Resolución de 10 de septiembre de 2026, de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, para la financiación de inversiones.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-19392|Boletín Oficial: 230|Fecha Disposición: 2026-09-10|Fecha Publicación: 2026-09-17|Órgano Emisor: Ministerio de Hacienda

El Secretario de Estado de Hacienda, la Presidenta de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, actuando todos ellos en el ejercicio de sus competencias propias, han suscrito la Adenda de prórroga del Convenio suscrito el 27 de octubre de 2025 entre la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda), la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción para la financiación de inversiones en ejecución del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 16 de noviembre de 2018, por el que se aprueba el Plan Integral para el Campo de Gibraltar.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo su publicación como anejo a la presente resolución.

Madrid, 10 de septiembre de 2026.–El Secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón Catalán.

ANEJO

Adenda de prórroga del Convenio suscrito el 27 de octubre de 2025 entre la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda), la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y el Ayuntamiento de la Línea de la Concepción para la financiación de inversiones

REUNIDOS

De una parte, Jesús Gascón Catalán, Secretario de Estado de Hacienda, en representación del Ministerio de Hacienda, en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado, de conformidad con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, doña Susana Pérez Custodio, Presidenta de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, facultada para este acto en virtud del acuerdo del Pleno de la Junta de Comarca de la Mancomunidad de fecha 31 de julio de 2025.

Y, de otra parte, don José Juan Franco Rodríguez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, facultado para este acto en virtud del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 25 de julio de 2025.

EXPONEN

I. Que, con fecha 27 de octubre de 2025, el Secretario de Estado de Hacienda, la Presidenta de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción suscribieron un convenio regulador de la subvención nominativa, otorgada al amparo de la disposición adicional octogésima primera de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, prorrogada para el año 2025, por importe de 1.600.000 euros para la financiación en el municipio de La Línea de la Concepción de determinadas inversiones en infraestructuras públicas del ciclo del agua y residuos, servicios que gestiona la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 de sus estatutos.

II. Que en la cláusula segunda del convenio se establecía la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2026 y que, según su cláusula décima, transcurrido dicho plazo se produciría la extinción del convenio salvo que se hubiese acordado la prórroga del este.

III. Que la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, con fecha 24 de junio de 2026, ha solicitado la prórroga del referido convenio, debido a que, por un lado, las actuaciones convenidas presentan una naturaleza heterogénea y compleja: obras hidráulicas, actuaciones de saneamiento, equipamiento de residuos, instalaciones energéticas, actuaciones tecnológicas y mejoras de servicios públicos. Esta diversidad exige coordinación con ocho ayuntamientos, adaptación técnica de proyectos, comprobación de interferencias con infraestructuras existentes y tramitación de expedientes de contratación diferenciados.

Por otro lado, en materia de residuos, la ejecución no queda agotada con la adjudicación. Los suministros requieren fabricación, adaptación o carrozado, homologación, disponibilidad de componentes, transporte, entrega, comprobación, recepción y puesta en servicio. Estos procesos dependen de cadenas de producción especializadas y de plazos industriales no plenamente controlables por la entidad gestora; a día de hoy, los plazos de suministro del mercado están entre los 180 para contenedores y los 370 días para vehículos de recogida de residuos.

Además, en materia de ciclo del agua y saneamiento, las actuaciones deben ejecutarse con garantías técnicas suficientes, especialmente por afectar a conducciones generales de abastecimiento, colectores, impulsiones, depósitos, estaciones de tratamiento y redes de saneamiento. Resulta imprescindible evitar una ejecución precipitada que comprometa la seguridad, funcionalidad, durabilidad o correcta explotación futura de las infraestructuras. Algunas de las inversiones propuestas ya tenían proyectos redactados que deben revisarse y adaptarse a nuevos precios y condicionantes técnicos, en otras, los proyectos están en fase de redacción y supervisión.

IV. Como consecuencia de todo lo anterior, los plazos de entrega van a superar en muchos casos los periodos previstos originalmente para la puesta a disposición de los equipos. Este desfase temporal imposibilita la ejecución de las inversiones en el calendario inicialmente establecido en los convenios suscritos en 2025.

V. Por las razones antedichas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se considera necesario acordar la prórroga del plazo previsto de vigencia del convenio.

Por todo cuanto antecede, las partes intervinientes resuelven suscribir la presente adenda de prórroga del convenio, con arreglo a la siguiente

Cláusula adicional. Prórroga.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga de la vigencia del convenio prevista en su cláusula segunda y que finaliza el día 31 de diciembre de 2026, hasta el día 31 de diciembre de 2027, y, por ende, el plazo de justificación de la subvención recibida fijado en la cláusula séptima será hasta el 1 de abril de 2028.

Y, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, constando como fecha de suscripción el 7 de septiembre de 2026.–El Secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón Catalán.–La Presidenta de La Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, Susana Pérez Custodio.–El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, José Juan Franco Rodríguez.