Resolución de 10 de junio de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la actuación de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales en el procedimiento de aprobación de operaciones de respaldo público temporal del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas F.C.P.J.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-16921|Boletín Oficial: 196|Fecha Disposición: 2025-06-10|Fecha Publicación: 2025-08-15|Órgano Emisor: Cortes Generales

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de junio de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la actuación de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales en el procedimiento de aprobación de operaciones de respaldo público temporal del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas F.C.P.J., acuerda:

Instar al Gobierno a:

– Aplicar la transparencia en el uso de los fondos públicos en todos sus ámbitos y rendir cuentas sobre la discrecionalidad utilizada con el Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas en determinadas empresas asistidas, sobre posibles tratos de favor que afectarían directamente al entorno del presidente del Gobierno.

– Rendir cuentas sobre el impacto económico y social que ha tenido el Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas.

– Depurar y asumir las responsabilidades que sean necesarias a la luz de las conclusiones sobre deficiencias en la gestión de más de 5.000 millones del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas.

– Revisar de forma exhaustiva todos los expedientes de ayudas aprobadas en el marco del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, a fin de garantizar su conformidad con la normativa nacional y europea sobre ayudas de Estado.

– Reforzar los mecanismos de control, transparencia y rendición de cuentas en los procedimientos de concesión de ayudas extraordinarias, asegurando la participación efectiva de órganos técnicos independientes en la evaluación de los expedientes.

– Establecer como criterio excluyente, en futuras convocatorias de ayudas públicas extraordinarias, la pertenencia de empresas solicitantes a estructuras societarias opacas, o la existencia de vínculos no justificados con entidades radicadas en territorios considerados paraísos fiscales.

– Publicar íntegramente los informes técnicos de viabilidad utilizados para justificar las ayudas otorgadas en el marco del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, en cumplimiento del principio de transparencia y para asegurar la adecuada fiscalización parlamentaria.

– Garantizar la independencia de los órganos y entidades encargados de la evaluación de solicitudes de apoyo público, estableciendo procedimientos que prevengan cualquier interferencia de naturaleza política en decisiones de carácter técnico.

– Depurar todas las responsabilidades administrativas y políticas que puedan derivarse de posibles irregularidades detectadas en la gestión del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, e implementar medidas correctoras que eviten su repetición en el futuro.

– Conocer los motivos por los cuales la media de días entre solicitud y aprobación de la misma de Air Europa, es de 75 días y no de 300 días en media como en el resto de beneficiarios.

– Explicar los motivos que hacen que la ayuda a Air Europa quede excluida de revisión y aprobación por la Comisión Europea.

Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de junio de 2025.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.