El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, en sesión ordinaria celebrada el 25 de septiembre de 2025, de acuerdo con la propuesta elevada por la Dirección, ha acordado delegar en el titular de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra:
1.º La competencia para aprobar la autorización previa para la cesión total o parcial de las concesiones administrativas y para la cesión de uso, a solicitud del concesionario, condicionándose al cumplimiento de lo establecido en el título concesional en las cláusulas relativas a la cesión de la concesión y en la regla 30.ª de la Orden FOM/938/2008, de 27 de marzo, que aprueba el pliego de condiciones generales para el otorgamiento de concesiones en el dominio público portuario estatal.
2.º La competencia para otorgar la autorización para el desarrollo de la actividad en favor del cesionario, previa solicitud del concesionario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 138 y concordantes del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en los términos y con el alcance previsto en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares que rija la concesión.
Lo que se hace público para general conocimiento en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Marín, 1 de octubre de 2025.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, José Benito Suárez Costa.