. |