A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y en cumplimiento de lo solicitado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Tercera), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso n.º 001/0000131/2025, interpuesto por la Asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio contra el Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley 29/199, de 13 de julio, se acuerda emplazar a quienes tengan un interés legítimo en el mantenimiento de la disposición impugnada, para que, si a su derecho conviene, comparezcan y se personen como demandados en el indicado procedimiento, ante la referida Sala, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
Madrid, 10 de junio de 2025.–El Secretario General Técnico-Director del Secretariado del Gobierno, Alberto García González.