La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de junio de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., ejercicio 2020, acuerda:
1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de fiscalización de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., ejercicio 2020.
2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., ejercicio 2020.
3. Instar a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P. a:
– Adoptar medidas que aseguren que los plazos de los préstamos de obras de arte de la Colección Permanente y de la Colección Carmen Thyssen-Bornemisza (y el número de obras prestadas de esta última Colección) respeten con rigor lo establecido en los Estatutos, en especial, en los casos en los que las obras se prestan para su exhibición sucesiva en más de una institución o museo.
– Intensificar el esfuerzo dirigido a que los préstamos de obras aprobados por el Patronato sean precedidos de todos los trámites preceptivos establecidos en su normativa interna. En particular, debería asegurarse que todos los préstamos de obras cuenten con el informe técnico de la correspondiente sala expositiva del Museo.
– Justificar la necesidad e idoneidad de los contratos y la insuficiencia o falta de idoneidad de los recursos internos; motivar más adecuadamente los criterios de valoración de las ofertas; y establecer un protocolo para la contratación de pólizas de seguro de las obras obtenidas en concepto de préstamo para la celebración de exposiciones temporales que asegure el cumplimiento de los principios generales de la contratación pública y la debida documentación de la recepción de los bienes y servicios objeto de los contratos.
– Aplicar las recomendaciones del Tribunal de Cuentas sobre la contratación en el Museo Nacional del Prado, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Fundación Thyssen-Bornemisza, asegurando la justificación de la necesidad e idoneidad de los contratos, la motivación adecuada de los criterios de valoración de ofertas y la correcta documentación de la recepción de bienes y servicios.
– Cumplir la normativa contable en los casos, detectados en la fiscalización del Tribunal de Cuentas, en los que se ha apartado de los principios y criterios contables.
– Reforzar el cumplimiento de los principios y criterios contables, especialmente en relación con las salvedades detectadas en la opinión favorable sobre las cuentas anuales de 2020.
– Elaborar una plantilla realista que aproveche la formación y experiencia de los trabajadores y adoptar las medidas necesarias para hacer efectiva dicha plantilla, dentro de las restricciones normativas de contratación de personal.
– Iniciar un proceso de revisión sistemática del contenido de sus manuales para adaptarlos a su organización interna actual, con el fin de incorporar la regulación de materias no tratadas en los manuales vigentes (como la baja de elementos del activo) y corregir las debilidades detectadas en la fiscalización del Tribunal de Cuentas (como las que afectan al sistema de control del inventario o a los arqueos de los terminales de punto de venta y de las cuentas bancarias).
– Implementar mecanismos de control sobre la cuantía del déficit dotable estimado en los presupuestos iniciales de la Fundación, permitiendo ajustes en la dotación ante variaciones sustanciales de los fondos de tesorería.
– Modificar el procedimiento del Consejo Asesor Artístico para evitar que tenga capacidad decisoria sobre las prórrogas de préstamos de obras de arte, dado que esta competencia está reservada estatutariamente al Patronato.
Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de junio de 2025.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.