Con fecha 18 de junio de 2026, se ha suscrito la adenda de modificación y prórroga al Convenio entre la Dirección General de Agenda 2030 y la Red de Municipios por la Agroecología para el impulso de sistemas alimentarios sostenibles y políticas públicas alineadas con los objetivos de desarrollo sostenible.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las adendas a convenios serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Madrid, 1 de julio de 2026.–El Director General de Agenda 2030, David Perejil Bricio.
ADENDA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA AL CONVENIO ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AGENDA 2030 Y LA RED DE MUNICIPIOS POR LA AGROECOLOGÍA PARA EL IMPULSO DE SISTEMAS ALIMENTARIOS SOSTENIBLES Y POLÍTICAS PÚBLICAS ALINEADAS CON LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE
Madrid, 18 de junio de 2026.
REUNIDOS
De una parte, don David Perejil Bricio, Director General de Agenda 2030, nombrado mediante Real Decreto 259/2025, de 1 de abril, publicado en el BOE núm.80, de 2 de abril de 2025, actuando en virtud de las competencias enunciadas en el artículo 11 del Real Decreto 209/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, y en el ejercicio de la competencia delegada establecida en el apartado séptimo.1, letra d) de la Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias.
De otra parte, don Enrique Pueyo García, presidente de la Red de Municipios por la Agroecología (en adelante, «La Red»), actuando en nombre y representación de la misma, en calidad de representante legal, según consta en la Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, de fecha 19 de abril de 2024, por la que se inscribe su nombramiento como Presidente y Representante Legal de la entidad en el Registro Nacional de Asociaciones (Sección 1.ª, N.º Nacional 616509), en virtud del acuerdo adoptado el 17 de noviembre de 2023. Su competencia para la suscripción la presente adenda de modificación y prórroga se basa en el artículo 23.a) de los Estatutos de la Asociación, aprobado y en vigor, que le atribuye la representación legal de la entidad ante toda clase de organismos públicos y privados, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las partes intervienen (en adelante, las partes) en nombre y representación de sus respectivas entidades, en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda de modificación y prórroga al convenio original en los términos que se contienen, y al efecto
EXPONEN
Primero.
Con fecha 1 de octubre de 2025, las partes firmaron un convenio con el fin de instrumentar la colaboración entre la Dirección General de Agenda 2030 y la Red de Municipios por la Agroecología para el impulso de sistemas alimentarios sostenibles y políticas públicas alineadas con los objetivos de desarrollo sostenible (inscrito en REOICO el día 1 de octubre de 2025).
Segundo.
La cláusula séptima del convenio contempla la posibilidad de prórroga por un periodo máximo de un año adicional, siempre que las partes lleguen a acuerdo expreso, mediante adenda. Todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero.
Por la presente adenda se desea modificar y prorrogar la duración del convenio por un plazo de tres meses, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2026, adaptando las líneas de trabajo a realizar, sin suponer ampliación de financiación.
Las partes formalizan la presente adenda con el fin de modificar y prorrogar la vigencia del convenio original, con sujeción a los términos que establecen las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Modificación y prórroga.
En virtud de la cláusula séptima y octava del convenio y conforme al artículo 49 de la LRJSP, las partes firmantes acuerdan modificar y prorrogar por un periodo de tres meses adicionales el Convenio entre Dirección General de Agenda 2030 y la Red de Municipios por la Agroecología para el impulso de sistemas alimentarios sostenibles y políticas públicas alineadas con los objetivos de desarrollo sostenible.
Segunda. Modificación del anexo I del convenio.
Se modifica el anexo I del convenio, relativo a las actuaciones, presupuesto y cronograma, que queda redactado de la siguiente forma:
| Actuaciones a realizar |
Aportación DGA 2030 – Euros |
Aportación La Red – Euros |
Cronograma | |||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 1. Formación de actores | ||||||||
| 1.1 Preparación de la formación basada en experiencias previas: | 8.000,00 | 3.000,00 | Meses 1 a 5. | |||||
| 1. Adaptación y mejora de cursos de formación y acompañamientos. Elaboración de guías y materiales didácticos. | ||||||||
| 2. Expansión de la biblioteca digital y BBDD: Incorporación de nuevos estudios de caso y evaluación de impacto de proyectos previos. | 10.000,00 | 3.000,00 | Meses 1 a 5. | |||||
| 3. Elaboración de manual de comunicación en PAL. | 7.000,00 | 3.000,00 | Meses 1 a 5. | |||||
| 1.2 Programa formativo y de acompañamiento: | 6.500,00 | 3.000,00 | Meses 6 a 12. | |||||
| 1. Acciones especializadas para técnicos municipales, productores y responsables políticos. | ||||||||
| 2. Talleres prácticos para la implementación de políticas agroecológica. | 8.500,00 | 3.000,00 | Meses 6 a 12. | |||||
| 2. Expansión de La Red y consolidación del trabajo en municipios | ||||||||
| 1. Generación y testeo de nuevas estrategias de adhesión. | 2.000,00 | 1.200,00 | Meses 6 a 12. | |||||
| 2. Consolidación de acuerdos con redes públicas y privadas. | 5.500,00 | 2.400,00 | Meses 6 a 12. | |||||
| 3. Fortalecimiento del intercambio de experiencias entre municipios. | 4.500,00 | 1.500,00 | Meses 6 a 12. | |||||
| 4. Fomento de colaboración con entidades colaboradoras. | 3.000,00 | 900,00 | Meses 6 a 12. | |||||
| 3. Programa de comunicación y sensibilización | ||||||||
| 1. Campaña sobre Políticas Alimentarias Locales y ODS. | 8.000,00 | 2.400,00 | Meses 6 a 12. | |||||
| 2. Elaboración de material audiovisual con experiencias exitosas. | 3.000,00 | 1.800,00 | Meses 6 a 12. | |||||
| 3. Celebración de seminarios y webinarios con municipios con avances significativos en PAL y ODS. | 7.000,00 | 2.400,00 | Meses 6 a 12. | |||||
| 4. Celebración de evento final con presentación de resultados en base al análisis del impacto. | 7.000,00 | 2.400,00 | Meses 6 a 15. | |||||
| Total actuaciones. | 80.000,00 | 30.000,00 | ||||||
Tercera. Permanencia inalterada del resto del clausulado.
En todo lo demás no previsto ni expresamente modificado por la presente adenda, le será de aplicación el clausulado contenido en el convenio.
Cuarta. Eficacia y vigencia.
Conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda de prórroga y modificación del convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda (18 de junio de 2026).–Por la Dirección General de la Agenda 2030, el Director General, David Perejil Bricio.–Y por la Red de Municipios por la Agroecología, el Presidente de La Red, Enrique Pueyo García.